Los nuevos desempleados cobrarán menos prestación de desempleo a partir del sexto mes pasando del 60% al 50% de la base reguladora.
También exige trabajar y cotizar antes de poder cobrar la RAI, que hasta ahora lo han podido todas las personas que lleve 12 meses dado de alta en demanda de empleo y tener más de 45 años.
¿Qué es la base reguladora?
La base reguladora diaria es la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo (Base de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) dividida entre 180.
¿Afecta a los que ya están percibiendo la prestación?
No, esta medida sólo afectará a los nuevos perceptores de la prestación de desempleo. Los que ya están cobrando, seguirá cobrando el 60% a partir del día 181.
¿Qué prestación cobrará a partir de ahora los desempleados?
Los 180 primeros días de prestación se cobrará el 70% de la base reguladora y a partir del 181, el 50% de dicha base.
¿Cuál es la cuantía máxima de las prestaciones de desempleo?
Existen unas cuantías mínimas y máximas de la prestación que están en función del número de hijos y del Indicador Público de Renta de efectos Múltiples (IPREM) existente cuando se inició la prestación.
En ningún caso la cuantía de la prestación, podrá ser inferior al 80% del IPREM incrementando en 1/6 (501,98€ en 2019), cuando el trabajador no tenga hijos a cargo, y al 107% (671,40€ en 2019), cuando el trabajador tenga, al menos, un hijo a cargo.
La cuantía de la prestación, nunca podrá ser superior al:
- 175% IPREM si no se tiene hijos. 1.098,07 euros/mes en 2019.
- 200% IPREM si se tiene 2 hijos. 1.254,94 euros/mes en 2019.
- 225% IPREM si se tiene 3 hijos. 1.411,81 euros/mes en 2019.
En el caso de desempleo por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el importe mínimo o máximo estará en función del número de horas trabajadas.
¿Se cobra íntegramente la prestación de desempleo?
No, La prestación estará sujeta a descuentos de Seguridad Social y del I.R.P.F.
La Entidad Gestora ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes y, en los supuestos de suspensión o reducción de jornada por Expediente de Regulación de Empleo, ingresará la aportación del trabajador por todas las contingencias.
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Hola buenas tardes,Llevo 4 meses cobrando el paro,tengo tres hijos a mi cargo y la cantidad son 1119€.dentro de dos meses cuanto voy a cobrar?gracias
Unos 800 euros.
Salu2.
Hola, llevo cobrando 5 meses de paro unos 679 euros…. al sexto mes, cuanto me descontaran? tengo una niña a mi cargo. Gracias
485€
Hola estoy cobrando 552,39€ de paro que cobrare a partir del 6 mes ???gracias
395€
llevo cobrando 6 meses 580€ en el paro cuanto se me queda ahora? gracias
414,29 euros.
hola pero eso es menos del sisuidios eso es legal?
Espera, si es inferior a un determinado mínimo, cobrarías el mínimo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/02/02/iprem-2015-y-smi-2015-impacto-sobre-las-prestaciones-y-subsidios-de-desempleo/
En 2015 es de 497€ si no tienes hijos. Si lo tuvieras, cobrarías algo más.
Salu2.
ok gracias
De nada, y siento por la confusión.
Cuando nos pregunta cuánto cobraría, aplicamos la formula y damos la respuesta, pero claro, hay que tener en cuenta los mínimos.
Salu2.
Llevo 8meses cobrando de los 2 que tengo,el primer mes cobre 662,19 los 5 siguientes 945,99,bien ahora cobre el 7 mes 743,16 pero este mes cobre 656,25.mi pregunta es por que la diferencia entre 7y8 mes?
Gracias.
Es lógico.
Cobras el 70% los primeros 6 meses desde el día de la solicitud.
Sin embargo, ellos pagan por meses naturales, de esta forma:
El primer mes, no cobras el mes completo. Sólo los días que tienes derecho y al 70%.
Los meses 2 al 6 cobras el 70% al completo.
El mes 7 cobras, una parte al 70% y otra al 50%.
El mes 8, se cobra todo al 50%.
Salu2.
Ok muchas gracias.
Hola buenos días.he estado cobrando de paro 330€ al 7 mes he pasado a cobrar 240€ tengo 2 hijos a mi cargo.mi marido gana 1100€ ,aunque mi marido gane ese sueldo hay un mínimo para yo cobrar de paro teniendo 2 hijos?
Cobras poco.
Según el folleto de SEPE:
En ningún caso la cuantía mensual de la prestación, calculada como se ha indicado en el apartado anterior, podrá ser inferior:
Al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, incrementado en 1/6 (parte
proporcional de las pagas extraordinarias), cuando el trabajador no tenga hijos a cargo.
Al 107 % del IPREM mensual, incrementado en 1/6 (parte proporcional de las pagas extraordinarias), cuando
el trabajador tenga, al menos, un hijo a cargo
El 2015 el IPREM es de 532€ mensuales.
El IPREM incrementado en 1/6 es de 621 euros.
¿Tu empleo fue parcial?
el mes de febrero se cobra menos para al tener menos dias?
No, lo mismo.