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3 de junio de 2015

Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

Los contribuyentes que recibieron la ayuda del Plan PIVE en el año 2013 que no lo incluyó en la declaración de la Renta del 2013 están recibiendo un requerimiento del fisco para que se ponga al día.

Concretamente, estos contribuyentes deben de tributar por esa ayuda de 1.000 euros para comprar un automóvil como ganancia patrimonial en el IRPF y que al no haberlo hecho en plazo deben presentar una declaración complementaria sujeta a recargos que pueden llegar al 15% de la cuota a tributar.

Por nuestra parte hemos estado avisando desde el principio que estas ayudas (Plan PIVE, Plan 2000E) hay que tributar en el IRPF.

¿Cómo hago esa declaración complementaria?

  1. Debes conseguir una copia de la declaración de la renta 2013.
  2. Descarga el programa Padre de la renta 2013.
  3. Rellena con los datos de la declaración presentada (si presentaste entonces la declaración con el Programa Padre seguramente no tengas que hacer los 3 primeros pasos y tengas los datos guardados en el ordenador.
  4. Vete a la página 2 (IV) y rellena la casilla 120, y la cuantía a pagar/devolver de la declaración presentada.
  5. Vete a la página 9 (I) y rellena la casilla 242 (otras ganancias no derivadas de una transmisión).
  6. Imprime la declaración y preséntalo en la Agencia Tributaria. El resultado a pagar van del 247,5 euros hasta 520 euros dependiendo de nuestro nivel de ingresos. (Ver aquí).

¿Y si no presenté la declaración?

Aunque estuvieras exento de hacer la declaración en 2013, al recibir la ayuda del Plan PIVE te obligaba a presentarlo.

En tal caso, has de elaborar tu declaración y presentarlo ahora, aunque fuera de plazo.

Tendrás una sanción de 100 euros por presentarlo fuera de plazo, si no ha sido a requerimiento de Hacienda.

¿Cuál es la sanción?

  • Los que no presentaron la declaración de la renta y que recibieron la ayuda del Plan PIVE han de realizar una declaración fuera de plazo con una sanción de 100€ si no ha sido requerido por Hacienda.
  • Todos los que han sido requerido con una masiva en el que le indica tener de hacer una complementaria, tendrá una sanción de hasta el 15% de la cuota diferencial resultante de dicha declaración complementaria.
  • En el peor de los casos, que Hacienda de momento no lo está haciendo, sería un procedimiento de comprobación que incluye sanciones de entre el 50% y el 100% la cuota diferencial.

¿A qué viene eso ahora, si yo confirmé el borrador que Hacienda me envió?

Hacienda se suele «olvidarse» de ciertas cosas en el borrador de la renta (ver lista). Sin embargo, no te exime de la responsabilidad al confirmarlo.

Hacienda presume que al confirmar tu la declaración, estás conforme con los datos que figuran y que son correctos, y si finalmente no lo es, te sancionan.

¿Y si recibí la ayuda en 2014?

Si has recibido la ayuda del Plan PIVE en el 2014, has de incluirlo en la declaración de la Renta del 2014 que se puede presentar hasta el 30 de junio.

Si ya has presentado la declaración y te has olvidado este dato, has de presentar una complementaria y no tendrá ningún recargo, al estar todavía en el periodo voluntario de presentación de la declaración de la renta del 2014.

Para hacerlo has de seguir los pasos indicados arriba (pero con el programa Padre del 2014).

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112 comments to Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

  • Satur

    Buenos días.
    Presente el borrador de la declaración tal y como me llegó de Hacienda. Pero se me olvidó poner el plan pive (1000€). El resultado era a devolver 1200€. Hoy he recibido una carta certificada de Hacienda, donde me dicen el error de no incluir el plan pive, y una declaración paralela donde se incluye los 1000€ del plan pive. El resultado a devolver ahora es de 769€.
    He llamado Hacienda para preguntar que debo hacer. Me han contestado que no puedo hacer nada, solo esperar a recibir la regulación definitiva y la sanción correspondiente. ¿De cuanto puede ser la sanción?
    Muchas gracias y un saludo

  • margui

    Hola,

    mi padre compró un coche con el plan pive en julio del 2013. Todavía no ha recibido la carta de hacienda pero viendo que no nos vamos a librar…si lo presenta voluntariamente sin recibir la carta se ahorra algo (alguna parte de la sanción)???o se espera a recibir la carta de hacienda???

    • Se ahorra intereses de demora. Cuanto más tarde, más intereses.

      No hay sanción sanción si haces la complementaria voluntariamente. si envían ellos una paralela, entonces habrá sanción.

      Salu2.

