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19 de enero de 2010

Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.

Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?

Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.

¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?

Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.

Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.

Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.

Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.

Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…

Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.

En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.

Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?

Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.

¿Qué habría que hacer después del accidente?

Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)

Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.

En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.

La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).

Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.

En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.

¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?

En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.

La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.

La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.

¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?

También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.

Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):

  • Días de baja hospitalaria:  71,84 €/día
  • Días de baja no hospitalaria:
    • Días de baja impeditiva :   58,41 €/día    – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
    • Días de baja no impeditiva:   31,43€/día   – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual

Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.

¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?

Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.

La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.

El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.

El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.

¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?

En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.

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1.024 comments to Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

  • Ana

    Hola, me dieron por atras en una rotonda justo cuando yo iba a salir. No fue mi culpa. He estado desde el 4/03 al 15/03 (hoy) de baja laboral. Hoy he pedido el alta voluntaria. El médico de la compañia contraria me ha asignado de 15 a 20 sesiones de rehabilitación (masajes). Mi duda es que tengo un viaje previsto para el 19 de abril y justo va a dar para terminar las sesiones. Luego creo que te visita el medico forense para dar un informe, pero creo que no me va a dar tiempo. Como debo de hacer? y si luego sigo mal? tendré que perder el viaje? como contarían mis días impeditivos y no impeditivos? Muchas gracias por contestarme

    • Hola Ana

      De momento los días del 4 al 15 de marzo podrían considerarse como días de baja Impeditiva, si en esos días no hubieras podido realizar tus actividades habituales (no necesariamente ir a trabajar, sino tus actividades cotidianas)

      El resto de los dias que sigas estando de baja médica (aunque no sea laboral) deberían indemnizarse como días de baja no impeditiva hasta que te encuentras bien.

      Y en el caso de que quedaran secuelas (esperamos que no, pero bueno..), tal como indicamos en el artículo, éstas también serían indemnizables.

      Sobre el tema del viaje que tienes por medio, lo mejor es que lo consultes con tu compañía de seguros, para ver cómo te conviene mejor hacer para que no lo tengas que cancelar en tu caso y con todos los datos concretos. También debes saber que las compañías de seguros disponen de cobertura y defensa jurídica por si te hiciera falta.

      Ya nos contarás cómo sigue tu caso y qué te comentan en tu seguro al respecto.

      Salu2

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • Ana

    Muchas gracias, llamé a mi gestor, el de mi seguro y me dijo que como justo terminaba el 15 las sesiones me dijo que el 12 le llame al médico forense para que me examine el 15, ya que el 19 salgo de viaje. Desde luego me parece que no se ponen en mi lugar. Yo no se como me sentiré para el día 15 y el vuelo me costó 600 euros. Me imagino que tampoco 3 días antes tampoco es plan de avisar a la compañia contraria. Y si yo decido ir aunque me encuentre mal? como lo verá la medico forense? es posible que me cancele el viaje? Muchas gracias por su amabilidad!!

    • Hola Ana.

      Aunque tengas que hacer un viaje, eso no quiere decir que ya te encuentres bien del todo. Así que en el caso de que aún tengas lesiones o daños, pero que no te impidan viajar, entendemos que se podrían considerar como baja médica no impeditiva (ya que no te impide realizar tus actividades habituales) y por tanto serían indemnizables.

      Espera a ver qué te comenta el médico forense y tu estado, y ante cualquier duda habla también son tu seguro que es quién te tiene que defender.

      Echa un vistazo también a las condiciones generales de tu póliza de seguro en la parte referente a la cobertura por defensa jurídica, que podrías utilizar también en caso de que fuera necesario.

      Salu2 y esperamos que te vayas encontrando mejor.

