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24 de marzo de 2011

Control o prueba de alcoholemia

Los controles de alcoholemia son algo muy habitual, y en caso de conducir habiendo ingerido alcohol puede conllevar graves sanciones.

Sin embargo, conviene saber qué derechos tenemos en caso de que nos paren, cuántas pruebas de alcoholemia deben realizar, qué tiempo debe transcurrir entre ellas, y qué tasa de alcoholemia de entre todas las pruebas se deberá tener en cuenta para imponer la sanción y multa correspondiente.

Te aclaramos todas las consultas sobre este tema.

¿Quiénes están obligados a somerterse a una prueba de alcoholemia?

Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, así como todos los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.

¿Cuántas veces «hay que soplar» o cuántas pruebas hacen en un control de alcoholemia?

  • 1ª prueba: se hace con el etilómetro digital (alcoholímetro):
    • Si la tasa de alcohol es inferior al máximo permitido: en este caso podremos continuar de forma inmediata.
    • La tasa de alcohol es superior al máximo permitido (el test es positivo) o, aún sin alcanzar estos límites, la persona examinada presentara síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente realizará una 2ª prueba de alcoholemia para una mayor garantía y a efecto de contraste, pero con un etilómetro evidencial de mayor precisión.
  • 2ª prueba: se realizará como hemos comentado antes, con el etilómetro evidencial.

En este caso la 2ª prueba se suele repetir en la furgoneta de los atestados con dicho tipo de etilómetro tal como indicamos a continuación.

Este etilómetro es un aparato de medición y de precisión. La calibración esta controlada periódicamente por un laboratorio de metrología oficial.

El conductor sometido a estas pruebas tiene derecho a controlar, por sí o por cualquiera de sus acompañantes o testigos presentes, que entre la realización de la primera y de la segunda prueba transcurra un tiempo mínimo de 10 minutos.

En el caso de que hicieran otra 3ª prueba, sería de nuevo con el etilómetro evidencial.

Si en la 1ª prueba diera positivo, y en la 2ª prueba no, ¿me sancionarían?

No. Si el resultado de la segunda prueba fuera negativo, es decir, no superara los límites de alcohol establecidos, no existiría infracción.

En un control rutinario de alcoholemia, la prueba que valdría legalmente sería la 2ª que es la hecha con el etilómetro evidencial y no con el digital que es con el que se hace en un primer instante.

Si hacen dos pruebas con el etilómetro en la furgoneta de atestados y dan diferente tasa de alcohol, ¿cuál de ellas tendrán en cuenta para la sanción?

En caso de que las pruebas con el etilómetro evidencial dieran dos resultados diferentes, por el principio «in dubio pro reo«, es decir, ante la duda, se tomará en cuenta sólo la tasa más baja de las dos.

En caso de dar tasa positiva, ¿se puede solicitar prueba de análisis de sangre?

. Tendrá derecho a contrastar los resultados obtenidos mediante análisis de sangre, orina u otros análogos, que el personal facultativo del centro médico al que sea trasladado estime más adecuados.

Para ello el agente de la autoridad adoptará las medidas más adecuadas para su traslado al centro sanitario más próximo al lugar de los hechos.

¿Es gratuita la prueba del análisis de sangre?

No. El importe de dichos análisis deberá ser de forma general, previamente abonado por el interesado y con él se atenderá al pago cuando el resultado de la prueba de contraste sea positivo;

Por el contrario, será a cargo del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o de las autoridades municipales o autonómicas competentes cuando sea negativo, devolviéndose el depósito en este último caso.

Esta prueba no es barata precisamente, pudiendo variar su precio entre 120 y 250€ aproximadamente.

Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol

Hay que diferenciar entre que te paren por un control rutinario de alcoholemia o por circular bajo signos evidentes de estar bajo las influencias del alchol.

  • Si las diligencias son por influencia (signos de circular bajo efectos del alcohol) serán suficientes el resultado del digital indicado en el alcoholímetro digital, y por supuesto los signos y reacciones externas.
  • Si se trata de una parada por control o tasa de alcoholemia, es necesaria además del alcoholímetro, la 2ª prueba con el etilómetro evidencial para contrastar.

Inmovilización del vehículo.

Si el resultado de las pruebas fuera positivo, el agente podrá proceder a la inmovilización del vehículo, mediante su precinto u otro procedimiento efectivo que impida su circulación.

Salvo que pueda hacerse cargo de la conducción del vehículo otra persona debidamente habilitada.

En el caso de que no se pueda inmovilizar el vehículo sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas se procederá a la retirada y depósito del vehículo en otro emplazamiento o depósito municipal si procede.

