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15 de marzo de 2013

El gobierno tendrá en cuenta las rentas familiares para conceder el subsidio de mayores de 55 años

El gobierno endurecerá las condiciones que dan hasta ahora derecho a cobrar el subsidio por desempleo a los mayores de 55 años.

En el decreto ley que prepara Empleo para que el Gobierno de Mariano Rajoy lo apruebe hoy, viernes, se incluye una disposición que impedirá acceder al subsidio a parte de los desempleados que cuenten con rentas familiares.

El cambio se realizará sobre el requisito de la carencia de rentas. Hasta ahora, era el único subsidio que sólo se tenía en cuenta que el solicitante careciera de rentas, sin embargo, el gobierno pretende que dicha carencia de rentas también sea a nivel familiar:

  • Carencia de rentas personales: El solicitante no podrá tener rentas supriores al 75% del SMI.
  • Carencia de rentas familiares: La media de las rentas de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años) no puede superar el 75% del SMI.

El SMI, es el salario mínimo interprofesional que para el 2013 es de 645,30 euros, y por lo tanto el 75% del SMI es de 483,98 euros.

De esta forma, a partir de ahora, para acceder a esta ayuda, los mayores de 55 años han de tener rentas inferiores a los 483,98 euros brutos mensuales (12 pagas) y la rentas medias de la unidad familiar también.

Este cambio no tiene carácter retroactivo, así que sólo afectará a los nuevos solicitantes cuyo derecho a la ayuda naciera con fecha posterior a la publicación de este nueva ley.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Tener cumplidos 55 años en la fecha de solicitud.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral, de las cuales 3 meses ha de estar dentro de los últimos 6 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Estar desempleado e inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
    • Haber agotado una pensión contributiva por desempleo.
    • Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
    • Haber sido beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
    • Haber perdido un empleo de forma involuntaria, y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Este subsidio no será de aplicación a los trabajadores fijos discontinuos mientras mantengan dicha condición.

¿Más información?

Sí, lease las preguntas frecuentes sobre el subsidio de mayores de 55 años.

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393 comments to El gobierno tendrá en cuenta las rentas familiares para conceder el subsidio de mayores de 55 años

  • Francisco

    No es discrinatorio considerar unidad familiar un matrimonio y no se considera el vivir en pareja
    Con separación de bienes , sin rentas ni patrimonio ¿no es la misma situación que una persona sin rentas ni patrimonio que viva en pareja? se podría recurrir ?
    Gracias

  • florencia

    hola , me podíais decir me han despedido hoy 1 de agosto llevo trabajando141 dia cuando puedo ir a apuntarme al paro me han dicho que tengo vacaciones cuando puedo ir al inen tengo que renovar mi antigua ayuda tengo 59 años

  • MARIA INES VERGER

    Hola..
    Estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años, y me ofrecen un trabajo para dos meses, una vez pasados estos dos meses me podre acoger otra vez a la ayuda?
    gracias

  • Marta

    Hola me podrian decir que se consideran rentas para pedir la ayuda para mayores de 55 años.
    Gracias.

  • juan

    Hola en las rentas familiares entran las pagas extras o solo la mensualidad

  • CUENCA

    SUBSIDIO 55 AÑOS Y UNIDAD FAMILIAR.
    Paso a exponer mi caso, por si me pueden aclarar una duda:
    Tengo 57 años y estoy cobrando el Subsidio para mayores de 55 años (en el que se tienen en cuenta las rentas de la unidad familiar). Mi marido cobra un sueldo de 10.800 € brutos al año (tiene contrato a tiempo parcial). Tenemos un hijo (nació en Noviembre de 1989) que ahora tiene 23 años (cumple los 24 en noviembre de los corrientes). Con los datos actuales no hay problema pues no superamos el límite de rentas al ser tres miembros en la unidad familiar y no tener más ingresos (ni de bienes muebles/inmuebles, becas,…). Mi hijo está preparando el examen del MIR que se realizará a primeros (enero-febrero ) del año 2014. En el caso de que, esperemos que así sea, apruebe la plaza de MIR se la darían para Abril-Mayo de 2014.
    Si la plaza se la dan en otra localidad diferente a la que vivimos, él se trasladará y se empadronará en dicha localidad y, entiendo que deja de pertenecer a la unidad familiar a todos los efectos (IRPF, Renta para subsidio….) por ser ya «independiente» y no me afectarían sus rentas para mi subsidio. Si la plaza se la dan en la localidad en la que vivimos tendría dos opciones:
    A) Comunicar al SEPE el cambio y que mi hijo siga viviendo en nuestro domicilio , con lo cual entiendo que al sumarse sus rentas probablemente me suspenderían el subsidio. En este caso ¿podría volver a solicitarlo cuando mi hijo cumpla 26 años (noviembre 2015) aunque haya pasado más de 1 año de la suspensión (abril-mayo 2014)?
    B) Comunicar al SEPE el cambio y mi hijo se independiza y cambia de domicilio (y de empadronamiento) pues ya tiene su trabajo y sus rentas que se lo permitan. La unidad familiar la constituiríamos mi marido y yo y no superaríamos tampoco el límite de rentas para dos miembros. En este caso el SEPE ¿no investigaría ese cambio de domicilio (pidiendo un empadronamiento histórico) para intentar descubrir un posible fraude y podría así interpretarlo aunque no fuese real y tendríamos que iniciar un proceso de reclamaciones con todo el papeleo que comporta?
    Muchas gracias.

    • 1. Tienes que comunicar a SEPE los cambios de situación. Las suspensiones de las ayudas suelen tener que ser menos de 12 meses, pero vete a SEPE y te dirán.

      2. NO creo que pongan problemas, pero a saber… últimamente andan muy mal de dinero.

      Salu2.

  • dani

    hola.actualmente estoy cobrando la ayuda de liberados de prision y por circustancias de la vida tengo que volver a ingresar, me quedan 7 meses de ayuda, puedo seguir cobrando estando cumpliendo condena? o tengo que comunicarlo al inem antes de ingresar,que pasa si no puedo comunicarlo?tendre derecho a cobrar otra vez cuando salga?gracias

  • fernand

    tengo 56 años me concedieron a los 52 el subsidio de 426 euros en la actualidad sigo cobrando el año pasado rescate un fondo de pensiones de 1200 euros que tenia en el banco tengo que declararlo ahora que me toca la declaracion anual en el sepe puedo tener problemas por haber rescatdo esa cantidad

  • M.Martin

    Hola, tengo 55 años y acabo la prestacion, estoy casado pero con separación de bienes mi mujer cobra al mes en su trabajo 1.120 € , somos dos miembros,¿ podría pedir el subsidio de mayores de 55 años?.

  • florencia

    hola haber si me podeis ayudar termine mi contrato de trabajo a primeros de mes me apunte al paro para continuar con la ayuda de los 55 años me acaban de avisar que empiezo otra vez el lunes con un contrato de 6 horas mi pregunta es tengo que avisar al paro poder reengancharme cuando termine este contrato ala ayuda antigua de los 55 años lo digo por que el contrato es de 6 horas gracias

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