La jubilación anticipada es un derecho que tienen determinados trabajadores por su condición de mutualista o porque han cotizado al menos 30 años y se han quedado en desempleo.
Cuando una persona se prejubila antes de tiempo, no cobrará el 100% de su pensión de jubilación, sino que hay que aplicarle unos coeficientes reductores.
16 de Marzo 2013:
¿Quién se puede prejubilar?
Para poderse prejubilar se ha de cumplir ciertos requisitos que en el caso de los Mutualistas son:
- Tener al menos 61 años de edad.
- Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
Los NO Mutualistas además tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- Tener al menos 30 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
- El cese del empleo no debe de ser imputable al trabajador, es decir el cese ha de ser involuntario, salvo en el caso de tener la condición de mutualista.
- Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.
¿Qué son los coeficientes reductores?
Los coeficientes reductores son un porcentaje de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se delante de la edad de jubilación, es una penalización por jubilarse antes de tiempo.
¿Cuáles son los coeficientes reductores?

No existe un tipo único de coeficiente sino que depende de los años que haya cotizado el trabajador que se vaya a prejubilar.
Por regla general y para ceses involuntarios de su empleo los coeficientes en función del tiempo cotizado son:
- Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.
- Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7,0 %.
- Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.
- Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6,0 %.
En el caso de los mutualistas con menos de 30 años cotizados o que se hayan dado de baja de forma voluntaria, el coeficiente reductor que se aplica es del 8% por cada año que se adelanta de la edad de jubilación.
Artículos relacionados:




me jubilado a los 61 año y cobro 730 euros con mi mujer que tiene 62 años mi pregunta cuando cumpla los 65 años cobrare el 100 por 100 de mi cotización la ultima cotización 2013 fue de 748.20 euros o me quedo igual que cuando me jubile o me sube progresivamente cada año espero su respuesta un saludo que pace un buen día
No, la pensión que te calculan es de por vida, aplicándose los coeficientes reductores.
Si fuera como dices, todo el mundo se jubilaría anticipadamente, y no lo hacen para no verse disminuido su pensión.
Salu2.
Gracias por su excelente artículo.
Una aclaración, ¿los coeficientes correctores se calculan sobre la base reguladora o sobre el importe final de la pensión una vez aplicado el tope máximo que se legisló en los años 80?
Yo creo que se aplica sobre la pensión que resultaría si tuvieras la edad de jubilación. Pero vamos haz una consulta en la SS.
Salu2.
Hola, Quisiera saber cuanto tiempo dura la aplicación de los coeficientes reguladores, porque si es de por vida hay un agravio comparativo con otros jubilados de 65 años cumplidos sin haber cotizado los años necesarios.
Un saludo y gracias
Es de por vida, y no es ningún agravio.
El que se prejubila cobra desde antes de cumplir los 65 años.
Si a los 65 años, se le diera el 100% de su pensión a los prejubilados, nadie se jubilaría a los 65, sino antes, para cobrar también una pensión desde los 61 hasta los 65 sin tener que trabajar.
Salu2.
Perdón, pero en mi caso empece a cotizar en 1966 y mi cotización hasta los 60 años fue de 37 años,(la ley te permitía jubilarte anticipadamente). Teniendo un corrector del 7% x 5 años= al 35% y mi paga es del 65% de por vida. hasta aquí todo normal, pero aquí viene el agravio. Una persona que por lo que sea haya cotizado solo 30 años y se jubile a los 65 años, al no tener los 35 que se pedían, le descuentan un 10% con lo cual cobraría el 90% de por vida habiendo cotizado 7 años menos que yo
Cotizados por mi 37 años = 65%
Cotizados por xx 30 años = 90%
Hay o no hay Agravio comparativo
Entonces hay agravio por todos los lados, Hay gente que cotiza muy por debajo del salario mínimo y cobran. Otros que ni siquiera cotizan, y también cobran una PNC.
Y otros han cotizado 25 años, y porque en los últimos 15 años no han contizado nada, NO COBRAN absolutamente nada.
NO es que haya agravio o no, sino que la ley está fijada así. Si tienes la opción de elección, elije la que quieras, y te perjudica, elije la otra opción, nadie te obliga.
Salu2.
También habría agravio comparativo si te dejan prejubilarte y cobrar después a los 65 años el 100% frente al que sólo se jubila a los 65 años, sin cobrar la prejubilación.
Salu2.
Hay una Proposición de Ley en el Congreso de los Diputados desde 2006, presentada por Izd. Unida y Ezquerra Republicana, y se admitió a tramite pero la sorpresa es que la paralizo el Sr. ZAPATERO en 2006, y así sigue paralizada y nadie ha pedido explicaciones de «PORQUE ESTE AGRAVIO» a los que mas han cotizado.
