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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

¿Qué requisitos generales se ha de cumplir?

  • Tener al menos 45 años o ser una personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.
  • Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo (Se considera que se ha interrumpido la demanda de empleo si se ha trabajado 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa) salvo que en ese momento se acredite la condición de víctima de violencia de género o de víctima de violencia doméstica.
  • No tener derecho a las prestaciones o subsidios por desempleo o a la Renta Agraria.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (481,05 para 2011), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

  • No haber sido beneficiario de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud, salvo que en ese momento se acredite la condición de persona con discapacidad, de víctima de violencia de género o de víctima de violencia doméstica.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Qué otros grupos se pueden beneficiar?

Tener la condición de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%, siempre que se reúnan todos los requisitos generales, excepto el de ser mayor de 45 años.

Ser trabajador emigrante que ha retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud, ha trabajado como mínimo seis meses en el extranjero desde su última salida de España y figura inscrito como demandante de empleo, siempre que se reúnan los requisitos generales, excepto el de haber permanecido inscrito en los últimos doce meses.

Ser víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica, salvo que conviva con el agresor, e inscribirse como demandante de empleo, siempre que se reúnan los requisitos generales, excepto el de la edad de 45 años y el de la inscripción durante los últimos doce meses.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 426 euros al mes para el año 2011.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.


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2.627 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • jose ignacio

    Buenas tardes;se me acaba la prestacion por desempleo,voy a solicitar la RAI, mi mujer tiene 52 y 2 años apuntada en el inem,puede ella tambien solicitarlo.

  • maria

    Hola,estoy de baja por depresion y necesito ponerme bien y salir para no estar tan aislada,¿podria apuntarme a un curso de fpo?

    • Hola María.

      Para ello tendrías que estar apuntada al paro, ya que los cursos de Formación Profesional Ocupacional (FPO) están destinados a las personas en situación de desempleo principalmente.

      Esperamos que realizar alguno de estos cursos te sirva para mejorar y animarte, y si no te apuntas a alguno de ellos, puedes hacer otras muchas más actividades.

      Lo importante es que salgas para que puedas mejorar y disfrutar de la vida, que pasa muy rápido!

      Salu2 y ánimo!

  • Maria Jose

    Entonces ¿ qué tendría que descontar,si en las condiciones trae claramente “excluida la parte proporcional de 2 pagas extraordinarias ” ? En la nómina cada mes a mi marido le ponen 480 euros de prorrata de pagas extraordinarias y tiene 4 pagas extras.

    • No lo estás leyendo bien.

      En las condiciones dice que no puedes tener rentas superiores al 75% del SMI excluidos las pagas extras. Esa exclusión se refieres al valor de SMI que has de tomar, que en definitiva es de 481,05 euros brutos mensuales.

      Pero tus rentas, sí que hay que incluir las pagas extras no debe de superar dicho límite.

      Salu2.

  • Alvaro

    Hola, estoy recibiendo la RAI desde el pasado Octubre 2011, ¿deberé prorrogar cada seis meses como hacía con el subsidio de desempleo? (estoy siempre al día con la demanda)

  • Alvaro

    gracias
    en cuanto a la cartilla, ya no uso desde hace tiempo,ya que mantengo mi demanda (incluidas las renovaciones) al día vía portal de empleo, y funciona muy bien.
    También me mandan SMS avisando cuando se acerca la fecha de renovación.

  • maria

    Hola de nuevo.
    qeria preguntar lo sigiente-estoy de baja por depresion y no se si me daran la pnc debido a la gravedad de la discapacidad

    -¿se puede compatibilizar pnc y baja a traves de una mutua?

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