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  • Ana

    Muchisimas gracias por su interés y sus consejos. Fui a la oficina de mi seguro a comentárselo nuevamente y me dijo que según me vaya viendo les diga, me han dicho que si tengo que cancelar el viaje lo reclamarían para que me lo abonen.
    Por otro ando muy preocupada por que todavía no han dado la aprobación para la reparación del coche. Mi seguro es Mapfre y el del contrario es Allianz. El perito de Mapfre lo fue a ver el 9 de marzo y hasta ahora Allianz no dice ok. Cuanto tiempo tardan en aprobar esto? El coche tiene 9 años, pero estaba muy bien. Muchisimas gracias nuevamente

    • Bueno Ana, esperamos que finalmente hayas podido salir hoy de viaje según lo previsto.

      Sobre el tema de tu coche, desconocemos si fue siniestro total o no. En caso de indemnización por siniestro total el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas.

      En caso de que haya que repararlo, ponte en contacto con tu aseguradora para ver qué está sucediendo y por qué esta demora. Creemos que hay un plazo de 15 días para que la compañía contrario conteste, pero es mejor que lo confirmes con tu aseguradora.

      No dejes de insistir, seguir al tanto y consultar con tu seguro todas las aclaraciones que necesites.

      Animo y salu2!

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  • Ana

    Le agradezco mucho su ayuda, el jueves me confirmaron que ya podía llevar el coche al taller para que me lo arreglen. Salgo de viaje el 19/04, muchas gracias por acordarse de mi. Este fin de semana me ha dolido mas que ningún día. Me cruje en todo momento el cuello y espalda y me duelen algunos puntos de la columna. He llamado a mi seguro para que ver como me puedo hacer una resonancia y me ha dicho que le llame a la médica del seguro contrario para que me lo autorice y que si no sale nada en la prueba que no me la abonarían. Eso es cierto? Me siento tan impotente. Le vuelvo a agradecer por toda su ayuda. que pase un buen día.

    • Hola de nuevo Ana.

      ¿Qué tal te encuentras? Esperamos que mejor. Dentro de nada tienes tu viaje En el otro mensaje nos equivocamos de fecha).

      EStarían incluidos los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria en la cuantía necesaria hasta que te cures totalmente o la consolidación de secuelas, siempre que el gasto esté debidamente justificado atendiendo a los daños sufridos.

      Si el médico preescribe una resonancia magnética es para comprobar si está todo bien o tienes daños que no hayan visto. Así si si esa prueba es necesaria en tu diagnóstico y por tanto está justificada te la deberían abonar indendientemente del resultado que dé..

      Utiliza los servicios de defensa jurídica de tu seguro si fuera necesario. Revisa que estén incluidos en tu póliza.

      Ya ves que con los seguros normalmente todo son jaleos y pegas por todo..

      Animo y ya nos contarás.

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  • pepe

    buenas,
    En una rotonda he tenido un accidente multiple.

    Un vehiculo que circulaba por el interior trató de salir e hizo maniobrar bruscamente a otro vehiculo que iba delante de mi y colisione con el.

    Debido a la infracción del primero que provocó a su vez la infracción del segundo me comí al segundo. ¿tengo derecho a presentar reclamaciones al primer vehiculo que cometió la infracción?

    saludos y gracias

    • En estos casos es importante que los agentes hagan atestado para que quede constancia de cómo sucedió todo y se aclare a quien hay que pedir responsabilidades.

      Es tu seguro quien debe de encargarse pedir responsabilidades y reclamar los daños a las compañías de los vehículos contrarios implicados. Habla con tu seguro y que te aclare a quién va a reclamar y cómo van los trámites.

      El asegurador está obligado indemnizarte una vez terminadas las peritaciones necesarias y el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por el conocidas. (art 18 – Ley 50/1980, de 8 de octubre)

      Así que esperamos que antes de finalice ese plazo ya te vayan aclarando la situación.

      No dejes de insistir a tu seguro en que te urge solución y consúltale todo lo referente a la evolución de los trámites.

      Ya nos contarás a ver qué te van diciendo.

