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12 de marzo de 2012

¿Qué ingresos se consideran rentas al solicitar un Subsidio o prestación por Desempleo?

A la hora de pedir un subsidio, prestación o ayuda por desempleo, se exige no superar un nivel de ingresos o rentas determinado.

Pero, ¿qué ingresos se consideran como rentas? Se tienen en cuenta los ingresos por indemnización por despido, pensiones que ya se cobren, plusvalías..?

Se consideran rentas:

  • Rendimientos del trabajo: incluyen las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares, así como el importe de la indemnización por la extinción del contrato de trabajo que supere la indemnización legal, si se percibe de forma periódica.
  • Pensiones y prestaciones por desempleo: incluyen los ingresos brutos de todo tipo de pensiones y prestaciones, incluidas las pensiones alimenticias los salarios sociales y similares, etc.
  • Rentas del capital mobiliario: incluyen los rendimientos brutos de las distintas cuentas bancarias e inversiones financieras.
  • Rentas del capital inmobiliario: incluyen los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados, y las imputaciones de rentas de bienes inmuebles no arrendadas, diferentes de la vivienda actual.
  • Rentas de actividades económicas, profesionales, empresariales o agrarias: se computa como rentas el rendimiento neto reducido (ingresos menos gastos) de los distintos tipos de actividades, así como el importe de las subvenciones a la actividad agraria, o el RBE (Renta Básica Emancipación)..
  • Las rentas de plusvalías o las ganancias patrimoniales, derivadas de la venta de bienes mobiliarios (acciones, fondos de inversión…) y de bienes inmuebles, excepto la de la vivienda habitual, premios de lotería o similares.
  • El rendimiento presunto de aquellos bienes del patrimonio, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo. Se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50% del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien.
  • Las rentas individuales se imputarán en su totalidad a su titular, cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable. Pero las rentas derivadas de la explotación de un bien que sea titularidad de un solo cónyuge, si el régimen económico matrimonial es de gananciales se imputarán por mitad a cada cónyuge.

No se consideran rentas:

  • Las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo.
  • El importe de las cuotas destinadas a la financiación del Convenio Especial con la Administración de la Seguridad Social.
  • Las prestaciones por desempleo del solicitante.
  • El importe de la indemnización legal por la extinción del contrato de trabajo, con independencia de que el pago se efectúe de una sola vez o de forma periódica.
  • Los salarios de trabajos de colaboración social y de trabajos compatibles con Programas de Fomento del Empleo.
  • El cobro anticipado de la deducción fiscal a la mujer trabajadora por hijos menores de 3 años.
  • En caso de la renta agraria y del subsidio para trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, los ingresos derivados del trabajo como trabajador agrario por cuenta ajena fijo discontinuo, inferiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente.

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765 comments to ¿Qué ingresos se consideran rentas al solicitar un Subsidio o prestación por Desempleo?

  • Auri

    Voy a vender unas acciones familiares por el valor nominal, es decir, sin plusvalía ni minusvalía. ¿Me pueden quitar el subsidio que estoy cobrando por insuficiencia de tiempo de cotización? ¿Debo de informar al sepe del cobro de las acciones cuando se realice la venta?

    • Si no hay beneficios… no te afecta.

      Eso sí, hay que comunicarlo porque cambia la forma de contabilizar lo que renta ese dinero.

      Salu2.

    • Silvia

      Estoy cobrando el subsidio por insuficiencia de cotización fija discontinua y voy a recibir en diciembre una pequeña gratificación por objetivos cumplidos durante mi campaña de trabajo(alrededor de 100 euros ). ¿Tengo que comunicar al sepe este abono o no es necesario?
      Gracias y saludos

    • No creo que con ese ingreso de 100€ haga que dejes de cumplir los requisitos… pero es mejor que lo comunique.

      Salu2

  • Bernardo

    Hola ,mi pregunta es que la casa donde vivo es propiedad de mi madre y de mi dos hermanos y mia , y mi familia quiere que ponga la casa a mi nombre , se me acaba la prestación por desempleo y voy a pedir un subsidio , me afecta poner la casa a mi nombre en tema de renta

    • Hazlo cuanto antes, porque si lo haces mientras cobres o pidas al subsidio, te afectará.

      Pero ojo, que al poner la propiedad a tu nombre, hay una donación por parte de tu madre y de tus hermanos o al menos tenéis que hacer una división de condominio que cuesta menos. Pero tenéis que acudir a una notaría para que os indiquen.

