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5 de mayo de 2020

Desde hoy se puede solicitar Cita previa para el Plan Le Llamamos: Hacienda te llama para ayudarte a hacer la Renta

Desde hoy, 5 de mayo, se puede solicitar cita previa para el Plan Le Llamamos, a través del cual, la Agencia Tributaria te llama para ayudarte a elaborar la declaración de Renta y su posterior presentación.

Este servicio de cita previa estará disponible desde el día 7 de mayo hasta el 30 de junio de 2020 y se podrá solicitar a través de las siguientes vías:

  • Internet
  • App “Agencia Tributaria”
  • Teléfono 901 12 12 24 – 91 535 73 26 Automático.
  • Teléfono de cita previa – Atención personal- 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (de L a V de 9 a 19 h).

Las citas se facilitarán cada 15 minutos y las llamadas se efectuarán entre las 9:00 y las 20:30 horas.

Los contribuyentes que pueden utilizar estos servicios son:

  • Trabajadores con unos rendimientos del trabajo y del capital mobiliario inferiores a 65.000 y 15.000 euros, respectivamente.
  • Si se tiene como máximo un único capital inmobiliario.
  • Puede tener ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas o no de transmisiones, pero que NO correspondan a actividades económicas.
  • Puede tener rentas procedentes del régimen a atribución de rentas de capital mobiliario e inmobiliario

Para el día de la cita deberéis de haber recopilado la siguiente información de antemano:

  • El número de referencia del titular o titulares de la declaración.
  • El número del DNI de todas las personas que figuren en la declaración.
  • El número IBAN de cuenta bancaria.
  • Las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI). Si vive en un inmueble alquilado: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.

También hay que disponer de la siguiente información, si fuera el caso:

  • Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria)
  • Por inmuebles alquilados: relación de ingresos y gastos deducibles, necesarios para obtener los ingresos
  • Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994
  • Cualquier otro justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal

Para presentar la declaración de Renta deben estar presentes durante la llamada la persona o personas titulares de la misma.

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