También podrá inmovilizarse el vehículo en caso negativa a efectuar las pruebas de alcoholemia.

La inmovilización del vehículo dejará de tener efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó o pueda sustituir al conductor otro que esté habilitado y en condiciones para conducir.

¿Quién deberá correr con los gastos de inmovilización o traslado y depósito del vehículo?

Los gastos que pudieran ocasionarse por la inmovilización, traslado y depósito del vehículo serán de cuenta del conductor o de quien legalmente deba responder por él.

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225 comments to Control o prueba de alcoholemia

  • Patrick

    Buenos días,

    Anoche me pararon para un control y di 0,26. El agente me comentó que había q he realizar un segundo test y que fuera detrás de ellos (en mi coche) hasta donde tenían el furgón. Me piden los papeles, carnet, revisan ruedas, luces y un agente viene y me pregunta si sabía que había dado positivoa lo que le respondo que no. Acto seguido me dice de dar marcha atrás para re incorporarme a la vía y que puedo seguir mi camino.

    PREGUNTA: ¿me han multado? ¿Puede llegarme una multa?

    Ni me han hecho un segundo test ni me han notificado sanción alguna. He leído q por dar 0,26 estas en los márgenes de error del ethilometro, ¿es eso cierto?

  • Jesús

    Buenos días,

    El viernes por la noche me encontré en un control de la policía nacional, muy típico cerca de donde vivo a unos 500 metros de mi casa, normalmente me preguntan donde vivo y ya, pero esta vez me pidieron documentación y salir del vehículo, a lo cual accedí pero cuando me dijeron que volviera al coche el agente cerro la puerta y me pillo el pie por lo que me enfade y me hicieron estacionar el vehículo, al preguntar que se identificara se negaron y me dijeron que me llenarían para hacer prueba de alcohol…. A la comisaría Policia local de Torremolinos yo estaba en Benalmádena???????
    Estando ya en comisaría de policia local, hice la prueba 6 veces sin llegar al final de cada prueba por lo que me dijeron que me estaba negando a lo que en todo momento les decía que no ademas yo fumo mucho y la verdad que no llegaba, así que les dije que me hicieran la de sangre, se negaron y directamente me llevaron al calabozo, saliendo al día siguiente sin ninguna información por lo sucedido sólo que me dicen que me negué y que amenace….

    El lunes tengo juicio rápido, que consejo me dais.

    Un saludo.

    • Buenos días.

      Creemos que deberías ponerte en contacto con algún abogado que te indique si el procedimiento que han seguido es el correcto, o ver exactamente por qué motivo debes ir a juicio rápido ya que tu caso no es de lo más habitual.

      El procedimiento que se sigue de forma general es el indicado en el artículo superior, pero no concuerda nada con lo que a ti te ha pasado..

      Esperamos que se resuelva lo mejor posible.

      Salu2

  • Jesús

    Por cierto antes de que me metieran en el coche me quitaron el teléfono. Sin poder hacer ninguna llamada hasta que salí a la mañana siguiente.

  • Javi

    Hola,

    parecido al comentario anterior. El sábado anterior me pararon para realizar un control de alcoholemia en el que dí positivo (0,34). Después, me dijieron que debía realizar la prueba de nuevo en el furgón. Nunca me había pasado algo así, y por los nervios, no pude llegar al final de la prueba en ninguno de los tres casos que lo intenté. El polícia de mientras no hacía más que ponerme más nervioso con amenazas como «esto le encantará al juez», «ya verás que hoy duermes en el cuartelillo», etc. En definitiva, que lo intenté pero en la segunda prueba de alcoholemia no pude llegar al final en ninguno de los tres casos. Con lo que el polícia puso que me había negado a realizar la prueba de alcoholemia (algo que no es cierto) y me dio citación para un juicio rápido para este miércoles. Tan sólo me gustaría pedir consejo sobre el tema, ya que estoy bastante asustado ya que conozco que posibles consecuencias puede tener.

    • Hola.

      En principio la infracción cometida podría ser:

      NEGARSE A SOMETERSE A
      LAS PRUEBAS DE
      DETECCIÓN DE
      ESTUPEFACIENTES,
      PSICOTRÓPICOS,
      ESTIMULANTES Y OTRAS
      SUSTANCIAS ANÁLOGAS. – 500€ y retirada de 6 puntos.

      La tasa no fue suficiente para considerarla delito, así que ya nos contarás que sucedió en el juicio finalmente.

      Salu2

  • Javi

    *ya que no conozco que posibles consecuencias puede tener.

