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16 de noviembre de 2011

Las letras de tesoro supera los superdepósitos, ¿cómo se invierte en estos productos?

Insólito, ayer el Tesoro Público pagó al 5% anual, y no a largo plazo, sino a 12 y 18 meses, una rentabilidad que supera los super depósitos bancarios del mercado que están pagando hasta un máximo de 4,85% TAE, y eso que los bancos están enzarzándose en su guerra particular para captar liquidez.

De hecho con esta remuneración es muy similar e incluso mayor que los bonos autonómicos o llamados también bonos patrióticos que viene vendiendo las comunidades autónomas y los pagarés de los bancos y cajas, que están pagando entorno al 4% anual.

¿Pero qué es más seguro?

Sin entrar en valorar qué es más seguro o qué no, nosotros diremos los riesgos que tiene cada productos.

  • El Tesoro Público tiene riesgo país.
  • Los pagarés tienen el riesgo de quiebra de la entidad bancaria.

Y os dejamos a vosotros opinar sobre qué es más seguro.

¿Qué producto es más seguro o que tiene menos riesgo?

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¿Quién puede comprar las letras de tesoro?

Cualquier persona física o jurídica puede hacerlo a través de una Entidad Gestora donde los valores quedarán registrados. Las peticiones de compra se consideran compromisos en firme de adquisición de los Valores del Tesoro solicitados.

¿Cuándo se realizan las subastas?

Al principio de cada año el Tesoro publica en el Boletín Oficial del Estado el calendario de subastas con vigencia para todo el año en curso.

¿Cómo se compran?

Existen 2 formas de hacer peticiones de suscripción:

  • Peticiones de suscripción competitivas: El participante debe indicar el importe nominal que desea adquirir y a qué precio desea hacerlo.
  • Peticiones de suscripción no competitivas: El participante solo debe indicar el importe nominal que desea adquirir, el precio será el precio medio resultante de la subasta.

¿Cómo puedo presentar las peticiones?

Cualquier persona física o jurídica puede participar en las subastas de Valores del Tesoro presentando la petición en los plazos previstos.

  • En cualquiera de las sucursales del Banco de España hasta las 14:00 h del  día anterior a la subasta. En este caso los valores quedarán registrados  en una Cuenta Directa.
  • A través de internet: www.tesoro.es. Las peticiones deberán presentarse  con una antelación suficiente para que el dinero de la inversión esté  en poder del Banco de España antes de las 14:00 h del día anterior a la subasta.
  • En cualquier intermediario financiero.

¿Y después qué?

Puedes esperar a vencimiento o venderlo en el mercado secundario. En este último caso lo puedes hacer:

  • A través de un intermediario financiero: las condiciones de compra,  precio y comisiones se fijan libremente entre cliente y entidad.
  • A través de la Bolsa: accediendo al Mercado Electrónico Bursátil de Deuda Pública. Bien a través de un miembro de Bolsa o de otro intermediario que deberá tramitarla en colaboración con una de las Entidades Gestoras miembros de Bolsa.

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