A la hora de pedir un subsidio, prestación o ayuda por desempleo, se exige no superar un nivel de ingresos o rentas determinado.
Pero, ¿qué ingresos se consideran como rentas? Se tienen en cuenta los ingresos por indemnización por despido, pensiones que ya se cobren, plusvalías..?
Se consideran rentas:
- Rendimientos del trabajo: incluyen las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares, así como el importe de la indemnización por la extinción del contrato de trabajo que supere la indemnización legal, si se percibe de forma periódica.
- Pensiones y prestaciones por desempleo: incluyen los ingresos brutos de todo tipo de pensiones y prestaciones, incluidas las pensiones alimenticias los salarios sociales y similares, etc.
- Rentas del capital mobiliario: incluyen los rendimientos brutos de las distintas cuentas bancarias e inversiones financieras.
- Rentas del capital inmobiliario: incluyen los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados, y las imputaciones de rentas de bienes inmuebles no arrendadas, diferentes de la vivienda actual.
- Rentas de actividades económicas, profesionales, empresariales o agrarias: se computa como rentas el rendimiento neto reducido (ingresos menos gastos) de los distintos tipos de actividades, así como el importe de las subvenciones a la actividad agraria, o el RBE (Renta Básica Emancipación)..
- Las rentas de plusvalías o las ganancias patrimoniales, derivadas de la venta de bienes mobiliarios (acciones, fondos de inversión…) y de bienes inmuebles, excepto la de la vivienda habitual, premios de lotería o similares.
- El rendimiento presunto de aquellos bienes del patrimonio, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo. Se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50% del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien.
- Las rentas individuales se imputarán en su totalidad a su titular, cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable. Pero las rentas derivadas de la explotación de un bien que sea titularidad de un solo cónyuge, si el régimen económico matrimonial es de gananciales se imputarán por mitad a cada cónyuge.
No se consideran rentas:
- Las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo.
- El importe de las cuotas destinadas a la financiación del Convenio Especial con la Administración de la Seguridad Social.
- Las prestaciones por desempleo del solicitante.
- El importe de la indemnización legal por la extinción del contrato de trabajo, con independencia de que el pago se efectúe de una sola vez o de forma periódica.
- Los salarios de trabajos de colaboración social y de trabajos compatibles con Programas de Fomento del Empleo.
- El cobro anticipado de la deducción fiscal a la mujer trabajadora por hijos menores de 3 años.
- En caso de la renta agraria y del subsidio para trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, los ingresos derivados del trabajo como trabajador agrario por cuenta ajena fijo discontinuo, inferiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente.
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Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: mi padre este año ha vendido una plaza de aparcamiento y esta cobrando el paro hasta mediados de octubre, si tiene que solicitar el subsidio para mayores de 52, es probable que los ingresos sean superiores (si contamos el importe del desempleo), ya que en el 2012 se pasa de rentas, ¿ tendria que esperar hasta el 2013 para solicitar el subsidio ?? es decir : ¿el calculo de la renta para el subsidio va por año natural ??
muchas gracias
saludos
El importe de desempleo no cuenta.
La plaza de garaje cuenta sólo la plusvalía obtenida y hay que prorratearlo a 12 meses.
Salu2.
Hola. Soy extranjero.Vivo en Espana de 10 anos trabajando y cotizando de 9,5 anos la SS. Tengo 59 anos. En Rumania trabajaba en condiciones penosas 24 anos (tengo bonifcacion de edad de jubilacion de 5,5 anos)y puedo jubilarme la edad de 59,5 anos.Mi pregunta es : cuando cobrare una pension de cca.250€/mes de Rumania le quitan el subsidio para mayores de 52 anos? Un saludo. Gracias.
¿? Acude a SEPE y pregúntalo.
¿Tienes alguna duda sobre qué tipo de ingresos se considera rentas a para el SEPE?
Salu2.
Hola, se me ha terminado el paro y voy a solicitar el subsidio, tengo dos hijos pequeños no estoy casada pero vivo en pareja con el padre de mis hijos, me piden el modelo 130 de él puesto que es autónomo, en la ley habla de conyuge, no entiendo porque .
Otra cosa, a mi me piden la declaración de la renta, todo el dinero que declaro fue ingresos del cobro del paro, cuentan como rentas?
Gracias.
1. Lo que cuenta son los ingresos que tengas ahora. Lógicamente ahora ya no cobras el paro.
2. Si no estáis casados, no tienes porqué entregar sus ingresos.
Salu2.