      Tener un bien a tu nombre, sobre todo si es una vivienda habitual, no afecta al subsidoi.

      Salu2.

  • Bernardo

    Hola ,tengo derecho al subsidio para mayores de 55 años si he trabajado para mi cuñado ,soy sortero y no tengo cargas familiares , tengo entendido que tengo que trabajar por lo menos seis meses y no tengo claro lo del grado familiar ,gracias

    • Creo que con 3 meses es suficiente y no creo que importe el grado familiar, siempre que el contrato se haya celebrado y realizado no exclusivamente para obtener el subsidio.

      Es decir, que el empleo que te asigne sea acorde y era necesario para tu cuñado.

      Salu2.

  • Bernardo

    Hola ,a la hora de jubilarse que es lo que cuenta la cotización de los últimos años trabajados , si en los últimos 25 años he trabajado solo 10 años se hace la media de eso últimos 25 años o la media es de los últimos 25 años trabajados ,gracias

    • La media es de los 25 años.

      Eso sí, existen reglas especiales para esos lapsus de tiempo sin cotizaciones.

      Vete a la Seguridad Social y pide que te haga una simulación de tu futura pensión.

      Salu2.

  • Bernardo

    Hola , puedo pedir el subsidio después de acabar la prestación por desempleo , tengo 48 años ,no tengo cargas familiares ,vivo con mi madre y tengo ahorrado unos 35000 euros que no rinden nada , mi pregunta es si el dinero que tengo ahorrado me perjudica y si mi madre que cobra una pequeña pension lo que cobra ella también cuenta , gracias

    • Pide el subsidio de mayores de 45 años.

      Los 35.000€ no te afecta. NO genera suficientes rentas como para impedir que puedas pedir la ayuda.

      Tu madre, no entra dentro de tu unidad familiar, sólo cónyuge e hijos, si los hay.

      Salu2.

  • Juana

    Buenas tardes, estoy cobrando la RAI desde hace 15 dias, mi marido tiene pendiente de aceptar una herencia de su padre y no sabemos si hay que notificarlo y si me quitarian a mi la RAI por ingresos en la unidad familiar, o si al ser bienes privativos no me afectaría,la usufructuaria de la herencia seria mi suegra y mi marido y sus dos hermanas nudos propietarios, les agradeceria me asesoraran sobre el tema. Muchas gracias.

    • Hay que notificiarlo.

      Habrá una ganancia patrimonial en la unidad familiar que podría influir a la ayuda.

      Se te suspende la ayuda 1 mes o 1 año y después solicitar la reanudación.

      Al tratarse de nula propiedad, creo que no afecta.

      Consulta en SEPE.

  • ana isabel soto cabero

    estoy en paro,mi marido cobra x invalided total.tengo derecho a cobrar alguna ayuda

    • Pues vete a SEPE y pregunta. Porque sin información adicional, poco te podemos indicar (tu situación laboral previo al paro, cuando fue, que años tienes, etc, además de la cuantía de la pensión de tu marido)

  • Esteban

    Hola…he comenzado a cobrar la RAI apenas hace un par de meses no llega,mi unidad familiar es mi mujer y yo en paro desde hace un importante tiempo..,he cumplido todos los requisitos de los 45 años.Debido a mi desconocimiento parcial sobre toda la letra pequeña del compromiso RAI,principalmente sobre lo que son o no son ingresos,pues a dado la casualidad y sin pensarlo que mi padre justo 3 dias despues de mi primer cobro del subsidio me ha hecho un prestamo sin intereses y en un folio blanco como documento contrato con todos nuestros datos exactos,firmas y clausulas todo bien formalizado y en ese mismo dia me ha realizado de su cuenta a la mia una transferencia de 3000 euros,sin poner el concepto de prestamo.Entiendo que este prestamo no es un ingreso puesto que una de las clausulas es a devolver en 2 años.Deberia de preocuparme por algo respecto al Sepe?? deberiamos de llevar o pasar ese documento por algun sitio para formalizarlo mejor?? gracias.

