La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los meyores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2013 son 483,98 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 426 euros al mes para el año 2013.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
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Hola,tengo 45 años y todos los requisitos para cobrar la rai pero tengo una duda,cobre dos veces el paro hace mas de 18 años,¿tiene que ser reciente el cobro del paro o aunque pasen muchos años si lo has cobrado te lo conceden?
Gracias.
Yo interpreto que no… pero vete a SEPE y ya te dirán.
A ver qué te dicen.
SAlu2.
buenos dias, soy una persona con una discapacidad del 33%, tengo entendido que puedo cobrar la rai tres años seguidos,mi primera rai fue en junio del año pasado, antes de la nueva modificacion de esta ayuda…mi duda es si tengo derecho a la ayuda los tres años…saludos
Sí, puedes cobrar las 3 RAIs seguidas.
Salu2.
Hola de nuevo,gracias por contestar tan rápido pero, no me ha quedado claro si interpretas que no se puede cobrar por haber pasado tantos años o que si se puede cobrar.
Gracias de nuevo.
Hola,tengo 45 años y todos los requisitos para cobrar la rai pero tengo una duda,cobre dos veces el paro hace mas de 18 años,¿tiene que ser reciente el cobro del paro o aunque pasen muchos años si lo has cobrado te lo conceden?
Gracias.
RESPUESTA.
Yo interpreto que no… pero vete a SEPE y ya te dirán.
A ver qué te dicen.
SAlu2.
presenta tu vida laboral donde aparezcan los meses cobrados de desempleo y solicítala ; no preguntes , tienes derecho y punto según la ley. es más , yo lo haría por internet con certificado digital o dni , aporto los documentos digitalizados y me evito entrar en disquisiciones . tienes derecho , si has cobrado alguna vez el desempleo , sin más .un saludo .
hola voy a solicitar la 2 rai despues de un año de espera el 2o de mayo pero cumplo los 55 el 22 de diciembre cabria la posibilidad que me dieran este o tendria que esperar al 22 de diciembre perdon por las molestias un saludo
Solicita la RAI y si después tienes derecho al subsidio de mayores de 55 años pide la conmutación de la ayuda.
Salu2.
Hola, estoy a punto de terminar de cobrar la Rai y aun sin empleo. Hay alguna otra ayuda similar que pueda pedir? Tengo 49 años.
No, tienes que esperar 12 meses para pedir otra RAI.
Salu2.
hola me gustaria saber si yo puedo renovar la rai a mi me caduca el 23 de mayo yo la cobro por violencia de genero pero no se si me la pueden renovar yo estoy yendo a al punto violeta pim con sicologa trabajadora social y asesora juridica por favor contestarme gracias
Sí mantienes la condición de víctima puedes solicitar hasta 3 RAIs seguidas.
Salu2.
bueno y cuales son esas condiciones por que yo creo que yendo a todos esos sitio si se deberia cobrar ymas teniendo la orden de alejamiento en vigor espero vuestras respuesta solo es si creei que la puedo cobrar?
Hola
Me hacen devolver un cobro indebido de la renta activa.
Esta renta que tengo que devolver puedo volver a solicitarla?
Sí, puedes volverlo a pedir si cumples las condiciones.
Salu2.
hola una curiosidasd la rai es un subsidio o no se lo comento porque precisamente se llama rai y no subsidio de algo gracias
Hola he trabajado como empleada de hogar durante 8 años dada de alta en la SS,he tenido una niña y me estuvieron pagando la ayuda de 100 euros durante los cuatro meses de maternidad pero me despidieron y ya no cobro nada,mi pregunta es¿puedo pedir la rai o algun subsdio?o como empleada de hogar no tengo derecho a nada de esto.Gracias
Hola. Hace 3 años me concedieron la RAI. A los dos meses encontre trabajo, contrato de 6 meses y se interrumpió. Se supone que si el contrato era de 6 meses o mas luego no podia solicitar la reanudacion. Pero me dijeron que si, de hecho se reanudo. A los dos meses me reclamaron por cobro indebido de esos dos meses. Desde entonces no he tenido trabajo y no he podido devolver ese dinero.
Puedo solicitar la RAI o me la denegaran??? Pido fraccionamiento de esa deuda antes??? o directamente me descontaran esas dos mensualidades?
Gracias de antemano.