Hola soy otra vez María, resulta que ahora también quieren un certificado de convivencia más su DNI, el caso es que como me puedo negar o que les puedo decir para no entregarles esta documentación? porque ellos me dicen que él tiene responsabilidades económicas con sus hijos y por eso tienen que pedir esos papeles.
Debería hablar con un abogado?
Con respecto a la contestación sobre los ingresos, me gustaría saber si el paro que he cobrado hasta ahora, es lo que van a mirar como rentas para hacer los cálculos.
Gracias.
Acude a una asesoría laboral.
El paro ya no lo va a mirar, porque en el momento de la solicitud ya no lo estás cobrando.
Salu2.
Hola, el padre de mi hija quiere pedir el subsidio. no estamos empadronados juntos, la niña esta conmigo.Pero yo no trabajo y el mantiene a la niña. se lo van a conceder.
Pues con los datos aportados, es difícil saberlo.
Leete el siguiente artículo y verifica si cumple las condiciones:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
en el momento de calcular el importe de mis rentas para solicitar el subsidio mayor de 52 años, se tienen en cuenta la renta del año 2011 o si lo solicito en abril 2012, mis rentas actuales??
Se tiene en cuenta las rentas actuales. Pero es posible que te pidan la declaración de la renta del año pasado para determinar lo que ganas ahora.
Salu2.
Buenos días, para cumplimentar la solicitud de subsidio para mayores de 52 años,expongo unas cuestiones para que me sean aclaradas:
1. Los fondos de inversión y planes de pensiones deben ser tenidos en cuenta por el valor de la inversión inicial o por el valor actual.
2. La base de cálculo para el rendimiento de una vivienda no habitual es su valor catastral.
3. Los intereses a considerar son los recibidos en lo que va de año o prorratear los generados en 2011.
4. Mi régimen económico matrimonial es de gananciales.En los casos anteriores he de aplicar el 50%.
Gracias anticipadas, un saludo.
1. Los fondos no generan rentas hasta que vendas, pero en algunas comunidades le asigna unas rentas presuntas: el 50% del tipo de interés legal, en torno al 2% TAE.
Pregunta en tu oficina de SEPE.
2. Sí, el 1,1% del valor catastral, consúltalo en tu última declaración de la renta.
3. La única forma que SEPE sabe cuántos intereses recibe son los que has generado en 2011 prorrateado a 12 meses. Lo que hayas generado hasta la fecha puede ser modificado por lo que genere más adelante.
Ten en cuenta que los devengo de intereses puede ser anual o incluso de más tiempo, y cuando cobres los intereses lo tienes que prorratear a 12 meses.
4. Para los bienes gananciales, te tienes que imputar el 50%.
Salu2.
Trabajé 5 años para una empresa española, esta me envió a Guinea Ecuatorial rescindiendo el contrato de España para darme de alta en la empresa de G.E. dejando de cotizar en España por lo que a título personal, firme un convenio espesial con la S.S. para seguir cotizando, regresé a España y me dieron de nuevo de alta al regímen general desde hace 4 meses y ahora van a cerrar.
Para el cálculo de la prestación de desempleo, se toman los 6 últimos meses cotizados, así que me tomarán estos últimos 4 meses y, mi pregunta es: los dos meses restantes se toman del periodo en el que cotizaba con un convenio especial o se retrotrae a cuando estaba cotizando antes de viajar a Guinea Ecuatorial?
Muchas gracias.
Yo creo que los 2 meses antes de irte a Guinea.
Aunque tuvieras un convenio especial, éste sólo se cotiza por la contingencia de jubilación, y no por la de desempleo.
Salu2.
Hola, estoy cobrando el paro pero este mes se me acaba, quiero solicitar el subsidio de desempleo, tengo dos hijos uno de 3 años y otro de 4 meses, mi pareja ( no estamos casados) es autonomo. Y mi duda es: cuenta como renta de la unidad familiar lo que yo he cobrado de paro? O solo lo ingresos de el? Al ser autonomo que me solicitaran, la renta del 2011?
Muchas gracias
Si vive con vosotros, sí que contará sus rentas.
Al ser autónomo le pedirá la declaración de la renta del año anterior y el último trimestre, para determinar cuáles son sus ingresos en el momento de la solicitud.
La suma de las rentas familiares dividido entre el número de miembros no ha de superar los 481,05 euros brutos mensuales.
Salu2.
Hola soy otra vez esperanza, ante todo gracias por tu respuesta, Sois de gran ayuda. Aparte de los ingresos de mi pareja mi paro cuenta?
Otra vez gracias
No, porque cuento vayas a solicitar el subsidio, ya no estarías cobrando el paro.
Salu2.