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27 de enero de 2021

¿Podrémos seguir pagando en efectivo hasta 2.500€?


Ahora que los bancos dicen que no quieren dinero de sus clientes, y lleva cobrando desde hace ya un tiempo a las empresas y grandes tenedores de efectivo y recientemente, 2 bancos ha abierto la veda (ver aquí) para cobrar a particulares (ING y BBVA), el Gobierno quiere limitar aún más el uso del efectivo.

Unos queriéndonos cobrar y otros obligándonos a meterlo…

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14 de octubre de 2020

Gobierno va a limitar el uso de efecto a 1.000€


El Gobierno pretende limitar el uso de efectivo desde los 2.500€ actuales hasta 1.000€, es sí, sólo entre profesionales y empresario.

Los particulares seguirán pudiendo pagar hasta 2.500€ en efectivo en la adquisición de productos y servicios profesionales.

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12 de diciembre de 2016

¿Cuál es la sanción de Hacienda si realizas un pago en efectivo superior a 1.000€?


Los pagos en efectivo superiores a 1.000€ están prohibidos en cualquier tienda, establecimiento o servicio que contratemos a partir del día el 1 de enero de 2017.

En caso de superar ese límite y hacer pagos superiores ya sea en metálico, con tarjeta o cheque al portador… ¿Qué multa te puede poner Hacienda?

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1 de diciembre de 2016

Hacienda prohíbe los pagos en efectivo superiores a 1.000€ a partir del 1 enero de 2017.

El límite actual permitido por Hacienda para los pagos en efectivo se reducirá de los 2.500€ a tan sólo 1.000€ a partir de Enero de 2017.

Se prohíben de esta forma los pagos superiores a esa cantidad en metálico, monedas o billetes, con tarjeta, con cheque al portador

Vemos todos los detalles sobre qué pagos quedarán prohibidos.

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4 de marzo de 2013

Adiós al pago en efectivo de las multas y tasas en las Jefaturas de Tráfico.


Desde hoy, lunes 4 de marzo de 2013, se elimina la posibilidad de realizar el pago en efectivo o metálico de multas y tasas en todas las Jefaturas de Tráfico.

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31 de octubre de 2012

Hoy entra en vigor la prohición de pagos en efectivo desde 2.500 euros

Hoy entra en vigor la la prohibición de realizar pagos en efectivo desde 2.500 euros en operaciones en que intervenga un empresario o profesional.

También se prohíbe las operaciones de más de 15.000 euros cuando el pagador sea una persona física sin domicilio fiscal en España que no actúe como empresario o profesional.

La sanción por el incumplimiento de esta ley es el pago de un 25% de la cantidad pagada en efectivo.

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