El gobierno anuncia que aprobará el próximo viernes una prórroga del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro y que no perciban algún subsidio a la entrada en vigor de la medida.
NOTICIA:
- El 1 de Diciembre de 2010, ZP anuncia que derogará la ley a partir del 15 de Febrero de 2011.
- El 20 de Julio de 2010, el congreso aprueba una nueva prorroga de 6 meses para el PRODI.
- El 20 de Agosto de 2010, el consejo de Minisitros aprueba la prórroga de 6 meses para el PRODI.
La ayuda sólo se podrá beneficiar los que aún no han percibido el subsidio según señaló el Ministro de Trabajo Celestino Corbacho: la ayuda no debe mantenerse para las mismas personas que ya la percibieron, y quienes ya no la tienen y no trabajan deberían acogerse a las rentas de inserción social de las comunidades autónomas.».
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) con posterioridad a 1 de Enero de 2009 y el 15 de Agosto de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para 2011).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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Entonces como no recibo rentas por trabajo debo poner 0 no?
en capital mobiliario debo entonces poner todo lo ahorrado? lo que tenga en mi cuenta bancaria? y eso como lo comprueban?
Gracias
Mirando el formulario, lo que tienes que rellenar en cada campo son las rentas que tengas de:
– Trabajo.
– Capital mobiliario: intereses, dividendos, plusvalías.
– Inmobiliario: alquileres, imputaciones.
– …
Ellos pueden verificar esta información el próximo año cuando los bancos les envien los certificados de retenciones.
Salu2.
Perdona que insista pero el capital mobiliario se supone que son los ahorros según lo que me dices (en la solicitud dice que debo ponerlo en euros/mes ¿?¿?¿).
Si tengo ahorrado 12.000 euros en un plazo fijo que me da un 3% mensual…como lo pongo en la solicitud. Y aparte tengo 4000 euros ahorrados.
Tengo un lío tremendo y no me aclaro.
Muchas gracias.
Tienes que poner los intereses que te generan mensualmente por tu dinero.
Si te dan un 3% TAE y vas a tener el dinero durante todo el año en ese depósito, significa que mensualmente recibes unos 30€, que es la cuantía que tienes que rellenar.
Si a lo largo del año vas a obtener diferentes rentabilidades, tendrías que sumar los intereses totales, y dividirlo entre 12.
De cualquier forma, si no tienes rentas de trabajo y sólo obtienes unos intereses por tus ahorros, no te van a poner ninguna pega en referencia a tus ingresos.
Salu2.
Hola,
Estoy cobrando la prestación por desempleo, y en octubre de este año se me acaba. Cuando llegue el momento, si no encuentro trabajo, tendré derecho a cobrar el subsidio de 420 €.
Tengo entendido que se ha prorrogado en febrero por 6 meses. Se sabe algo de si se seguirá prorrogando.
No tengo derecho a ningún otro tipo de subsidio, ya que no tengo cargas familiares, ni soy mayor de 45 años.
De momento el subsidio va a durar hasta el 15 de Agosto de 2010, y no parece que lo vayan a prorrogarlo.
En cualquier caso, en algunas comunidades autónomas están dando unas ayudas llamadas Rentas Mínimas de Inserción:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4258-renta-minima-de-insercion-en-cataluna
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4408-renta-minima-de-insercion-en-madrid
Salu2
¡Hola!, yo acabo de realizar dos preguntas pero no las veo publicadas, así que si se publican dos veces, de antemano ,pido disculpas no era mi intención molestar, sólo que no las veo.
Yo voy a empezar este mes a cobrar el PRODI, y a trabajar en septiembre durante 4 meses. Al acabar mi contrato me restarán aún 3 meses de PRODI, pero me habrá nacido un nuevo derecho ya que estos últimos cuatro meses de trabajo más uno y medio anteriormente cotizado más mi situación personal me crearía un derecho a un nuevo subsidio de 3 o cuatro meses, mi duda es ¿podría elegir entre el PRODI y el nuevo subsidio creado? y así elegir el PRODI y en el futuro seguir acumulando meses para tener derecho a un subsidio mayor o paro, u obligatoriamente tendría que renunciar al PRODI? un millón de gracias.
Lo has preguntado en otro artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/subsidio-de-420e-para-desempleados-sin-paro/comment-page-60/#comment-15185
Salu2.
hola tengo una duda sobre la ayuda de los 426euros.yo e terminado de cobrar este mes la ayuda de los 426 euros,sabeis si tengo derecho a otra ayuda o han prorrogado la ayuda de los 426 euros?no tengo ningun ingreso,vivo con mi madre que tiene una pension de 626euros.