Un Saludo
Porcentajes reductores de la base reguladora en función de los años trabajados:
A los 15 años = 50%
A los 16 años = 53%
A los 17 años = 56%
A los 18 años = 59%
A los 19 años = 62%
A los 20 años = 65%
A los 21 años = 68%
A los 22 años = 71%
A los 23 años = 74%
A los 24 años = 77%
A los 25 años = 80%
A los 26 años = 82%
A los 27 años = 84%
A los 28 años = 86%
A los 29 años = 88%
A los 30 años = 90%
A los 31 años = 92%
A los 32 años = 94%
A los 33 años = 96%
A los 34 años = 98%
A los 35 años = 100%
Si la base reguladora son 2.000 € y has cotizado durante 15 años, la pensión de jubilación equivaldría a 1.000 €. Para recibir el total de la base reguladora tienes que haber cotizado como mínimo 35 años.
Sí, y ¿no habría agravio con aquellas personas que hayan cotizado más de 35 años y también reciben sólo el 100% de su base?
Salu2
Perdon otra vez. Parece ser que usted desconoce algunas cuestiones referidas a la jubilación Anticipada,
Por Ley esta establecido que hay unos porcentajes que aumentan la base reguladora.
Si se sigue trabajando con más de 65 años, se tiene que sumar un 2 % por cada año cotizado.
Si se acreditas más de más 40 años trabajados, la pensión subirá un 3%. Hasta el máximo que la misma ley estipula.
En 2013, el límite máximo de percepción de pensión pública es de 2.548,12 euros al mes o de 35.673,68 euros al año.
Eso se puede comprobar en la web de la S.Social y
lo que yo planteo esta recogido en una proposición de ley del Congreso de Los Diputados la nº 122/000212 de fecha 16-04-2010, Sobre las «JUBILACIONES ANTICIPADAS» presentada por Izd.Unida y Ezquerra Republicana sobre este agravio, y que el PSOE que gobernaba entonces paralizo y todavia está pendiente de publicar en el B.O.E.
Un saludo
Efectivamente si trabajas más de 65 años te dan más por tu jubilación… pero yo hablo de las personas que trabajan 65 años y aunque tenga 40 años cotizados, cobran lo mismo (el 100%) que uno que haya cotizado menos años.
Al igual que una persona que trabaja más de 65 años cobran más del 100%, los que trabajan hasta menos de 65 años cobran menos del 100%, que es lo que está establecido por la ley.
Salu2.
Tengo 29 años cotizados todos del régimen del mar a que años me puedo jubilar si tengo 52años
La edad más pronta de jubilación es a los 61 o 63 años (dependiendo).
Los del régimen de mar disponen de coeficientes reductores de edad por ese empleo:
Trabajos a bordo de buques de Marina Mercante: 0,40 a 0,20.
Trabajos a bordo de embarcaciones de pesca. 0,40 a 0,15.
Estibadores portuarios: 0,30.
Mariscadores, percebeiros y recogedores de algas: 0,10
Salu2.
Me despideieron el 30-09-2012,por causas objetivas ( Art. 52) tenía cotizado 29 años.Tengo 58 años. El 04-03-2014 se me acaba el paro y tendré cotizado 30 años y cinco meses. Pediré la ayuda de mayores de 55 años hasta los 61 que me puedo jubilar por la ley anterior.
¿Cuentan como años de cotización para la jubilación los de ayuda mayores de 55 años, dentro de los 15 a considerar para el calculo de a pensión? ¿ Tenemos algún convenio especial más economico o favorable al ser despedidos por un ere, pues tendré que cotizar para que no me baje mucho la pensión?
¿Que coeficientes de reducción me aplicarán, si cuando pida la jubilación a los 61 años tendré 33 años cotizados?
1. Sí, cotizan por ti por el 100% del SMI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/09/24/carencia-de-rentas-de-los-subsidios-que-son-rentas-y-que-no-como-se-computan-y-el-convenio-especial/
2. Me temo que no.
3. Los coeficientes son los que figuran en el artículo de arriba.
Salu2.
Buenas tarde de nuevo , según la respuesta anterior, entiendo que cuando pida la jubilación anticipada forzosa a los 61 años pierdo el 4 % por los años cotizados que serán 33 y el 30 % por jubilarme a los 61 años
No entiendo… Leete el artículo de arriba: en función de tus cotizaciones te quitarán un porcentaje u otro.
Está claramente expuesto en la tabla del artículo de arriba.
Salu2.