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18 de enero de 2011

Deducciones de la cuenta vivienda en 2011

Desde enero de 2011 se ha introducido cambios en las deducciones de la vivienda habitual, que afectan también a las deducciones de la cuenta vivienda.

En este artículo vamos a resolver las preguntas frecuentes relativas a los cambios introducidos en el 2011 que afecta a las cuentas vivienda.

¿Que cambios ha habido?

  • El máximo deducible es de 9.040€ anuales.
  • Sólo se podrá deducir esta cantidad las personas que tengan rentas inferiores a 17.707€
  • Las rentas entre 17.707€ y 24.107€, el máximo deducible será: 9.040 – (Rentas Anuales – 17.707)* 1,4125.
  • Las rentas superiores a 24.107€ no tendrá derecho a deducción alguna.

¿Qué pasa con las cuentas vivienda abiertos en años anteriores?

Seguirán teniendo el plano inicial de 4 años para invertir en una vivienda habitual, pero si se tiene rentas superiores a 24.107€ anuales, ya no podrán deducirse en los años que les quedan de plazo.

¿Sigue existiendo la prórroga de los 2 años para invertir?

No. La prórroga que el gobierno dieron en 2008 y debido a la crisis afectaban exclusivamente a las cuentas vivienda que tenía la fecha de vencimiento entre 2008 y 2010, a los cuales se les concedieron una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010 para realizar la inversión.

Todos los que no hicieron la inversión en dicho plazo tendrán que devolver lo deducido más los intereses de demora, que son de aproximadamente un 5% anual por todo el tiempo que haya tenido el dinero de las deducciones.

He decidido no comprar, ¿cómo devuelvo el dinero?

Si finalmente no se adquiere la vivienda, para la Agencia Tributaria, se produce una pérdida del derecho a una deducción practicada en años anteriores y así se ha de dejar reflejado en la próxima declaración de la renta.

Las casillas que se ha de rellenar a tal efecto son los 722 y siguientes, donde te permite introducir lo deducido cada año y el programa “PADRE” calcula automáticamente los intereses de demora.

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199 comments to Deducciones de la cuenta vivienda en 2011

  • Silvia

    hola de nuevo.
    Mis padres tienen un terreno, en el que pienso contruir mi casa. Autoconstruccion.
    Mi cuenta vivienda caduca en diciembre de 2013, puesto que el primer año que me deduje por ella fue en la renta de 2009.
    He pensado, que puedo empezar a consruirla durante 2011, sin ahcer papeles, y ya en 2013 hacer todo el papeleo para que todo este a mi nombre y asi podre declarar el importe que tenga hasta entonces.
    Se puede hacer asi?
    O desde la primera piedra ya tengo q tener todo a mi nombre? y declarar ese importe?
    gracias

  • Pepe

    Hola tengo una cuenta vivienda que me abri en diciembre del 2008 por lo que tengo que comprarme una casa o solar antes de diciembre del 2012.Sólo me he deducido en 2008,2009 y 2010 ya que en 2011 no tengo pensado meter dinero en la cuenta vivienda. Me han dicho en la gestoria que si compro en 2012 el solar y por lo que sea en el 2015 no he podido construirme la casa hacienda no puede reclamarme nada porque al pasar 5 años desde la degravación del 2010 habria prescrito. Es eso así???

    • Yo no me fiaría mucho, ya que el momento del fraude se produce cuando finalmente no escrituras la vivienda habitual que será en 2015 y te podrá exigir cuentas.

      Pero bueno… quizás ellos están más habituados con estos temas, y saben que en estos casos hacienda se olvida del tema…

      Salu2.

  • Silvia

    hola.
    He estado leyendo. me abri cuenta el 31 dic de 2009, con lo que tengo hasta 31 dic 2013 para pdoer realizar compra, en este caso de un local, para hacer vivienda.
    1- Al ser autoconstruccion, entiendo que en 2012 tengo que tener por asi decir todo a mi nombre, todos los papeleos, es asi, verdad?
    2- Luego durante los siguientes 4 años, tengo que tener la casa terminada, es decir tener ya la celula de habitabilidad, verdad?
    3- Para poder tributar, entiendo que entran gastos de notario, de registro, arquitectos, aparejadores… o esactamente que entra?
    GRacias. Espero tus 3 respeustas.

    • 1. Tienes que gastar la totalidad del dinero antes de 31 de diciembre en la autoconstrucción. Lógicamente todo tiene que estar puesto a tu nombre.

      2. Desde el inicio de las obras tienes 4 años para terminarlo y escriturar.

      3. Todo entra en las deducciones.

      Salu2.

  • Cristina

    Buenos días,
    He recibido una notificación de Hacienda en la que me dicen que tengo que devolver todo lo que me desgravé más los intereses, estos años atrás, por no haber adquirido mi vivienda.
    Mi pregunta es: abrí mi cta. ahorro vivienda en 2005, tengo entendido que el gobierno dió una prórroga de 2 años, con lo que me caducaría en 2011, es decir, para este ejercicio, y no para el de 2010, no? no he podido comprar nada porque mi salario no me lo permite, además estoy pagando un alquiler.
    ¿Qué puedo hacer? tengo que devolverlo todo? me puedo acoger a que tengo aún este año para comprar?
    Muchas gracias,
    Un saludo,

    • No, la prórroga es hasta el 31 de diciembre de 2010.