Después del PRODI, puedes optar por la RAI siempre que tengas más de 45 años o alguna circunstancia especial:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Pero desde luego que no puede solicitar otra el PRODI (salvo que cambie la ley), aunque lo prorroguen (ahora mismo se puede solicitar hasta el 15 de Agosto), puesto que esta ayuda sólo se puede solicitar una única vez y por un plazo de 6 meses.
Salu2.
Tengo 38 años,entonces no tengo derecho a acojerme al RAI?otra posibilidad no hay?muchas gracias.
Como le hemos respondido a otros usuarios unos post más arriba, tendrías que intentar optar por la renta mínima de inserción que algunas comunidades están dando:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4258-renta-minima-de-insercion-en-cataluna
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4408-renta-minima-de-insercion-en-madrid
Salu2.
Hola, que comunidades están dando al renta minima de inserción y en que consiste y que requisitos piden?
Leete el poste anterior, y accede a los enlaces…
Además de Madrid y Cataluña, creo que en el Pais Vasco también tiene esta ayuda.
Para cualquier consulta sobre estos temas, hacedlo en el foro:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net
Salu2.
Después de la ayuda puedo pedir el prodi con mi situación familiar actual:
Somos una unidad familiar de 3 personas (madre y 2 hijos)el unico ingreso que tenemos es de mi madre unos 1420 brutos , pero mi padre le pasa una pensión de 250 euros a mi madre, puedo no declarar esta cantidad al pedirla para que me la den?
– ¿si omitiendo la pension luego se dieran cuenta, conllevaría alguna sanción o solo me obligaran a devolver lo ingresado?
¿Después de qué ayuda? Todos los subsidio son ayudas.
Después de la ayuda de los 420€, también llamado PRODI, no se puede volver a solicitarlo.
Para el PRODI se tiene en cuenta las rentas de la unidad familiar, que en tu caso está compuesto por tí y tus padres ya que al parecer resides con ellos.
Si mientes en la solicitud, lo más seguro es que te pillen y después te harán devolver lo percibido e incluso bajo sanciones.
Salu2.
tenia la ayuda de 426 euros por no terner cotizado 360 dias pero si mas de 180 dias, pero me llego una carta del Inem que basandose en el real decreto 133/2010 de 12 de febrero se prorroga la cobertura economica a las personas que hayan agotado las prestaciones….
Mi pregunta es si mis padres estan divorciados, ¿Cual es mi unidad familiar? yo vivo con mi madre y un hermano.
¿tengo que contar como ingreso de la unidad familiar la pensión que le pasa mi padre a mi madre?
En tu caso, tu unidad familiar está compuesto por tí y tu madre, y se tendrá en cuenta las rentas de las 2 personas y no debe de superar los 474€ brutos por persona y mes.
Según los datos que nos aportas, parece que no cumples las condiciones económicas aunque no se tuviera en cuenta lo que tu padre pasa a tu madre.
De cualquier forma, acude a INEM y solicítalo, el no ya lo tienes.
Ssalu2
Queria saber cuando puedo pedir el subsidio de los 420€ si este mes es el último que cobro el desempleo
Si este es el último mes que cobra, significa que a lo largo de este mes se le habrá acabado el paro.
El paro se concede por días naturales y comienza a contar desde el día que te quedaste en el paro.
Puedes solicitar el PRODI a partir del día siguiente a que se te acabe el paro y tienes un plazo de 60 días para hacerlo, y te pagarán desde el día que realices la solicitud.
Salu2.
Hola
En mi caso se me acaba el paro en octubre, tengo un hijo y mi marido trabaja a base de contratos, he estado buscando trabajo pero no sale nada, si solicito la ayuda de 420€ me la concederias cobrando mi marido 1000€? y estaria dentro del plazo para pedirla? no se si he entendido que hay un plazo hasta agosto….
un saludo
Si tienes un hijo a cargo, cuando se te termine el paro solicita el subsidio de desempleo con cargas familiares:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Que es una ayuda con mayor duración que el PRODI y tiene las mismas condiciones de acceso teniendo alguien a cargo. Además si después siguiera vigente el PRODI, lo podrías solicitar.
El PRODI, tiene fecha límite el 15 de Agosto.
Salu2.