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15 de marzo de 2011

La Renta Agraria

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
  • Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
    • De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
    • De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
    • – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
  • Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
  • Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Cuál es la duración de la ayuda?

Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.

¿Cuándo se paga la renta?

  • Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
  • El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.

¿Cuál es la cuantía de la renta?

Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):

  • De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
  • De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
  • De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
  • De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
  • De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
  • Desde 180 jornadas: 575,49€.

Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.

¿Cuál es límite familiar?

Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:

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2.185 comments to La Renta Agraria

  • Susana

    Hola estube asegurada en junio de 2015 y empeze a pagar los sellos hace 6 meses y ahora me dicen que tengo que tener en 2016 35 dias de trabajo.no es cada año solo pasaron 6 meses que es lo que me extraña.

    • Lo que indican es lo siguiente:

      «Para quedar incluido durante los períodos de inactividad será requisito necesario que el trabajador haya realizado un mínimo de 30 jornadas reales en un período continuado de 365 días y que solicite expresamente la inclusión dentro de los tres meses naturales siguientes al de la realización de la última de dichas jornadas.»

  • Laura

    No me dejan claro cuantas ponadas tengo que conseguir durante el año que debo cotizar antes de cobrar el paro. Empecé en septiembre de 2015 con 24 años, en enero cumplí los 25…quieto saber si necesito 35…54 peonadas..? Gracias

  • Antonio

    La renta agraria hay algún límite de veces que se puede cobrar o es de forma indefinida siempre que se cumplan las condiciones, gracias

  • José

    Los días o jornadas del régimen general podrían valer para solicitar la renta agraria,gracias

  • Lorena

    Hola,queria saber como doy de alta a mis sellos?,os cuento mi situacion esq debo estar empadronada 10 años en andalucia xq soy d madrid y me vine a sevilla y hace dos años estube pagando sellos xq estaba trabajando en el campo pero como todavia me quedaban otros 3 años para poder cobrar la renta termine de trabajar en el campo y di de baja a los sellos xq no me servia de nada pagarlos.Ahora debo pagar un año entero d sellos pero nose como tengo q hacer para dar de alta a los sellos para seguir pagandolos alguien me puede decir que tengo q hacer?

    • Debes de realizar un número determinado de jornadas anuales para poderte dar de alta en este régimen.

      En los periodos de no trabajo, debes de pagarlo por tu cuenta, y lo gestiona la Seguridad Social.

      Salu2.

  • maria jose

    hola he empezao a cobrar la renta agraria y tengo un viaje que hacer durante 3 dias.Tengo que avisar de que salgo por si me llamasen para algo??? YO salgo el dia 12 de abril y vuelvo el 14. Con cuanto tiempo antes debo avisar de que me voy esos dias????

    • No creo que pase nada por que te vayas 3 días de viaje, pero vamos si lo comunicas, pues mejor.

      Vete a SEPE cuando antes y avísales de esta situación.

      Salu2.

  • Mari Carmen

    Hola mi situacion me tiene un poco a lo loco. En el 2005 cotice un año a la S.Social y cobre la renta agraria. En 2007 la dejé porque me hice autonoma. Pero por causas ajenas he tenido que cerrar el negocio en 2015. Ahora quiero preparar otra vez la renta agraria y no se que tengo que hacer. Un saludo

    • Lo primero tendrás que hacer peonadas y darte de alta de nuevo en este régimen y después según vas cumpliendo los requisitos, cobrarás la renta agraria.

      Salu2.

  • Encarnacion Quero Manchado

    Hola mi pregunta es, tengo 55 años y unos 20 años cotizados ¿hasta que edad tengo que presentar peonadas para cobrar la Renta Agraria

  • Javier

    Hola mi situacion esque me han llamado hoy para trabajar jueves santo he llamado para pararlo y no hay nadie por q es fiesta autonomica
    Estoy cobrando la renta agraria
    Que puedo hacer

  • Antonio

    Hola?yo estado cobrando la renta agraria. termine en julio del 2015 e estado pagando los sellos asta los seis meses despues. y llevo como tres que no me viene los sellos imagino que me an dado de baja .mi pregunta es.que puedo hacer para recuperar mi renta?

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