  • Esteban

    Hola,buenas de nuevo..,escribi hace unos dias por el tema
    de un prestamo que he recibido por parte de un familiar y
    me comentasteis que no habia problema respecto al Sepe
    porque es un prestamo.(yo cobro subsidio RAI)
    Me he fijado en preguntas y respuestas del foro de meses
    o tiempo atras que a otras personas cuando preguntan por
    este tipo de ingresos les habeis respondido lo mismo,que
    ningun problema y que no hace falta ni pasar por el Sepe a
    comunicarlo porque claro esta que prestamo no es ingreso.
    Tambien me he fijado por otros comentarios que cuando
    teneis minimas dudas por cualquier otro tipo de ingresos,
    como por ejemplo indemnizacion por accidente,aunque creeis
    que seguramente no lo tomaran o no deberian de tomarlo
    como ingresos,si que decis a la persona que pregunta que se
    pase a comunicarlo al Sepe;luego por este detalle deduzco
    que cuando ni siquiera recomendais comunicar en el Sepe
    haber recibido un prestamo es porque vuestras razones teneis
    sabeis que no pasa nada y no va ha trascender.Yo por mi
    parte lo tengo muy claro igual que vosotros que esto es asi,
    sin embargo y con todo respeto a vuestro foro y respuestas,he
    podido observar en otra pagina que tambien asesora que la
    respuesta frente a los prestamos es tambien que no pasa nada
    porque efectivamente no se considera ingreso pero recomiendan
    por si las moscas,por curarse en salud que se comunique o
    avise al Sepe porque al recibir un dinero por transferencia lo
    pueden tomar si lo detectan como variacion de renta aunque
    realmente no sea un ingreso en si mismo y para evitar problemas
    futuros.
    Yo por mi parte pienso como vosotros me comentasteis no tiene
    importancia y no deberia ir al Sepe no vaya a ocurrir que al ir
    remueva una cosa que ni miran y por exponerme le produzca
    una confusion al funcionario y de momento me lo paralicen.
    Como vosotro me recomendasteis ya pase por hacienda y esta
    oficial y legalizado el prestamo…modelo 600.
    Si me podeis comentar,muchas gracias de nuevo.

    • Como hemos indicado siempre, es mejor comunicar.

      En este caso, si ya está incluso legalizado el préstamo, no va a ocurrir nada.

      Puedes hacer lo que quieras:

      Comunicar, incluyendo los documentos acreditando que es un préstamo (podría ocurrir lo que dices… pero como presentas de inmediato los documentos, la persona que resuelva o decide si suspende, si tiene el mínimo de profesionalidad, no debe de paralizarte).

      No comunicar: no creo que te digan nada porque si tiene información provendrá de Hacienda y ésta sabe que ese ingreso fue un préstamo.

      Salu2.

    • Por añadidura, te diría, que sería impensable que una persona estando en situación de precariedad, cobrando un subsidio necesitara más dinero para vivir, no pudiera recibir un préstamo para afrontar los pagos o perder el subsidio.

      Salu2.

  • Ana Cris

    Hola, tengo una duda. Resulta que en breve se me acaba el paro, tengo dos hijos con los que convivo, y estoy separada aunque no legalmente, ya no que no me casé.. Me piden convenio regulador para pedir la ayuda familiar no lo tengo aún pero estoy en ello. En el convenio se va a regular el tema de pensión alimenticia para mis hijos, mi duda es si por ejemplo tuviera su padre que pasar de pensión alimenticia para los hijos 300 por hijo (600 en total) , esa renta cuenta como mia o como renta de mis hijos. Lo digo porque si lo cuenta como renta mia superaria el requisito de tener una renta inferior a 530 el solicitante de la ayuda, sin embargo, si cuenta como renta de mis hijos no se superaria el requisito de la renta familiar inferior a 530 y cumpliria ambos requisitos.
    Muchas gracias de antemano
    Un saludo

    • No es que cuente como rentas. Creo que lo que considerán posiblemente que los menores están a cargo de ambos progenitores y posiblemente tenga en cuenta las rentas de su ex-marido.

      Es decir, habría que sumar todas las rentas y dividirlo entre 4.

      Pregunta en SEPE.

      Salu2.

    • Ana Cris

      Hola, gracias por responder, pero en el convenio regulador si que pone que la guardia y custodia es totalmente mia, de hecho, el padre no vive ni en europa desde hace años. pero se va a poner tambien la cantidad que tiene que pasar a sus hijos como pensión alimenticia, y esa cantidad no se si cuenta como renta de los hijos o mia. En el mismo SEPE me dijeron que el convenio regulador es el que necesito para que no tengan en cuenta a mi ex, lo que no cai en preguntar si la pensión alimenticia es renta mia o de los niños..de hecho nunca me ha pasado dinero y dudo que lo haga, pero según consideren una u otra situación me corresponderá la ayuda o no.
      Gracias de nuevo.
      Un saludo.

    • Ya, pero te pasa una pensión.

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