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9 de agosto de 2010

Subida del Impuesto de matriculación en Cataluña, Asturias, Andalucía y Baleares.

Cada vez más Comunidades Autónomas están sumándose a la decisión de incrementar el Impuesto de matriculación del 14,75% al 16% para los vehículos más contaminantes. En el caso de comprar un vehículo nuevo con más de 200 gr/km de Co2, le saldrá bastante más caro en Cataluña, Asturias, Andalucía y Baleares.

Esta nueva subida de impuestos se está llevando a cabo sigilosamente y son muchos los usuarios y posibles interesados que tienen encargados sus vehículos y que a la hora de hacer el pago para que el concesionario se lo matricule se verán sorprendidos por este incremento de precio inesperado.

Esta medida junto con la subida del Iva y con la finalización del Plan 2000E está provocando una inevitable caída en las ventas.

¿En qué CC.AA y a cuánto se ha incrementado el Impuesto de matriculación?

Desde el 1 de Julio de 2010, Cataluña ha incrementado el Impuesto de Matriculación para los vehículos que emitan más de 200 grs.CO2/km, pasando de pagar el 14,75% al 16% en este tipo de impuesto, tal como se publicó en Decreto-ley 3/2010, publicado en el DOGC de 31/05/2010.

Y ahora las Comunidades Autónomas de Andalucía y Asturias también han decidido seguir por el mismo camino incrementando también el tipo máximo del Impuesto de Matriculación, de la misma manera quedando en el 16%.

Ultimas novedades (12/03/2012):  el Gobierno balear ha decidido aplicar un incremento en el tipo máximo del impuesto de matriculación, que subirá del 14,75% al 16% para los vehículos con emisiones iguales o superiores a 200 gr/km de CO2.

¿A partir de qué fecha se aplicará el nuevo tipo impositivo en Andalucía y Asturias?

La disposición andaluza es el Decreto-ley 4/2010, publicado en el BOJA el día 9/07 y que entraba en vigor el 10 de Julio, mientras que la norma asturiana es la Ley 5/2010, publicada en el BOPA el 14/07 y que entró en vigor el 15 de Julio.

¿Qué tipo de vehículos se verán gravados con este impuesto en estas CC.AA?

Además de los vehículos con emisiones de más de 200 grsCO2/km, el tipo impositivo queda fijado en el 16% para los vehículos recogidos en los epígrafes 4º y 9º del art. 71 de la la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que son los siguientes:

Epígrafe 4º:

  • Vehículos cuyas emisiones oficiales de CO2 sean iguales o superiores a 200 g/km, con excepción de los vehículos tipo quad.
  • Vehículos respecto de los que sea exigible la medición de sus emisiones de CO2, cuando estas no se acrediten.
  • Vehículos comprendidos en las categorías N2 y N3 (>3,5Tm) acondicionados como vivienda.
  • Vehículos tipo quad.
  • Motos náuticas.

Epígrafe 9º:

  • Motocicletas no comprendidas en la letra c) de este epígrafe cuyas emisiones oficiales de CO2 sean iguales o superiores a 140 g/km.
  • Motocicletas no comprendidas en la letra c) de este epígrafe cuyas emisiones oficiales de CO2 no se acrediten.
  • Motocicletas que tengan una potencia CEE igual o superior a 74Kw (100 cv), cualesquiera que sean sus emisiones oficiales de CO2.

Paralelamente la CEOE a solicitado la supresión del Impuesto de Matriculación para compensar la subida del IVA y el fin del Plan 2000E.

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6 comments to Subida del Impuesto de matriculación en Cataluña, Asturias, Andalucía y Baleares.

  • carlos

    Hola, estoy pensando en comprar un coche a nombre de mi madre, que tiene una minusvalia auditiva del 40%. se que el impuesto de matriculacion del vehiculo no lo tendria que pagar presentando el certificado correspondiente en hacienda.

    por otro lado he leido tambien que mi madre tb estaria exenta de pagar el impuesto de circulacion anual de vehiculos del ayuntamiento. esto es asi para todos los ayuntamientos sin excepcion? o depende de la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. os lo digo pq leyendo la ley de haciendas locales pone que estaran exentas las personas con una minusvalia mayor del 33%, pero luego he ido al ayuntamiento de leon y me han dicho que ellos ademas exigen una movilidad reducida de 7 puntos si la persona con minusvalia no conduce, cosa que me extrañó.