      Salu2

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  • Isabel

    Hola
    Hace mas de un año que me dieron un golpe por atras; cervicalgia aguda, en la radiografia rectificacion cervival.He de decicir que soy trabajadora autonoma, tardaron mas de un mes en mandarme la rehabilitacion,a mi aun en reposo me molestaba,tanto el medico de la compañia contraria que consenti que me viera como el de rehabilitacion al explorarme, sobre todo este ultimo en su informe, me saca varias contracturas aun,dolor cervical en transicion y limitacion en rotacion derecha y extension.
    Tanto mi medico de cabecera como el de la mutua, me dicen que hasta que el de rehabilitacion no me de el alta no me dan ellos tampoco el alta, por lo tanto estuve unos 80 dias de baja laboral. Cuando empeze a trabajar muchos dias me tuve que salir por que tenia la sensacion de que se me iba la cabeza,mi rendiminto no era el mismo ya que se me cargaba mucho los hombros, brazos…(mi trabajo estar 8 horas sentada haciendo cerraduras), como soy autonoma y teniendo la experiencia de la baja anterior decido no volver a cogerla por que trabajando o de baja todo eran perdidas para mi (a mi me pagan por pieza hecha pieza que cobro).
    Mi problema es que el abogado no me informa de nada, tenia una oferta y no me la comunico. La compañia contraria me da 30 dias impeditivos y otros 30 de no impeditivos ( no corresponde con los dias totales que estuve de baja) un punto de secuela y tampoco quieren darme perdidas de ingresos (que si tuve,el abogado de mapfre tiene todos los papeles y me saca unos 2000 € de perdidas). El caso es que lleva con la misma oferta desde octubre del año pasado, y siempre que le llamo me dice que espere, en la oficina de mapfre me dicen lo mismo que espere,que a ellos les interesa resolver el tema, y yo tengo la sensacion de que pasan o que lo han empezado a mover tarde (en la compañia me dijeron que habia una denuncia puesta en enero lo que no se por que via, yo no he firmado nada ni el abogado me a informado). Que quedan en llamarme y no lo hacen, les pregunto si puedo coger otro abogado y me dan largas. La verdad es que no se donde acudir para infomarme. Siento el tocho.
    Gracias

    • Buenos días Isabel

      La verdad es que dado el tiempo transcurrido desde el accidente, lo mejor es que no dejes pasar lo sucedido y busques otras salidas para resolverlo. Te dicen que esperes, que ¿a qué tienes que esperar? Creemos que ya ha pasado tiempo de espera suficiente.

      Deberías consultar otro abogado que fuera un poco más competente y velara por tus derechos como corresponde.
      Recopila toda la información referente a tu caso y llévasela para que la pueda estudira y decidir mejor qué hacer al respecto.

      Acude también a la Oficina de Consumo en tu ciudad. Lleva también copia de todos los datos y explícale lo sucedido y que aún no te han dado solución.

      Te facilitamos también el telf por si te sirve:

      OCU – Organización de Consumidores.
      LINEA GENERAL / CENTRALITA – 913 000 045 – de lunes a viernes de 9:00 a 16:30 horas
      informacion@ocu.org

      FACUA – Federación de Consumidores en Acción
      Teléfono del Consumidor
      954 90 90 90 – Mañanas: lunes a viernes de 10.00 a 13.00 horas. Tardes: lunes a jueves de 17.00 a 20.00 horas

      Para los gastos del abogado revisa las condiciones de tu póliza de seguro. En muchos casos de cubren gastos por defensa jurídica.

      Y echa un vistazo al artículo, donde indicamos qué debes hacer en caso de no estar de acuerdo con la indemnización y los trámites a seguir.

      Animo y no dejes de mover el tema.

      Salu2!

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • Javier

    Estimados amigos,

    Mi caso es de un accidente el 19 de febrero de 2010. No he estado de baja laboral pero desde el 01 de marzo de 2010 voy a sesiones de rehabilitación.

    ¿Calculo los días no impeditivos desde el 01 de marzo o desde el día del accidente? ¿Incluimos festivos y fines de semana?