    • Joseluis

      En la fecha que indicas (Julio 2013), no existia Plan PIVE.
      Ese Plan PIVE se inició el día 30 de Setiembre de 2012 y finalizó el 31 de Marzo de 2013, así que no es posible que tu padre lo haya pagado, lo puedes ver en la factura.
      Espero no hayas «hecho ya el primo»

  • Jesús Montilla

    En septiembre de 2016 recibí requerimiento (procedimiento de comprobación)por no haber tributado plan PIVE 2013. Contesté que fue por error (ignoraba que hubiera que tributar y no fui informado de ello por el vendedor del vehículo que tramitó la subvención), realicé declaración complementaria y la adjunté.
    Me reponden que realizar la comprobación …» y habiendo queando aclaradas las incidencias … no procede regularizar la situación tributaria». Mas adelante «… La Administración tributaria no podrá efectuar nueva regularización en relación con el concepto, ejericicio y alcance ahora comprobados….».
    Ahora me envían sanción( ¿ no vale lo que indicarón anterniormente) y no aceptan que mi error fuera involuntario cuando en el escrito de respuesta sí aceptan mis explicaciones.
    ¿Qué puedo hacer?

    • Pues no deberían de haberte sancionado, si previamente ya te indicaron que no lo iban a hacer.

      Vete a Hacienda y pregunta. En la carta figura el inspector del caso. Pide cita con él.

      Salu2.

  • Inma

    Hola. Realicé declaración complementaria en julio por no tributar por el plan pive en el año 2013. Ahora me llega una liquidación de recargo por presentación fuera de plazo de autoliquidacion y de intereses de demora y me aplican un 20% de recargo sobre la cuota diferencial a ingresar aplicando un 25% de reducción, es decir 53,25€. Esto no es lo mismo que una sanción? Tengo que pagar algo más?
    Muchas gracias. Saludos.

    • Buenos días

      Sí, básicamente es una forma de sancionarte.

      Una vez liquidado esto entendemos que por tu parte ya quedaría todo saldado respecto a ese tema.

      Salu2 y ánimo

  • javier

    compre coche con plan pibe 8 en septiembre 2015 ya habia hecho declaracion como lo arreglo

    • Debes de hacer una declaración complementaria del ejercicio correspondiente.

      En tu caso, Renta 2015.

      Descarga el programa padre 2015 y haz una complementaria a tu declaración presentada añadiendo el Plan Pive.

      Salu2.

  • ANA SANCHEZ LORENZO

    Hola,
    Mi padre compró un vehiculo con plan pive 8, el coche se lo dieron en enero 2016. Nosotros estábamos pendientes de meterlo en renta 2016, pero nuestra sorpresa ha sido cd tras llamar al concesionario, puesto que no salía en borrador nos han presentado factura de 29/12/15. Nuestra pregunta es si lo podemos incluir en renta 2016, o si presentamos complementaria voluntariamente tendremos sanción. Mi padre tiene una incapacidad permanente la cual está exenta de tributación, luego el incluir plan pive no afecta para nada a la cantidad a devolver por parte de Hacienda. Gracias
    Ruego me aconsejen qué hacer, si presentar complementaria o incluri en renta 2016, cuál opcion sería mas ventajosa para nosotros

    • No, no hay sanción si es por propia voluntad.

      Eso sí, hay que pagar intereses de demora.

      Si la factura es de 2015, hay que presentar complementaria del 2015.

      Salu2.

  • Carlos Rodes Beltran

    Hola me compre un coche en diciembre 2015 y ese mismo año declare en renta ahora me dice hacienda que tengo que declarar en 2016 ¿eso es así?

  • Carlos Andrés

    Hola, Hice la declaración del plan pive pero me equivoque en la casilla, en lugar de ponerlo en la 269 lo puse en la 266. Puede haber algun problema por esto?

    Es necesario hacer una modificación? y si es asi que opción elijo de la modificaciones? gracias.

    • Podrían requerirte y revisarte la declaración completa.

      Si haces un escrito indicando la equivocación, te olvidas del problema.

      Salu2.

    • Carlos Andrés

      Y si en lugar del escrito, realizó una modificación de la declaración? Creo q sería más fácil.

      Al seleccionar modificación aparecen varios motivos, cual seria la correcta para este caso? Gracias.

    • No sé si te van a dejar hacer una complementaria, al no modificar el resultado.

      El motivo, creo recordar, el que tienes que marcar es el último «otros».

      Salu2.

  • Carlos Andrés

    ok, muchas gracias por la ayuda.

  • lanster

    Hola, me acaba de llegar una carta al no declarar el plan pive del 2015 por desconocimiento, con una cuantia a pagar de 334,80 euros,que debo hacer? Pedir cita en hacienda y que me revisen la multa?
    Hay alguna manera de pagar a plazos esa multa? un saludo

    • Depende de lo que te indique la carta.

      Si es una paralela, te indica las instrucciones para alegar o aceptarla y pagar. La multa viene después.

      Si es informativa, tienes que hacer una complementaria y pagar voluntariamente y por lo tanto te libras de la multa. Si no haces nada, luego te puede venir la paralela.

      Salu2.

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