La jubilación anticipada es un derecho que tienen determinados trabajadores por su condición de mutualista o porque han cotizado al menos 30 años y se han quedado en desempleo.
Cuando una persona se prejubila antes de tiempo, no cobrará el 100% de su pensión de jubilación, sino que hay que aplicarle unos coeficientes reductores.
16 de Marzo 2013:
¿Quién se puede prejubilar?
Para poderse prejubilar se ha de cumplir ciertos requisitos que en el caso de los Mutualistas son:
- Tener al menos 61 años de edad.
- Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
Los NO Mutualistas además tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- Tener al menos 30 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
- El cese del empleo no debe de ser imputable al trabajador, es decir el cese ha de ser involuntario, salvo en el caso de tener la condición de mutualista.
- Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.
¿Qué son los coeficientes reductores?
Los coeficientes reductores son un porcentaje de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se delante de la edad de jubilación, es una penalización por jubilarse antes de tiempo.
¿Cuáles son los coeficientes reductores?

No existe un tipo único de coeficiente sino que depende de los años que haya cotizado el trabajador que se vaya a prejubilar.
Por regla general y para ceses involuntarios de su empleo los coeficientes en función del tiempo cotizado son:
- Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.
- Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7,0 %.
- Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.
- Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6,0 %.
En el caso de los mutualistas con menos de 30 años cotizados o que se hayan dado de baja de forma voluntaria, el coeficiente reductor que se aplica es del 8% por cada año que se adelanta de la edad de jubilación.
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hola soy Camilo tengo 62 anos y el ano que viene cumplo 63 cotice 38 anos en alemania en espana travaje 3 anosy llevo cobrando el subsidio para mayores de 52 6 anos el ano que viene quiero juvilarme tengo que pedir la juvilacion alemana y espanola juntas o por separado, muchas gracias
Creo que tienes que pedir sólo la jubilación española, que ya te reconoce todo el tiempo que hayas trabajado en Alemania.
Vete a la Seguridad Social y pide información.
Salu2.
Buenos días:
Lo he visto en la página de la SS, Apartado de Jubilacion/Régimen General/Jubilacion anticipada por voluntad del trabajador/Beneficiarios/requisitos/apartado 2-parrafo 1.
Posiblemente yo no lo interprete bien.
Gracias. Un saludo.
Pues tienes razón… parece que sí que computa para lo de los 30 años mínimos cotizados para poderse prejubilar.
Salu2.
Hola buenas noches me llamo Pedro y estoy en paro desde hace 5 años estuve trabajando durante 3 años de colaborador social en el ayuntamiento pero no cotizaron por mi durante esos tres años estuve pagando también el convenio especial para subir la cotizacion ahora mismo estoy cobrando el subsido para mayores de 52 años y he leído que la nueva normativa dicen que te pueden jubilar con 61 años yo ahora mismo tengo cotizados 39 años si me jubilan a los 61 años cuanto podía quedarme de pensión perdería mucho me podía informar le quedaría muy agradecido
Utiliza la siguiente calculadora:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/calculadora-pension-de-jubilacion/
Salu2.
En caso de una jubilación anticipada forzosa ¿cómo se aplican los porcentajes reductores? suponiendo que me jubilo a los 61 años me reducirían un 30% (7,5×4) en el primer año y cuando cumpliera los 62 sería un 22,5% (7,5×3) y así sucesivamente hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria en la que ya no se aplicaría coeficiente reductor cobrando el 100% de la base reguladora o, por el contrario, se aplicaría siempre, para el resto de mi vida la reducción del 30% de la base calculada cuando tenga los 61 años. Cumplo los 61 años el próximo 19/07/2014. Ahora estoy cobrando la ayuda para mayores de 55 años y en la fecha en que cumpla los 61 años, llevaré 33,8 años cotizados.
Se calcula la pensión y es la que te darán para siempre… eso sí, se revalorizará anualmente según la Ley de Presupuestos Generales del estado, nada más.
Salu2.
Buenas tardes:
El 4 de Julio cumplo 61 años y desearía jubilarme anticipadamente.
Tengo 38 años cotizados.
Mi situación laboral es la siguente:
Hace cinco años fui despedido de la empresa que trabajaba, me acogí a la presetación por desempleo, que ya terminó y fui trabajando en diferentes empresas con contratos final de obra. A la vez concerté un convenio con la Seguridad Social para mantener la cotización más alta, pues estaba en el tope.
