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24 de marzo de 2011

Control o prueba de alcoholemia

Los controles de alcoholemia son algo muy habitual, y en caso de conducir habiendo ingerido alcohol puede conllevar graves sanciones.

Sin embargo, conviene saber qué derechos tenemos en caso de que nos paren, cuántas pruebas de alcoholemia deben realizar, qué tiempo debe transcurrir entre ellas, y qué tasa de alcoholemia de entre todas las pruebas se deberá tener en cuenta para imponer la sanción y multa correspondiente.

Te aclaramos todas las consultas sobre este tema.

¿Quiénes están obligados a somerterse a una prueba de alcoholemia?

Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, así como todos los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.

¿Cuántas veces «hay que soplar» o cuántas pruebas hacen en un control de alcoholemia?

  • 1ª prueba: se hace con el etilómetro digital (alcoholímetro):
    • Si la tasa de alcohol es inferior al máximo permitido: en este caso podremos continuar de forma inmediata.
    • La tasa de alcohol es superior al máximo permitido (el test es positivo) o, aún sin alcanzar estos límites, la persona examinada presentara síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente realizará una 2ª prueba de alcoholemia para una mayor garantía y a efecto de contraste, pero con un etilómetro evidencial de mayor precisión.
  • 2ª prueba: se realizará como hemos comentado antes, con el etilómetro evidencial.

En este caso la 2ª prueba se suele repetir en la furgoneta de los atestados con dicho tipo de etilómetro tal como indicamos a continuación.

Este etilómetro es un aparato de medición y de precisión. La calibración esta controlada periódicamente por un laboratorio de metrología oficial.

El conductor sometido a estas pruebas tiene derecho a controlar, por sí o por cualquiera de sus acompañantes o testigos presentes, que entre la realización de la primera y de la segunda prueba transcurra un tiempo mínimo de 10 minutos.

En el caso de que hicieran otra 3ª prueba, sería de nuevo con el etilómetro evidencial.

Si en la 1ª prueba diera positivo, y en la 2ª prueba no, ¿me sancionarían?

No. Si el resultado de la segunda prueba fuera negativo, es decir, no superara los límites de alcohol establecidos, no existiría infracción.

En un control rutinario de alcoholemia, la prueba que valdría legalmente sería la 2ª que es la hecha con el etilómetro evidencial y no con el digital que es con el que se hace en un primer instante.

Si hacen dos pruebas con el etilómetro en la furgoneta de atestados y dan diferente tasa de alcohol, ¿cuál de ellas tendrán en cuenta para la sanción?

En caso de que las pruebas con el etilómetro evidencial dieran dos resultados diferentes, por el principio «in dubio pro reo«, es decir, ante la duda, se tomará en cuenta sólo la tasa más baja de las dos.

En caso de dar tasa positiva, ¿se puede solicitar prueba de análisis de sangre?

. Tendrá derecho a contrastar los resultados obtenidos mediante análisis de sangre, orina u otros análogos, que el personal facultativo del centro médico al que sea trasladado estime más adecuados.

Para ello el agente de la autoridad adoptará las medidas más adecuadas para su traslado al centro sanitario más próximo al lugar de los hechos.

¿Es gratuita la prueba del análisis de sangre?

No. El importe de dichos análisis deberá ser de forma general, previamente abonado por el interesado y con él se atenderá al pago cuando el resultado de la prueba de contraste sea positivo;

Por el contrario, será a cargo del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o de las autoridades municipales o autonómicas competentes cuando sea negativo, devolviéndose el depósito en este último caso.

Esta prueba no es barata precisamente, pudiendo variar su precio entre 120 y 250€ aproximadamente.

Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol

Hay que diferenciar entre que te paren por un control rutinario de alcoholemia o por circular bajo signos evidentes de estar bajo las influencias del alchol.

  • Si las diligencias son por influencia (signos de circular bajo efectos del alcohol) serán suficientes el resultado del digital indicado en el alcoholímetro digital, y por supuesto los signos y reacciones externas.
  • Si se trata de una parada por control o tasa de alcoholemia, es necesaria además del alcoholímetro, la 2ª prueba con el etilómetro evidencial para contrastar.

