La campaña de la renta 2018 terminó ya hace unos meses, el pasado día 1 de julio de 2019, y muchos contribuyentes siguen sin cobrar su devolución. ¿Por qué están tardando tanto? ¿hasta cuándo tienen que esperar? ¿Cobrarán antes de que termine el año?
¿Por qué este retraso?
La devolución de la declaración de la renta no es un proceso automática, pero lo normal es que no tarde mucho.
Sin embargo, hay mucha gente siguen sin cobrar y la razón puede ser numerosos:
- Existen alguna divergencia entre los datos confirmados por el contribuyente y lo que tiene Hacienda. Incluso si has confirmado el borrador sin más. Ten en cuenta que en el momento de confirmar el borrador, esos eran los datos que tenía Hacienda, pero puede que haya incorporado nuevos dato después.
- Has incorporado nuevos datos por motivos personales: nacimiento de hijos, divorcios, etc.
- Si te beneficias por primera vez de una deducción: como de vivienda u otras.
- Si NO has declaración un ingreso que piensas que estaba exento como premios, subvenciones, ayudas, etc.
- Has tenido mala suerte y te ha tocado ser uno de las declaraciones a revisar como forma de control (no necesariamente una inspección).
- Si tienes deudas tributarias, no te pagan hasta que saldes la deuda o te paga menos o directamente no te paga embargandote la devolución.
- Si has solicitado una devolución de un importe considerable. Estas declaraciones suelen revisarlo a conciencia.
¿Cuándo devolverán?
El plazo legal para que la Administración liquide la devolución de la renta es de 6 meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones (hasta el 1 de Enero de 2020).
En el caso de que se presente la declaración fuera de plazo, los 6 meses comienza desde esa fecha de presentación.
¿Qué ocurre si no paga en plazo?
Si hacienda no te devuelve en el plazo de 6 meses por causa imputable a la Administración, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de ordenación del pago.
Este pago se realizará de oficio por la administración, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame.
El tipo de interés de demora en 2019 es de 3,75%.
¿Cómo paga Hacienda?
En la casi la mayoría de los casos Hacienda practica la devolución vía transferencia a una cuenta bancaria que el contribuyente designe.
En algunos muy concretos, en el que el contribuyente no tiene abierta una cuenta o que existe alguna circunstancia que justifique que no se puede realizar la transferencia, se puede pedir junto a la declaración, un escrito solicitando el pago mediante un cheque cruzado o nominativo del Banco de España.
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