    Muchas Gracias,

    • Buenas tardes Javier.

      Esperamos que te encuentres mejor.
      Comentarte que en cuanto a los días no impeditivos contarían también los fines de semana. Y deberían empezar a contarse desde la fecha del accidente.

      Salu2

  • Elisa

    Mi pregunta es si tengo derecho a cobrar indemnización por daños personales si la culpa fue mía.
    El pasado 8 de marzo volqué con el coche por culpa del hielo. En Urgencias me diagnosticaron traumatismo costal izquierdo, esquince cervical y traumatismo craneal. Sólo estuve ingresada una mañana, aunque sigo de baja médica. Mi seguro era a todo riesgo con franquicia de 200 euros. La compañía ya me ha abonado los daños del coche, hasta aquí todo bien, pero cuando les pregunté si tenía derecho a indemnización por daños personales, me dijeron que no porque la culpa fue mía.

    • Hola Elisa.

      Esperamos que ya te encuentres mejor. Vaya susto.

      Al ser un accidente en el que no hay contrarios no correspondería indemnización por daños personales.

      De todas formas, nunca está demás revisar las condiciones particulares de tu póliza de seguro para ver que incluye en estos casos.

      Salu2

  • elsahh

    hola!

    el 10 de octubre de 2009 tuve un accidente te tráfico, cuyo culpable reconocido fue el conductor del vehículo contrario, sufrí fractura abierta de tibia y peroné.
    Fui intervenida y se me colocó un clavo que va desde la rodilla hasta el tobillo.

    Ayer me di de alta con secuelas, he estado 6 meses y medio de baja de los cuales 2 meses he estado con rehabilitación.
    En el hospital estuve cuatro días ingresada.
    Debido a que además de trabajar estudio mi jornada laboral es de tan sólo 30h semanales, por lo que mi salio anual es de unos 8000 euros anuales.

    Mi abogado ha decidido denunciar por lo civil y no por lo penal, dice que es mejor, porque los forences que te valoran por lo penal tiran por lo más bajo.

    Me gustaría saber cuánto me podía corresponder de indemnización para tener una segunda opinión.

    Os agradecería una respuesta, ando un poco perdida en este tema.

    Gracias de antemano.

    Un saludo!

    • Hola Elsahh

      Sentimos lo sucedido y nos alegramos que te hayan dado el alta después de tanto tiempo.

      En tu caso, necesitaríamos conocer para calcularte una cuantía aproximada cuántos días de los 6 meses y medio de baja fueron de baja impeditiva (días que no pudiste realizar tus actividades habituales) y cuántos fueron de baja no impeditiva (no te impidió realizar tus tareas cotidianas a pesar de no tener el alta aún..)

      En función de cómo tomen esos días podrá variar bastante la indemnización.

      Teniendo en cuenta 4 días que estuviste en el Hospital, que los 8.000€ sean tu sueldo neto anual, y que te tomen 3 meses como días de baja impeditiva y el resto de 3 meses y medio como no impeditivo, y que no tuvieras ninguna responsabilidad en el accidente, y sin tener en cuenta las secuelas, la cuantía de la indemnización podría ascender a unos
      8900 euros aprox.

      Pero te avisamos que en función de cómo te tomen los días de baja y demás datos concretos de tu caso, esta cifra podría variar..

      No te ha hecho ninguna oferta de indemnización la compañía contraria?
      En principio quién mejor te podrá asesorar sobre tu caso es tu abogado. Revisa las condiciones de tu póliza para ver si te incluye Defensa jurídica y te puedes ahorrar algo en los honorarios.

      Ya nos contarás cómo sigue todo y a ver si se resuelve de la mejor forma posible.

      Mucho ánimo.

