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15 de marzo de 2013

El gobierno tendrá en cuenta las rentas familiares para conceder el subsidio de mayores de 55 años

El gobierno endurecerá las condiciones que dan hasta ahora derecho a cobrar el subsidio por desempleo a los mayores de 55 años.

En el decreto ley que prepara Empleo para que el Gobierno de Mariano Rajoy lo apruebe hoy, viernes, se incluye una disposición que impedirá acceder al subsidio a parte de los desempleados que cuenten con rentas familiares.

El cambio se realizará sobre el requisito de la carencia de rentas. Hasta ahora, era el único subsidio que sólo se tenía en cuenta que el solicitante careciera de rentas, sin embargo, el gobierno pretende que dicha carencia de rentas también sea a nivel familiar:

  • Carencia de rentas personales: El solicitante no podrá tener rentas supriores al 75% del SMI.
  • Carencia de rentas familiares: La media de las rentas de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años) no puede superar el 75% del SMI.

El SMI, es el salario mínimo interprofesional que para el 2013 es de 645,30 euros, y por lo tanto el 75% del SMI es de 483,98 euros.

De esta forma, a partir de ahora, para acceder a esta ayuda, los mayores de 55 años han de tener rentas inferiores a los 483,98 euros brutos mensuales (12 pagas) y la rentas medias de la unidad familiar también.

Este cambio no tiene carácter retroactivo, así que sólo afectará a los nuevos solicitantes cuyo derecho a la ayuda naciera con fecha posterior a la publicación de este nueva ley.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Tener cumplidos 55 años en la fecha de solicitud.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral, de las cuales 3 meses ha de estar dentro de los últimos 6 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Estar desempleado e inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
    • Haber agotado una pensión contributiva por desempleo.
    • Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
    • Haber sido beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
    • Haber perdido un empleo de forma involuntaria, y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
    • Este subsidio no será de aplicación a los trabajadores fijos discontinuos mientras mantengan dicha condición.

¿Más información?

Sí, lease las preguntas frecuentes sobre el subsidio de mayores de 55 años.

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393 comments to El gobierno tendrá en cuenta las rentas familiares para conceder el subsidio de mayores de 55 años

  • florencia

    gracias y vuelvo a la ayuda antigua de los 55 años como te decía me hacen el contrato de 6 horas gracias

  • Tolo

    Buenas noches,
    ¿se podría solicitar el subsidio para mayores de 55 años si se convive con la madre que tiene una pensión de jubilación de 708 euros y una pensión de viudedad de 319 euros?

  • Nekane

    Hola, en primer lugar os doy las gracias anticipadas por darnos esta oportunidad.
    A mi marido se le acaba el paro dentro de unos meses , tiene 56 años y 30 años cotizados, a mi acaban de darme la gran incapacidad cobro 1289 €. mi pregunta para solicitar la ayuda a mayores de 55 años que cantidad tienen en cuenta ¿ tienen en cuenta lo que cobro para pagar a la tercera persona? o los 890 € que era mi pensión absoluta.
    Gracias.

  • florencia

    hola estaba cobrando la ayuda de los 55 años e conseguido trabajo a tiempo parcial , e recibido una carta del inen ,puedo contabilizar la ayuda con lo de trabajo o mantenerle suspendido hasta que me vuelvan a despedir si quiero esto ultimo tengo que ir al inen a decirlo o no hace falta me han cogido en el trabajo por poco tiempo y no quisiera faltar muchas gracias

  • florencia

    ni no me interesa compatibilizar y lo mantengo suspendido hasta que me despidan tengo 1que ir al inen a decirlo, ono hace falta

  • jose

    gracias por la oportunidad de consulta..Soy un residente peruano llevo 23 años en españa,con 58 años de edad..segun el informe laboral llevo 17 años 6 meses de alta en el sistema de seguridad social..mi fecha de baja en la seguridad social 31 07 2011..la cual los ultimos cuatro años(2007-2011)fueron de autonomo…por favor explicarme que clase de derecho de subsidio o pension puedo optar de acuerdo a mi condicion de ciudadano..actualmente no recibo ninguna clase de prestacion ni ayuda..por favor explicarme como lo puedo soliicitar…ya que hace un año fui al inem y me dijeron que por ser autonomo no tenia ningun drecho de subsidio…les estare grandemente agradecido..graciasss

    • No tienes derecho a ningún subsidio porque sus últimas cotizaciones fue en el régimen de autónomos.

      Para poder cobrar alguna ayuda, debería de cotizar en el régimen general al menos 3 meses y después ser despedido.

      Salu2.

  • marian

    como consideran los meses, de 30 dias porque mi marido cobra por dias del mes y tiene porrateadas las pagas y entonces dicen que las pagas no entran,
    pero las incluyen como es esto, ya que unos meses cobra una cantidad y otros otra

  • serena

    estoy separada legalmente de mi marido.al tener hijos mayores de edad .decidimos cada uno no pedirnos pension compesatoria.vivimos en mismo domicilio.al poco de separarme qude en paro.ahora tengo 60 años y 25 años cotizados.puedo acceder al subsidio para mayores de 55 ahora q se me acaba el paro?la nomina del q fue mi marido se contabili?el gana 1600 netos mensuales incluidas pagas.gracias

  • pilar

    Tengo 27 años cotizados en la seguridad social he terminado de cobrar una prestacion por desempleo de 4 meses en el mes de Septiembre si no me sale ningun trabajo podre cobrar la ayuda para mayores de 55 años en Junio del año que viene que es cuando los cumplo mi marido cobra una pension de 500 € espero contestacion GRACIAS

    • Sí, si cumples los requisitos arriba descritos.

      Para poder cobrar la ayuda, debes de cumplir los 55 años o tenerlo cumplido cuando dejas de cobrar una prestación o subsidio o cuando generes derecho a cobrar una prestación o subsidio, cosa que no es tu caso.

      Lo sentimos..

  • elizabeth ramirez

    Hola, tengo 59 años y estoy cobrando el subsidio de mayor de 52 años, llevo 4 años y medio en el paro, mi pregunta es que tengo un plan de pensiones con 10.000 euros y con saldo actual de 10150, si lo recuperase me contaría como renta afectando ese mes al subsidio?. El plan está contratado el día 1 de enero del 2006. Cuanto recuperaría aproximadamente del plan.Saludos
    Elizabeth

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