Inmovilización del vehículo.

Si el resultado de las pruebas fuera positivo, el agente podrá proceder a la inmovilización del vehículo, mediante su precinto u otro procedimiento efectivo que impida su circulación.

Salvo que pueda hacerse cargo de la conducción del vehículo otra persona debidamente habilitada.

En el caso de que no se pueda inmovilizar el vehículo sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas se procederá a la retirada y depósito del vehículo en otro emplazamiento o depósito municipal si procede.

También podrá inmovilizarse el vehículo en caso negativa a efectuar las pruebas de alcoholemia.

La inmovilización del vehículo dejará de tener efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó o pueda sustituir al conductor otro que esté habilitado y en condiciones para conducir.

¿Quién deberá correr con los gastos de inmovilización o traslado y depósito del vehículo?

Los gastos que pudieran ocasionarse por la inmovilización, traslado y depósito del vehículo serán de cuenta del conductor o de quien legalmente deba responder por él.

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225 comments to Control o prueba de alcoholemia

  • Pippa

    Si la primera prueva con el etilomentro digita da negativo, en mi caso 0.25, tengo la obligacion de someterme a la segunda prueva con el etilomentro evidencial?

  • Marcela Viviana Vázquez

    Qué autoridades tienen que estar presentes al momento de realizar la prueba con el alcoholímetro ? (Municipalidad, médico, policía) Si son agentes Municipales, deben hacer algún curso de capacitación ? De ser así, dónde se realizan ) Gracias

    • Puedes ver la respuesta sobre qué tipo de controles hay en el artículo superior, en el punto:

      «Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol»

      No es necesario que esté un médico, salvo que solicites análisis de sangre. En el artículo superior te damos más detalle cobre ello.

      Salu2

  • Gina

    hola, hace tiempo he sido sancionada por haber dado 0.26 en la prueva con el etilometro evidencial.He pedido las analisis de contraste y los policias me acompanaron al hospital donde hize las analisis de sangre y orinas que han dado resultato negativo. He recurrido la multa pero mi recurso ha sido denegado ya que las analisis de sangre se hicieron una hora despues de la prueva con el etilometro evidencial y segun los policias este plazo de tiempo ha determinado el resultado negativo de las pruevas de contraste. Tengo que anadir que los policias no me llevaron al hospital cuando yo he manifestado esta volutad si no han seguido hablando entre ellos, parando coches y solo despues de 30 minutos quitaron el control y me acompanaron al hospital. Mi preguta es esta: si me llevan al hospital cuando les da la gana pueden despues rechazar la prueva de cotraste diciendo que se hizo demasiado tarde? Aun no me han inviado la propuesta de sancion y resolucion y dichos papeles he podido verlos solo en la pantalla del ordenador de una empleada que ademas me dijo que la respuesta a mi recurso ha sido inviada el 5 de octubre aunque yo aun no he recibido nada.Se puede ipotizar un caso de indefension? Pueden rechazar como prueva de descargo el resultado negativos de la pruenva de contraste aduciendo motivaciones que parecen del todo pretextuosas?Gracias, saludos.

  • Diego López

    Hola, al parar en un control rutinario de alcoholemia me hicieron la primera prueba que tuvo resultado positivo: 0,19 miligramos por litro de aire, tras esta prueba me realizaron una segunda y dio 0,24, tengo menos de un año de carnet y me han puesto una multa de 500 euros y pérdida de 4 puntos del carnet, tengo entendido que el máximo grado de alcohol permitido es de 0.25, antes del control me había realizado enjuagues bucales con Listerine ¿puedo recurrir? tengo entendido que los alcoholimetros tienen un margen de error.

    • Hola.

      Los conductores noveles no pueden superar la tasa de 0,15mg/l, así que la sanción puesta sería correcta.

      Para esta sanción ya se tiene en cuenta el margen de error del etilómetro
      para poder incluir los hechos en esta opción.

      De las dos medidas tomadas, la referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado.

      Puedes recurrir, pero vemos que tengas ningún argumento para ello y por ello no creemos que tengas posibilidad… Y si lo intentas perderás el descuento del 50% por pronto pago..

