El gobierno anuncia que aprobará el próximo viernes una prórroga del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro y que no perciban algún subsidio a la entrada en vigor de la medida.
NOTICIA:
- El 1 de Diciembre de 2010, ZP anuncia que derogará la ley a partir del 15 de Febrero de 2011.
- El 20 de Julio de 2010, el congreso aprueba una nueva prorroga de 6 meses para el PRODI.
- El 20 de Agosto de 2010, el consejo de Minisitros aprueba la prórroga de 6 meses para el PRODI.
La ayuda sólo se podrá beneficiar los que aún no han percibido el subsidio según señaló el Ministro de Trabajo Celestino Corbacho: la ayuda no debe mantenerse para las mismas personas que ya la percibieron, y quienes ya no la tienen y no trabajan deberían acogerse a las rentas de inserción social de las comunidades autónomas.».
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) con posterioridad a 1 de Enero de 2009 y el 15 de Agosto de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para 2011).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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Hola, actualmente estoy cobrando la ayuda de 426€ por no tener un año de cotización, sé que si me sale un trabajo a tiempo parcial puedo compaginarlo, pero mi pregunta es que si ese porcentaje de la ayuda que no cobraría la pierdo, o cuando me quede sin trabajo puedo terminar de cobrarla…si es así no merece la pena compatibilizarlo a no ser que necesites dinero urgente. Gracias.
Efectivamente, se pierde el porcentaje no cobrado si compatibilizas.
También tienes la opción de suspender la ayuda y retomarlo después.
Salu2.
A mi me faltaba poco para cobrar el paro, pero opté por cobrar la ayuda (me iba a suponer incluso mas dinero ya que en mi último trabajo el sueldo era bajísimo), si empezara a trabajar y suspendiera la ayuda de 426€ y tuviera despues cotizado mas de un año, despues podría cobrar el paro o tendria que seguir cobrando la ayuda? En ese último caso, se me guardaría lo cotizado de el hipotético trabajo que consiguiera para después?
Gracias.
No, el tiempo que tenías acumulado de cotizaciones se ha gastado al pedir el subsidio, ahora tendrías que cotizar 1 año completo para darte derecho a una prestación de desempleo.
Salu2.
Hola,tengo 47 años,soltero y vivo solo,se me acaba el paro en Abril,tengo derecho al subsidio de 420€?
Sí, puedes pedir el PLAN PREPARA.
Después tendrás derecho a la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Hola, tengo 25 años y estoy cobrando el paro pero me acaba ya este mes. Mi pregunta es si tengo derecho a pedir el subsidio de los 420 € ya que no sabía que existía y ahora me estoy informando sobre ello.
Gracias.
Esta ayuda ya no existe, tienes que pedir el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Tienes 60 días para pedirlo.
Salu2.
He llamado a la oficina de empleo para informarme y la verdad que no me han dicho las cosas muy claras… tenía que ir preguntando yo todo, y me han dicho que me tengo que apuntar a los cursos para el plan prepara, pero eso lo tengo que hacer antes de que me acabe el paro o después???
Yo vivo en casa con mis padres (son jubilados), ¿tengo que presentar la declaración de la renta de ellos o algo más?
Los cursos del Plan Prepara te tienes que apuntar después de pedir el Plan Prepara.
Si eres mayor de 26 años, no… en caso contrario sí.
Salu2.
Buenos días en mayo se me termina la ayuda de los 426 euros que estado cobrando quiero saber donde tengo que solicitar un informe que ya no percibire más ayudas ya que es uno de los trámites que me piden para hacer una devolución de mi hipoteca ya que no creo que me amplien la ayuda creo que he agotado todo el tiempo gracias
Supongo que el SEPE te puede emitir un informe de que ellos no te pagan nada.
Pero un informe de no tener ningún ingreso, supongo que servirá la declaración de la renta.
Pregunta en el banco donde tengas la hipoteca.
Salu2.
Buenos días. Actualmente estoy cobrando la ayuda de 426€ y tengo unas dudas. Si me sale trabajo y al cabo de un tiempo vuelo a estar en el paro y no he cotizado lo suficiente ¿puedo volver a cobrar esta ayuda? Gracias
Sí, sin problemas.
Salu2.
estoy cobrando una ajuda, (rmi) puedo ir a mi pais o me penalisaran y al volver puedo seguir cobrando o tengo que paralisarlo antes, gracias.
Estas ayudas se cobran cuando eres residente, y no creo que sea diferente para el RMI (esta ayuda lo conceden las comunidades autónomas y aquí no se está hablando de esta ayuda).
SAlu2.
TERMINO LA PRESTACION DUBSIDIO EN ABRIL, MI MARIDO SE HA QUEDADO EN EL PARO EN UN ERE TEMPORAL TENGO DERECHO A QUE ME DEN UNA NUEVA PROLOGA, TENGO DOS NIÑOS UNO DE 13 Y 8 AÑOS. GRACIAS
¿Una nueva prórroga? Esta ayuda ya no está en vigor, por favor, lease el artículo.
La ayuda que reemplaza ésta es el PLAN PREPARA y no es compatible con el PRODI.
Salu2
HOLA TENGO CONCEDIDO 24 MESES DEL SUBSIDIO POR DESEMPLEO DE 426 EUROS QUE LOS PRIMEROS SEIS MESES SE ACABAN EL 4 DE ABRIL, MI PREGUNTA ES SI YO TENGO QUE SOLICITAR EL CUATRO O EL CINCO, YA QUE ME DIJERON QUE CADA SEIS MESES TENIA QUE RENOVARLO
Tienes que solicitar la prórroga según el plazo que te dijeron en su momento.
En caso de duda, acude al SEPE.
A mi entender, si se te acaba el día 4, tienes que solicitar la prórroga el día 5.
Salu2.
Buenos días, el 10 de mayo se me acaba el cobro del subsidio (426€)que me concedieron por 2 años,actualmente estoy divorciada con una hija a mi cargo y la pensión de manutención para mi hija es de 175€.Tengo derecho a solicitar una prórroga?
No, pero sí que puedes pedir el PLAN PREPARA:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/04/12/el-programa-reno-se-satura-con-el-inicio-de-la-campana-de-la-renta-2011/
Salu2.