Desde el pasado día 4 de abril, día de arranque de la campaña de Renta 2017, se puede solicitar cita previa para el Plan Le Llamamos, a través del cual, la Agencia Tributaria te llama para ayudarte a elaborar la declaración de Renta y su posterior presentación.
Existe diferentes medios para solicitar cita previa para este servicio, seguramente el más fácil y rápido, sea vía Internet. Precisamente, aeat ha elaborado el siguiente vídeo explicando cómo se hace, además de dar algunas indicaciones importantes para acceder a este servicio:
¿Otros medios para solicitar cita?
Además de por Internet se puede solicitar a través de los siguientes medios cita para el Plan Le Llamamos:
- App “Agencia Tributaria”
- Teléfono 901 12 12 24 – Automático-
- Teléfono de cita previa – Atención personal- 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (de L a V de 9 a 19 h).
Las citas se facilitarán cada 15 minutos y las llamadas se efectuarán entre las 9:00 y las 20:30 horas; pudiendo elegir entre horario de mañana o tarde.
¿Quién puede pedir este servicio?
Los contribuyentes que pueden utilizar estos servicios son:
- Trabajadores con unos rendimientos del trabajo y del capital mobiliario inferiores a 65.000 y 15.000 euros, respectivamente.
- Si se tiene como máximo un único capital inmobiliario.
- Puede tener ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas o no de transmisiones, pero que NO correspondan a actividades económicas.
- Puede tener rentas procedentes del régimen a atribución de rentas de capital mobiliario e inmobiliario
¿Qué necesito para el día de la cita?
Para el día de la cita deberéis de haber recopilado la siguiente información de antemano:
- El número de referencia del titular o titulares de la declaración.
- El número del DNI de todas las personas que figuren en la declaración.
- El número IBAN de cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI). Si vive en un inmueble alquilado: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.
También hay que disponer de la siguiente información, si fuera el caso:
- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria)
- Por inmuebles alquilados: relación de ingresos y gastos deducibles, necesarios para obtener los ingresos
- Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994
- Cualquier otro justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal
Para presentar la declaración de Renta deben estar presentes durante la llamada la persona o personas titulares de la misma.
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