En estos momentos estoy en una empresa con contrato indefinido pero creo que por falta de trabajo me van a rescindir el contrato.
Debido a que terminé el paro, si me despiden ahora no podré tener paro por que me faltan unos días para cotizar los 360 días.
Deseo saber si me despiden tanto si tengo paro como no,si puedo jubilarme anticipadamente.
<saludos
Depende, si te despiden por causas de la crisis, entonces sí. Si no fuera ese caso, tendrías que esperar a los 63:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
En primer lugar agradecerles las ayudas que nos ofrecen ante las dudas que tenemos.
Quisiera que me aclarara estos dos puntos.
Cumplo el 20 febrero 61 años y tengo cotizado 38 años, estoy pagando el convenio especial al máximo y estoy percibiendo la ayuda de los 52 años.
Ahora tengo que renovar el subsidio en este mismo mes.
Mi preguntas son las siguientes:
– Me pueden obligar a jubilarme a los 61 años o todo lo contrario lo puedo prologar hasta que cumpla los 63 años según la nueva ley y seguir percibiendo el subsidio.
– Y cual es la cuantía anual bruta o neta que se percibe en la jubilación cotizando el máximo.
Gracias
1. Depende de bajo qué ley te han dado el subsidio, si es con la nueva.
2. La nueva ley dice que te siguen dando la ayuda hasta que tengas derecho a una pensión de jubilación que puede ser a los 61 o 63 dependiendo si has perdido el empleo antes de abril de 2013, por causa de la crisis o no.
3. Cuantía de la pensión, calculalo tú mismo:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/calculadora-pension-de-jubilacion/
Salu2.
Ingrese a la página del SIME en junio del 2013 para la jubilación voluntaria, más hata la presente no me llaman para presentar los papeles para la jubilización, acudi al Ministerio de Educación Varias veces donde constatan que efectivamente e ingresado a la página y consto en la lista para jubilarme, sin embargo me supieron indicar que me han dejado pendiente, a lo que pregunte porqué y me respondiron que no saben, es acaso verdad que han juvilado con menos años y con certificados falsos de enfermedades catastróficas, (rumores de corrupción) ruego por favor resolver mi caso.
Nosotros no te podemos resolver el problema, te lo tienen que tramitar ellos.
Salu2
Buenas tardes:
Me despidieron por causas objetivas el 31/12/2010. Cobré dos años de paro,ahora estoy cobrando el subsidio de 426 € y tengo suscrito un convenio con la seguridad social para completar la base de cotización que tenia antes de quedarme en el paro.En estos momentos tengo 58 años y quiero jubilarme el 01/01/2017 con 61 años y los consiguientes coeficientes reductores.
Mi duda es la siguiente: Cada año pago 4.500 € de convenio.En cuatro años habré pagado 18000 €. Para recuperar ese dinero que he adelantado tendré que esperar 8 años, lo he calculado con el programa de autocalculo de la pensión de jubilación. Ahora viene mi pregunta: Como la pension de jubilación está sujeta al pago del IRPF, a mayor jubilación mayor porcentaje de IRPF tendré que pagar, por lo que por una parte me quedo sin 18000 € que he adelantado y además tendré que pagar mas IRPF debido a que cobraré una jubilación mayor.Realmente me vale la pena continuar pagando el convenio. He pagado un año (4500 €)de convenio y me estoy planteando dejar de pagarlo porque creo que no se si realmente me interesa. Espero su respuesta.Gracias. Si puede ser que me respondan por e-mail.
http://foros.tucapital.es/foros/trabajo/40555-nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones?limit=8&start=1528#117877
tengo 58 años y 38 de vida laboral. Hace un par de años solicité dos meses sin empleo y sueldo. Este año solicité un mes sin empleo y sueldo. Quiero jubilarme el año próximo y pretendo solicitar 6 meses de empleo y sueldo. Disminuría mucho la pensión? Soy profesora
No, no mucho. Ten en cuenta que hace media con las cotizaciones de los últimos 16 o 20 años.
Salu2.
Hola, en Octubre cumpliré 61 años, tengo cotizados, hasta ahora, 41 años. Me han dicho que me podré prejubilar a los 61. Ahora estoy cotizando a la Seguridad Social 2.070 euros y estoy cobrando la ayuda de 426. Lo que quería saber es cuanto me puede quedar de prejubilación. Un saludo y gracias.
Utiliza la calculadora:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/calculadora-pension-de-jubilacion/
Salu2.