      ¿Qué puedes hacer? Nada o mejor dicho, devolver lo deducido que no te corresponde por no realizar la adquisición antes del 31 de diciembre de 2010.

      Salu2.

  • Paloma

    Hola,
    Espero que me podaís ayudar por favor.
    Estoy interesada en abrir una cuenta vivienda antes del 31 de Diciembre de 2011, y quiero meter el máximo deducible por año que son 9.040 €
    Si mis retribuciones dinerarias no superan los 17.707 €.
    ¿Cuánto me desgrabaría por año?
    ¿Tendría hasta Diciembre de 2015 para adquirir mi vivienda verdad?
    Muchas gracias por adelantado.
    Salu2 !!

  • JORDI

    hola
    Abri una cuenta vivienda en diciembre del 2005 , y tengo en marxa hacerme una casa , lo que ocurre que esto esperando que me entreguen planos, pedir presupuesto y pedir la cilitacion de obra en el ayuntamiento . Para justificar que me voy hacer la casa , es necesario que tenga la cilitacion de obra antes de terminar el 2011 o tengo un margen de algunas semanas mas . Si no me diese tiempo , si alquilo un piso me sirve como justificar de mientras , el hecho de que no me penalizen el año que viene con los intereses y importe que hicienda me devolvio durante estos años ? o solo puedo justificar con el permiso de obra en plazo de este año ? calculo que tendria que devolver a hicienda 6.000 euros . y es mucho dinero

  • Fernando

    Buenos días.
    Abrí mi cuenta vivienda en 2008 y tenía pensado comprar mi vivienda en 2012. Por circunstancias de la vida no es posible por lo que tengo que devolver a hacienda lo que me dieron más intereses. Pero:
    ¿Cómo puedo saber la cantidad exacta que tengo que devolverles?.
    ¿En qué declaración debería pagar en la del 2012(que corresponde a lo ganado en el 2011) o 2013 (que corresponde a lo ganado en el 2012)?
    ¿Es posible dividir la cantidad a devolver en cuotas a lo largo del año?.

    Gracias.

    Un Saludo.

    • 1. Consulta las declaraciones de la renta de estos años de atrás.

      2. Lo puedes hacer en la declaración de la renta del 2012.

      3. Sí, puedes solicitar el aplazamiento del pago del impuesto en 2 plazos.

      Salu2.

  • Silvia

    Hola de nuevo, siento ser tan plasta:
    1- Tengo 9.000€ en cta vivienda, con los 4 papeles de notario, de arquitecto,… ya los cubro. No tendria que hacer nada mas, verdad?
    2- Como se demuestra que lo gasto en dichos papeles? entiendo que cada organismo actualiza datos. y yo no tengo que aportar nada mas a la AEAT, solo que indicar la cantidad total, verdad? En este paso ya me olvido de cuenta vivienda, y empiezo una obra normal.
    3- Rn caunto yo abra aguas fuera la casa, un ejemplo de 30.000€ eso tambien lo puedo meter en gastos de la vivienda, verdad? puesto que al ser autoconstruccion me dijiste que entraba todo. Correcto?
    4- En cuanto abra credito hipotecario para finalizar la obra, ser a nombre de 2 personas, es decir se une mi novio, con lo que cada gasto, entiendo, sera al 50%, es asi? es decir, cada gasto lo deducimos al 50%.
    5- Por ultimo, para ser vivienda habitual, me tengo que empadronar, en que momento? desde el primer movimiento? al final, cuando me den cecula de habitabilidad? Yo entiendo que al final, cuando ademas tambien firme escrituras.

    gracias por anticipado y de nuevo.
    Un saludo.

    • 1. ¿?

      2. Nunca hay que aportar nada, salvo que te lo pida. Por lo tanto, tendrás que recopilar todas las facturas y recibos que te pasen, por si tienes que presentarlo.

      3. ¿abra aguas? ¿qué es eso?

      4. sí.

      5. Sí, conviene pero cuando la vivienda ya esté terminada y entréis a vivir.

      Salu2.

  • Silvia

    Perdona, es que a veces me explico fatal.

    Todo gasto, de lo que sea, materiales, fontanero, aluminio, albañil, electricista, etc… sumo el total, que será lo que tributaré en la Renta. Ejemplo, me suma todo 60.000€, en la casilla correspondiente del programa de Renta solo pondré la cantidad y me olvido, a no ser que me reclamen documentación.

    Si todo lo hacemos a medias, aunque mi novio no tenga cuenta vivienda, se puede igual que yo deducir la otra mitad, verdad? de todo, tanto de la propia obra (material y trabajadores) como de los papeleos (notario, arquietecto…)

    espero qeu sea ya mi ultima consulta.
    Gracias !!!!!!!!!!

    • Efectivamente, más o menos es así. Pero te recomiendo que ayuda para hacer tu declaración de la renta para por si acaso.

      Ten en cuenta que lo que retires de la cuenta vivienda no te lo puedes desgravar… hay que descontar de tus gastos.

      En cuanto a lo de tu novio, cada uno harán sus papeles y es como si cada uno hubiera comprado el 50% de la vivienda.

      Salu2.

  • Silvia

    ok, muchas gracias por todo.
    Como tu bien dices, pedire ayuda y que me asesoren mejor.
    Muchas gracias !!!!!!!!!!

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