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30 de mayo de 2018

¿Qué sanciones me puede caer si meto datos erróneos en mi declaración de la renta?

¿Has cometido un error en tu declaración de la renta o estás pensando en no presentar la declaración porque te sale a pagar o simplemente quieres añadir una deducción al que no tienes derecho? Todas estas acciones conlleva una sanción, os indicamos cuáles son.

Hacienda dispone de unos avanzados mecanismos informáticos y tecnológicos para perseguir el fraude tributario: cruce de datos; además de realizar revisiones de declaraciones sensibles y mediante controles aleatorios entre las declaraciones no sensibles a fraude.

Una vez que Hacienda detecta una infracción, además de hacerte pagar lo que te corresponde, te aplican una sanción que dependen de la reincidencia y del tipo de infracción cometido:

  • Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150%.
  • Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la infracción.
  • Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.

¿Cuál es la sanción por presentar la Declaración fuera de plazo?

Depende de si la Declaración es positiva o negativa, es decir, si te sale a pagar o a devolver.

A devolver:

  • La sanción ronda entre 100 y 400 euros, generalmente si se presenta voluntariamente la multa es de 100 euros y en algunos caso incluso nada por descuido de la administración.

A pagar:

Si el contribuyente la presenta voluntariamente, la sanción será en función del tiempo que haya pasado desde la fecha que tenía obligación de presentar.

  • Antes de 3 meses: 5% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 3 y 6 meses: 10% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 6 y 12 meses: 15% de la cantidad a ingresar
  • Más de 12 meses: 20% de la cantidad a ingresar más los intereses de demora.

¿Y si no lo presento?

Cuando un contribuyente tiene la obligación de hacer la declaración y no lo presenta, la Agencia Tributaria puede requerirle y sancionarle incluso cuando la declaración es a devolver.

A devolver:

  • La sanción ronda entre 100 y 400 euros.

A pagar:

  • Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150% de la cuantía defraudada.
  • Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la cuantía defraudada.
  • Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.

¿Otros?

  • Obtener devoluciones indebidamente: 50% o 26,25% si no se recurre.
  • No comunicar el cambio de domicilio fiscal: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
  • NO presentar correctamente y completa la declaración: 50% o 26,25% si no se recurre.

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