    por otro lado, ella estaria exenta indefinidamente del pago del impuesto de circulacion anual sobre este coche mientras no adquiriese otro a su nombre?

    mi madre no tiene carnet de conducir. ¿que aconsejais respecto al tomador del seguro? los que conducimos somos mi padre y yo.

    por ultimo, si mi madre fallece, al estar el vehiculo a su nombre lo tengo que pasar a mi nombre (con el coste que ello supone) o puedo pasar del tema y seguir circulando ya que yo estoy en el seguro como conductor habitual o esporadico. ¿y si el tomador del seguro fuese yo?

    muchas gracias

    • Buenos días.

      Intentamos responderte:

      – Con minusvalía superior al 33% tiene derecho a solicitar la Exención del Impuesto de matriculación.

      También la exención del Impuesto municipal de Circulación, aunque es cierto que esta exención depende de cada Ayuntamiento. Para comprobar si lo que os han dicho es cierto (normalmente con minusvalía superior al 33% es suficiente..), podéis mirar las Ordenanzas Municipales de León, a ver qué condiciones indica para la exención del IVTM (Impuesto vehículos Tracción mecánica).

      – Estaría exenta el Impuesto de circulación siempre para ese coche. Sólo se puede solicitar para un coche. Así que si comprara otro, sí que le tocaría pagar impuesto por el nuevo, aunque no por el anterior.

      – Te aconsejamos que figure ella como Tomadora (no importa que no tengas seguro, sólo sería quién lo paga). De esta forma podréis intentar evitar Inspección de Hacienda..

      – Si tu madre fallece, para el paso a nombre del heredero no hay que liquidar el Impuesto de matriculación ahorrado en su día.
      Sólo habría que liquidar ese impuesto en caso de vender el coche a un tercero antes de que hayan transcurrido 4 años desde su matriculación.

      POdrías seguir circulando con el coche, pero habría que hacer tansmisión provisional tal como indicamos en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/31/transferencia-o-cambio-de-titularidad-vehiculo-fallecimiento-del-titular/

      Esperamos haberte aclarado un poco al menos.

      Salu2!

  • Carlos

    Hola otra vez, he ido al conce y me han dicho que me encuentran un vehículo antiguo para poderme aplicar el plan pive (la parte del gobierno). De haberos leído se que eso supone que van a poner a nombre de mi madre un coche antiguo. Cndo le dije al del conce que si la tasa de tráfico y el impuesto de transmisiones quien lo pagaba me dijo q no me preocupase por eso que lo hacía el, y cndo le dije que al poner un coche a nombre de mi madre tendríamos que pagar al menos un trimestre del impuesto de circulación del ayuntamiento ( es así, no?), me dijo que de eso no me preocupase, que el lo arreglaba y que no pagaríamos nada. Aquí llega mi pregunta. No será que ellos me aplican un descuento del concesionario de 2000€ y a mi me dicen que 1000 de esos 2000 son del gobierno para meterme prisa? Dicen que los fondos del pive no pasarán del 15 de diciembre. Un saludo

    • Hola de nuevo.

      Si te aplican un Plan Pive y te descuentan algo del precio inicial que te hubieran dicho, y no tienes que pagar ningún gasto de transferencia del coche viejo, no parece que haya ningún problema.

      Es un favor que te hacen, en el que seguro que el concesionario también gana algo, aunque no sea mucho.

      A cambio seguramente te pedirán que el coche nuevo se matricule antes de que acabe el año (ya que sino no le cuenta como objetivo de ventas para este año..)

      Sobre que se acaben los fondos del Plan Pive, pues es posible. No suelen durar demasiado y hay muchos que luego se quedan sin ayuda y sin coche viejo por haberlo solicitado tarde.

      Salu2

  • Jose

    Vivo en Begues, pueblo de la provincia de Barcelona. Me han comunicado una bonificación sobre el impuesto de matriculación del 20 % el vehiculo que compramos con una emisión inferior al 20 %. ¿es correcto? ¿no deberia ser del 100% ?

    • Tendrías que confirmarlo en el organismo correspondiente a tu provincia.

      No te referirás al Impuesto municipal de circulación en vez de al de matriculación?

      Si se trata del Impuesto municipal de circulación varía dependiendo de cada ayuntamiento y tendrías que consultarlo en el correspondiente a tu vehículo.

      Salu2

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