      Tu decides..

      Salu2

  • JOSE MANUEL

    La verdad es que últimamente está en auge el tener equipos médicos en casa para estas cosas. El problema es que tienen que utilizarse como un complemento, puesto que sin la formación adecuada pueden llevarnos a un error de diagnóstico. Por ejemplo, hay webs como ésta (www.mreingenieria.com) en la que se pueden encontrar algunos, pero lo ideal sigue siendo acudir a un especialista

  • ARTURO

    BUENAS TARDES. quisiera saber si despues de estar fuera del vehiculo durante 30m, pueden llegar unos agentes de paisano y decir ,al identificar un coche en doble fila que de quien es dicho vehiculo y tras dar mi nombre mandar una patrulla para someterme a la prueba de alcoholemia.

    • Buenas tardes.

      Sentimos decirte que si los agentes te han visto pasar y verifican que tu eras el que conducía, podrían sancionarte. Ya no sirve lo de ir de peatón por haberte bajado del coche unos minutos antes..

      Salu2

  • Patricia

    si en la alcolemia me salio 0028 me pagaran el seguro

    • LO sentimos. No entendemos tu consulta.

      Si has tenido un siniestro y has dado tasa positiva y el seguro tiene constancia de eso, podría no cubrirte y reclamarte todos los gastos ocasionados si se hubiera visto implicado en el accidente otro vehículo y fueras tú la culpable.

      No sabemos si te refieres a algo así.

      Salu2

  • luis cobelo

    Buenas tardes,los Agentes en este caso Municipales cuando hacen los controles en el pueblo,tienen la obligación de darte el resultado de la prueba de Alcoholemia,mediante un resguardo o en caso de ser digital enseñarlo,ya que en el pueblo de Castro del Rió ( Córdoba )hay que estar de acuerdo con lo que ellos dicen y si tienen que tener homologado el etilómetro.
    Gracias y un Saludo

    • Buenas tardes

      En el artículo superior puedes ver un poco detallado el procedimiento que deben seguir. En el caso de que sea tasa de alcohol sancionable, deberían entregarte la notificación de la infracción.

      También como ahí indicamos, hay que diferenciar entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol..

      Salu2

  • RIGOBERTO LOBO GUALDRON

    EN UNA EMPRESA QUE MANEJA VEHICULOS PROPIOS Y CONDUCTORES, EL DEPARATMENTO DE TRAFICO Y SEGURIDAD DE LA EMPRESA PUEDE REALIZAR LAS PRUEBAS DE ALCOHOL DE SUS CONDUCTORES,EN RUTA

    • La información que facilitamos es para el caso de España, donde sólo los agentes pueden llevar a cabo las pruebas de alcoholemia que impliquen sanción oficial.

      Sin embargo, si dentro de su empresa está incluido en su política empresarial el realizar test de alcoholemia a sus trabajadores, podrían llevarlos a cabo con las consecuencias que esté previamente establecidas en caso de dar positivo…

      Revisa tu contrato de trabajo y convenio del trabajador.

      Salu2

  • teresa

    Buenas tardes ayer mi hija tuvo un accidente ella iba de copiloto el otro conductor se salto un stop y hicieron un parte amistoso el contrario olia alcohol la policia tardo hora y media como no habia heridos graves y haber parte amistoso no hicieron prueba de alcohol el coche nuestro lo dan siniestro es normal no abrir atestado por el parte tenemos parte de lesiones puedo pedir analisis de sangre quien lo paga gracias

    • Buenas tardes.

      Sentimos lo sucedido y esperamos que su hija se encuentre bien.

      En este caso la aseguradora del contrario deberá pagar la indemnización por siniestro total (si el coste de la reparación supera el valor venal del vehículo) y las indemnizaciones correspondientes por lesiones.

      Si el conductor iba bebido o no, no os influiría a vosotros en nada, sólo a él ya que en el caso de que su compañía se enterara, podría solicitarle el reembolso de todos esos gastos.

      Así que lo importante es que os indemnicen como corresponde.

      Salu2 y ánimo.

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