La reforma de pensiones elaborado por el anterior gobierno de Zapatero y que ha sido modificado en materia de jubilación anticipada y parcial por el actual gobierno entra en vigor.
Los cambios introducidos por el actual gobierno son:
Las jubilaciones forzosas
Son las jubilaciones que resulta de un despido motivado por la crisis.
La edad para la jubilación anticipada forzosa será 4 años antes de tu edad de jubilación.
De esta forma, se irá ampliándose desde los 61 años hasta los 63 años en 2027 a mismo ritmo que el aumento de la edad de jubilación.
Los que hayan cotizado más de 38,5 años, podrá prejubilarse a los 61 años sempre.
Estas prejubilaciones requiere tener un mínimo de 33 años cotizados.
Se aplican los siguientes coeficientes reductores sobre la pensión por cada trimestra de adelanto a la edad de jubilación:
- 1,875% con cotizaciones de menos de 38,5 años.
- 1,750% con cotizaciones de entre 38,5 y 41,5 años.
- 1,625% con cotizaciones de entre 41,5 y 44,5 años.
- 1,500% con cotizaciones de más de 44,5 años
Las jubilaciones voluntarias
Son las jubilaciones porque lo quiere el trabajador, pudiendo prejubilar los funcionarios y autónomos.
La edad para la jubilación anticipada forzosa será 2 años antes de tu edad de jubilación.
De esta forma, se irá ampliándose desde los 63 años hasta los 65 años en 2027 a mismo ritmo que el aumento de la edad de jubilación.
Estas prejubilaciones requiere tener un mínimo de 35 años cotizados.
Los que hayan cotizado más de 38,5 años, podrá prejubilarse a los 63 años siempre.
Se endurecen los coeficientes reductores que trimestralmente son:
- 2,000% con cotizaciones inferiores a 38 años.
- 1,875% con cotizaciones entre 38,5 y 41,5 años.
- 1,700% con cotizaciones entre 41,5 y 44,5 años.
- 1,625% con cotizaciones de más de 44,5 años.
Jubilación parcial
Aumenta progresivamente la edad de acceso a la misma. El mínimo exigido de cotización se fija en 33 años (25 años para las personas con discapacidad).
En el caso de que se realice un contrato de relevo, el tiempo de trabajo puede reducirse hasta el 25%. Si no se contrata a un trabajador relevista, el tiempo de trabajo exigido al jubilado parcial estará entre el 50% y el 75%. No se aplican coeficientes reductores.
Respecto a quienes se hayan acogido a la jubilación parcial antes del 2 de agosto de 2011, cuando decidan jubilarse por completo -y aunque ya estén en vigor las nuevas leyes-, podrán hacerlo aplicando las normas vigentes hasta el 31 de diciembre de 2012.
En 2013:
- Edad de jubilación: 65 años y 1 mes salvo que tengas 35 años y 3 meses
- Edad de prejubilación:
- Anterior ley: 61 años con al menos 33 años cotizados.
- Nueva ley NO voluntaria: 61 años y 1 mes con 33 años cotizados o 61 si se tiene al menos 35 años y 3 meses cotizados.
- Nueva ley Voluntaria: 63 años y 1 mes con 35 años cotizados o 63 años si se tiene al menos 35 años y 3 meses cotizados.
- Calculo de la pensión: 16 últimos años o 25 años según elección.
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Tengo 59 años. He cotizado la Seguridad Social por el regimen general durante los últimos 33 de forma ininterrumpida.. Puedo jubilarme a los 61 años en el caso de que ahora quede parado durante los próximos dos años?. Qué pensión me quedaría?. Muchas gracias.
Sí, en cuanto a la pensión, vete a la Seguridad Social y pide una simulación.
Nosotros te podemos decir que se te aplicarán los siguiente coeficientes reductores:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
Buenas tardes tengo 57 años, me despidieron el 7 de julio de 2011 fue improcedente. Podre jubilarme a los 61 años
puesto que me despidieron antes de la entrada de la ley
(8-2011).
¿Me interesa hacer un convenio con la SS y pagar hasta que me jubile?
Sí, ya que te acoges a la anterior ley:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
En cautno al convenio, depende de tu esperanza de vida y el balance de números que has de calcular.
Salu2.
Se me ha olvidado decirle que tengo 41 años de cotizacion
muchas gracias.
Con ese tiempo cotizado, cobrarías el 100% de tu base, que cambiará si te acoges o no al convenio.
Salu2.
tengo 59años llevo cotizadosal dia de hoy 37y medio,llevo con subsidio por quedarme parado con 52 años y mi cotizacion ha sido alta siempre hasta que llegué al subsidio tengo 2 preguntas.
1ª me podría jubilar a los 61 años
2ª para el calculo cuanto mas años metan saldria beneficiado, cuanto es lo maximo de años si me prejubilo dentro de 2 años.
1. Sí, si has perdido el empleo antes de 1 de abril o por causas de la crisis.
2. Depende de si te acoges a la anterior ley o la nueva (anterior ley: 15 años, nueva ley: hasta 25 años).
Salu2.
El despido improcedente en el año 2012, se considera «despido por la crisis» ??
Gracias
No, pero te acoges a la anterior ley, ya que la nueva entra en vigor para los que perdieron el empleo a partir del 1 de abril de 2013.
Buenas tardes, este mes se me acaba la prestacion por desempleo,tengo 58 años estoy en paro desde el 2011, con 40 años cotizados, me deniegan el subsidio por que mi mujer gana 1000 euros tengo un hijo con 27 años y trabaja, ¿podria jubilarme a los 61 años?
¿puedo hacer un convenio con la ss hasta mi jubilacion?
o no me interesa?.
muchas gracias por su atencion y disculpe las molestias.
Sí, puedes prejubilarte a los 61 y sí puedes acogerte a un convenio.
¿Te conviene? tienes que echar números y uno de los parámetros a tener en cuenta es la esperanza de vida.
Salu2.
necesito respuesta!! mi padre cumple 63 años en julio y tiene alrededor de 30 años cotizados (poco mas de 30 años creo). lo pararon en su empresa a mediados del 2011 y lleva al paro todo este tiempo. Le dijeron que podria prejubilarse a los 63 años. Que opciones tiene con las nuevas leyes??
Puede prejubilarse a los 61 de hecho.
Salu2.
Mi mujer tiene 60 años y 11 años cotizados, es autónoma y cuando cumpla 65 tendrá cotizados 16 años. Podrá jubilarse?
No se sí el aumento de 15 a 25 años tiene algo que ver, o sólo es para l cálculo de la mensualidad?
No encuentro por ningún lado el mínimo de años cotizados necesarios para obtener una prestación.
Graias
Sí, si llega a los 15 años cotizados.
Lo de los 15 a 25 años, son los años que utilizarán para el calculo de la pensión.
Con 15 años recibrá el 50% de su base de cotizaciones.
Salu2.
tengo 59 años me despidieron el 21/2/2013 llevo 42 años cotizando ¿me podria prejubilar a los 61?
Sí, puedes.
Salu2.
tengo 61 años y estoy jubilado parcial al 50%.¿ puedo jubilarme anticipadamente voluntario a los 63?. tengo 41 años cotizados. ¿sobre que me descontarían los coeficientes reductores?sobre el 50% restante o sobre el 100%
Sí, puedes.
Los coeficientes se te aplicaría sobre el 100%.
Salu2.