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5 de octubre de 2017

Ayudas de 200€ a 450€ para los Autónomos en Madrid: Programa Re-Emprende

Durante la crisis fueron muchos los Autónomos que tuvieron que cerrar sus negocios. Sin embargo, el nuevo auge de la economía da de nuevo un empuje para volver a intentarlo.

Es por ello, que el Gobierno regional ha puesto en marcha el programa Re-Emprende, con ayudas de 200 a 450€ mensuales, con el fin de dar una segunda oportunidad a aquellos autónomos que quieren volver a emprender de nuevo.

Vemos en qué consiste este Programa Re-Emprende, así como los requisitos y condiciones para acceder a las Ayudas.

¿Quién puede solicitar las ayudas del Programa Re-Emprende?

Las ayudas del Programa Re-Emprende están destinadas a los autónomos que hayan tenido que poner fin a su proyecto empresarial y hayan agotado la prestación por cese de actividad pero buscan una segunda oportunidad.

Los autónomos que pueden recibir esta ayuda son los que acabaron su actividad profesional y se les ha reconocido el derecho a percibir prestación por cese de actividad en los 12 meses anteriores a la publicación de estas ayudas.

¿En qué consiste el Programa Re-Emprende?

El Programa Re-Emprende consiste en dos fases:

  • 1ª Fase:  En esta fase se concederán ayudas entre 420€ a 450€ durante 6 meses tiempo durante el cual el Autónomo recibirá asesoramiento personalizado si desea poner en marcha un nuevo proyecto empresarial o recibir formación para facilitar su inserción en el mercado laboral.
  • 2ª Fase: en el caso de que decida volver a emprender, en esta segunda fase se podrá beneficiar de ayudas de hasta 200€ euros mensuales, durante 12 meses, para subvencionar parte de las cuotas que los autónomos tienen que abonar dentro del Régimen correspondiente de la Seguridad Social.

En total, las ayudas económicas para el período de duración esta fase alcanzarán los 5.100€.

¿Qué condiciones hay que cumplir para poder beneficiarse?

Para poder optar al Programa Re-Emprende:

  •  los trabajadores autónomos deben tener reconocido el derecho a percibir la prestación por cese de actividad por parte de la mutua colaboradora con la Seguridad Social a la que pertenezcan.
  • Además, tienen que estar inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.

Incompatibilidades de estas ayudas

Estas ayudas no son compatibles con el programa de abono de cuotas a la seguridad social a los perceptores de la prestación por desempleo en la modalidad de pago único.

Sí que se podrán compatibilizar con el programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia.

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