      Salu2

  • Isabel

    Hola otra vez
    Volvia a la oficina de seguros y su respuesta que quedaban unos flecos que en quince o veinte dias se solucionaria. Pero como me aconsejaste consulte mi caso y esta persona me recomendo pedir por burofax todo lo relativo a mi caso. Asi lo hice, practicamente me lo negaron,diciendome que con que derecho pedia eso y que cambiar ahora de abogado seria perjudicial para mi…..al final los de la compañia llamaron al abogado para que me explicara todo.Me cuenta lo de siempre, entonces me pregunto yo que cual eran esos flecos que faltaban para solucionarse hace unos dias. Ademas resulta que no hay denuncia ninguna puesta por que segun el como la Cia/C se habia responsabilizado no era necesario, le pregunte por los plazos y que no me preocupara que el caso se habia movido extrajudicialmente, y que seguian en las mismas no cambian su oferta y que desde marzo no le contestan a su propuesta. Casualmente un dia despues de la llamada anterior, habla con ellos y singuen con las mismas y le digo entonces ahora que y me contesta…denunciamos por que ya les hemos dado mucho tiempo. Total que me pide otra vez papeles. Hoy 29 de abril por que he instido yo, se ha reunido conmigo. Me comenta que la denuncia ya esta puesta, que el procurador llamara en 20 dias para que firme el poder. Esto es asi como funciona, se lo he preguntado pero claro el me ha dicho que el poder se puede firmar despues. Yo por otros temas se que el poder se ha firmado antes, se supone que es para eso dar poder para que esa persona haga algo en tu nombre.
    Quiero saber si lo que me ha dicho es verdad,pues no consigo contactar con la persona que me asesoro y quiero saberlo si eso para tomar medidas lo antes posible
    Gracias

    • Hola de nuevo Isabel.

      Parece que no se ha adelantado demasiado en tu caso..
      Dado todas las complicaciones que estás teniendo quizás deberías consultarlo con un abogado independiente.

      En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.

      Quédate y pide copia de lo que se presente y no dejes de leerlo e informarte de lo que se solicita y de cómo van los trámites.+

      No es normal que con el tiempo transcurrido no se haya solucionado aún.

      En el artículo en el punto «¿Qué habría que hacer después del accidente?» indicamos resumidamente los pasos a seguir en caso de no estuerdo con la indemnización de la parte contraria, aunque parece que tu compañía, que está para defenderte, no ha puesto mucho interés en ello.

      Dada la complicada situación de tu caso, lo mejor es que te asesore un abogado especializado en el tema. Habla con tus amigos y conocidos a ver si te pueden recomendar alguno que tengan de confianza que te pueda aconsejar bien qué hacer ante esta situación, ya que se nos escapa de las manos y no queremos aconsejarte erróneamente.

      Y acude a Consumo a ver si te pueden aconsejar al respecto también.

      A ver si se soluciona pronto, que ya llevas mucho tiempo con demasiadas preocupaciones.

      Mucho ánimo.

      Salu2

    • leo

      Desde que te revisa el forence cuantos dias tarda en que te pague la otra aseguradora el forence me dio 66 dias de baja impetivas fuy a la revision el 13/06/2011. El dia del accidente fue elk 09/01/2011 y mira a la fecha que estamnos y nada ellos me isieron una oferta de 600 euors cual no quise cogi un abogado y el demando fuy al forence me mandaron de hay al jusgado cual me dieron el informe del forence y se le entregue al abogado desde el dia ese nose nada tardara mucho tiempo en pagarme

    • Hola Leo.

      La cuantía por cada día de baja para el 2011:

      Días de baja impeditiva : (55,27€/día) – cuando no se pudiera desarrollar la actividad habitual.

      Si te han valorado en el informe 66 días de baja impeditiva es cierto que no corresponde con esa cuantía que te han ofrecido.

      El probelma es que una vez que se empieza con abogados y juicios, el plazo en resolverse todo se demora bastante. No podemos decirte un plazo concreto para que te paguen dada la situación en que estás.

      Tendrías que hablar con tu abogado para que te aclare cómo van los trámites de tu proceso.

      Mucha suerte y mucho ánimo.

      Salu2

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