  • ORLANDO BILBAO

    buenas tardes, este viernes 26 de julio de 2013 me realizaron la detencion por alcoholemia terminado con una infraccion por alcoholemia y sancion de mi licencia por 5 años, por no haber realizado la segunda prueba con el etilimetro evidencial sin haber transcurrido ni 5 min. de tomarme la primera. hasta donde esta negacion puede llevarse como negativa si ya me habian evaluado las dos anteriores como positivas teniendo en cuenta q el grado de alcohol fue de 0.44 arrojado por este mismo y el etilometro digital arrojo positivo lo cual hice la famosa audiencia y habia determinado sancionar la licencia por 1 año lo cual cambiaron a 5 años por negarme a hacer una tercera en este caso la segunda con el etilometro evidencial.
    perdon si esta un poco confuso pero no puedo explicarlo mejor

  • yanick

    Buenas! hace unos meses me pararon en una prueba de alcholemia y di mas de 0.65, me mandaron dos dias despues a un juicio lo penal, el caso esque hable con mi abogado y me dijo que teniamos una possibilidad de que la tassa que di no fuera validad,ya que el abogado me comento que el alcoholimetro no habia pasada la inspecion tecnica! y hacia un año que no la habia pasado,total me aconsejo mi abogado de oficio que no lo aceptara y ahora tengo un jucio en diciembre en al ciudad de la justicia (barcelona) me gustaria saber si con esto tendria posibilidad de que no fuera valido el control y por lo tanto no me quiten el carnet. gracias.

  • Serg

    Buenas,

    Hace un par de días saliendo de ver el partido y llegando a casa me pararon (unos secretas de la guardia urbana aburridos) en la esquina de mi casa.

    Tras registrarme a mí, a mi coche y estando yo muy calladito tener que escuchar frases como: eres de esos listillos que se pasan las normas de tráfico por el forro de los cojones…. juro k fué textual y todo por llevar la itv caducada, me hacen soplar.

    Doy 0.25 clavado y el agente me hizo esperarme 10 minutos mas para hacerme la 2ª para ver si me subía…. k fuerte.

    Esa es mi pregunta. Es legal hacerme esa 2ª prueba habiendo dado negativo la 1ª? Puedo negarme si me vuelve a pasar? Es un abuso de autoridad?

    Gracias

    PD: En la 2ª dí 0.24 🙂

    • Buenas.

      Si te respondieron de esas formas, la verdad es que no fue nada profesional por su parte.

      Sobre cuántas veces te pueden hacer soplar, puedes ver las respuesta en el artículo superior en el punto «¿Cuántas veces “hay que soplar” o cuántas pruebas hacen en un control de alcoholemia?»

      Es legal hacerte una segunda prueba, una vez transcurridos al menos 10 min, aunque no estamos seguros que todo el procedimiento que han seguido en tu caso haya sido el correcto, pero bueno. Al menos no diste más tasa.

      Salu2

  • juan

    Buenas, más que nada por curiosidad;

    ¿se consideraría delito o sancionable administratívamente el negarse a soplar un etilómetro, pero dejando constancia de que no existe inconveniente en realizar un análisis de sangre?

    Muchas gracias.

    • Sí, sería sancionable. Te podrían imputar haber cometido la infracción siguiente:

      NO SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE DETECCIÓN DE LAS POSIBLES INTOXICACIONES POR ALCOHOL HABIENDO SIDO REQUERIDO PARA ELLO POR LA AUTORIDAD O SUS AGENTES EN UN CONTROL PREVENTIVO -> 500€ y retirada de 6 puntos.

      Puedes solicitar análisis de sangre, pero una vez que te hayas sometido a las pruebas con el etilómetro tal como indicamos en el artículo superior.

      Salu2

  • Vanessa

    Hola este viernes pasado después de 18 años de carnet,volvia de gi i había tomado una cerveza i media llegamos a casa a un pueblo rural se me había caído el mobil i después de dejarlo todo en casa coji el coche aver si lo localizaba a 10metros de mi casa había toda la policía avida i por haber a la que doi la vuelta me paran control de alcolemia jamas e tenido ningún problema pero estoi con un tratamiento antidepresivo me obligaron hacer la prueba i di mas d elo debido cuando no entindo porque el agente que me atendio fue muy desagradable conmigo ya qe le explique qye había pasado hizo la primera prueba i sin dar tiempo a la segunda redacto el documento donde me exponía que era penal ya qe la tasa daba 0.60
    no se ha celebrado el juicio i me devolvieron el carnet asta este próximo viernes me puedo acoger a algo se que esta mal jamas e tenido ninguna imprudencia me puedo acoger a algo soi mama soltera i dependo de mi vehiculo se podría resolver de alguna manera estoi muy desesperda ya que el cole de mi hijo esta a unos 2 km gracias

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