Las mujeres trabajadoras dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, tendrán derecho a las deducciones de maternidad de hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.
¿Quiénes se pueden beneficiar de la deducción?
Se pueden beneficiar de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años cuando:
- Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
- Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
- Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
- El padre o tutor cuando:
- Haya fallecido la madre.
- Ostente la guarda y custodia exclusiva.
- Cumpla los requisitos del punto anterior.
¿Quiénes dan derecho a la deducción y desde cuándo?
Dan derecho a la deducción:
- Los hijos naturales: desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que cumplan tres años.
- Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento:
- Desde que se inscriba la adopción o acogimiento en el Registro Civil en los tres años posteriores.
- Desde la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o acogimiento hasta los tres años posteriores.
¿Cuál es la cuantía de la deducción?
La cuantía de la deducción son 1.200 euros como máximo por cada hijo que cumplas los requisitos anteriores, y limitado al importe de las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades.
¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para tener derecho a esta deducción?
Dependiendo del tipo de trabajo se requiere:
- 15 días/mes de alta: Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa en el Régimen General o Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los trabajadores del Mar.
- Todo el mes de alta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial cuya jornada laboral suponga al menos la mitad de la jornada ordinaria y que se encuentre en cualquiera de los regímenes del punto anterior.
- 10 jornadas reales/mes de alta: Trabajadores del Régimen Especial Agrario.
- 15 días/mes de alta: Trabajadores de los Regímenes Especiales distintos de los citados anteriormente y mutualistas de las mutualidades alternativas a la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si estoy en el paro?
Si una contribuyente con hijos menores de 3 años se ha quedado sin trabajo durante una parte del año fiscal no podrá solicitar la deducción por maternidad correspondiente a esos meses, ya que durante los mismos no cotizó a la Seguridad Social.
En definitiva, el tiempo que se está en el paro, no se tiene derecho a la parte proporcional de las ayudas de maternidad.
¿Tengo que saber algo más?
Si, aunque sea una deducción en el IRPF que se obtiene cuando hacemos la declaración de la renta (casillas 756 y siguientes), se puede pedir un anticipo de dicha ayuda en forma de mensualidades de 100 euros.
Este anticipo se realizar mediante el modelo 140 que hay que presentarlo en la Agencia Tributaria.
Si se solicita este anticipo, la cuantía recibida hay que hacerlo constar en la declaración de la renta del siguiente ejercicio.
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buenas:
A partir del 15 de Septiembre empeze a cobrar paro conjunto con horas de trabajo.
Puedo obtener esos meses alguna dedccion por maternidad ?
Si tu jornada era de al menos media, sí.
Buenas tardes:
Mi hija nacio el año 2013, por desconocimiento en el momento de hacer la declaracion del año fiscal 2013 no me beneficie de la deduccion por maternidad de 1200 euros.
Es posible reclamar a posteriori la devolucion?
Cual seria el procedimiento a seguir?
Gracias
Sí, puedes.
Debes de hacer un escrito y presentarlo en Hacienda:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/modelos-y-plantillas/modelo-solicitud-de-rectificacion-de-la-autoliquidacion-y-de-devolucion-de-ingresos-indebidos/
Salu2.
Me despidieron el 31 de enero de 2014 mientras estaba cobrando la subvención. Me llegó una carta indicándome que ya no tenía derecho a solicitar la subvención.
Recientemente al hacer la declaración con el programa PADRE, incorporando los datos fiscales me sale que me van a devolver los 1100 euros de los 11 meses que he estado en el paro. No sé si se trata de un error o si puedo validar la declaración.
Gracias
Si has metido los datos correctamente y te sale que te devuelven… pues no te tienes que preocupar.
Eso sí, verifica que has metido bien todos los datos.
Salu2.
Hola.
Tengo reducción de jornada y trabajo 2/3, 5 horas diarias. Quiero solicitar excedencia a partir del día 16 del mes. ¿Cobraría ese mes los 100. € de deducción por maternidad?
Saludos
Para cobrar 1 mes, eses mes has de trabajar al menos el 50% de una jornada completa.
Salu2.
Buenas,
El 2014 trabaje durante 8 meses, en los cuales el último solo coticé 38€, aunque el total de los 8 meses la cotización son unos 3.000€.
La deducción por maternidad sería de 800€?? o por el último mes no tendría derecho a deducción puesto que la cotización es menor de 100€?
Muchas gracias.
Saludos.
El último mes, habría que ver si has trabajado al menos 15 días. Si es así, tienes derecho a todo lo cotizado (hasta un máximo de 100 euros)
Salu2.
buenos dias
durante el pasado 2014, me dieron de alta desde octubre a diciembre a media jornada. tengo derecho a solicitar la deducción de ese tiempo. tengo derecho a de los 300 euros no solo por lo que he cotizado???
Muchas gracias y un saludo
Lo máximo, lo cotizado y hasta los 300 euros que tienes derecho.
Salu2.
Buenas!! El 1 de junio empiezo a trabajar a media jornada con un contrato de dos meses. ¿ cuando podria solicitar la ayuda ? Gracias.
A partir de 1 de junio.
Salu2.
Buenos días, llevo unos meses trabajando a media jornada,unas 10 horas semanales y tengo un hijo de un año. Tendría derecho a la deducción? o con esa cotización no? gracias
Mínimo media jornada (20 horas semanales) para poder cobrar la ayuda.
Buenas noches tengo un bebé de 3 meses y me voy a quedar en el paro seguiré cobrando los 100 euros de hacienda .saludos y gracias
No, sólo si trabajas.
Hola, lo que quiero saber es el ímporte mínimo que debo cobrar (empleada de hogar por cuenta ajena) para que me abonen anticipadamente los 100 euros mes a mes y no en la declaración de la renta.
Muchas gracias.
Te devuelve hasta un máximo la totalidad de los que cotices a la Seguridad Social.
Salu2.