En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.
¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?
El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.
¿Quién está obligado a pagarlo?
Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.
Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.
¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?
Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.
El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.
Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).
De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.
Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.
Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.
De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.
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BUENAS TARDES:
TENGO UNA GRAN DUDA.. EN DICIEMBRE 2010 COMPRÉ UN VEHICULO NUEVO AL CONCESIONARIO, DANDOLES MI COCHE, PERO EL NUEVO NO LO RETIRÉ HASTA MEDIADOS DE ENERO DE 2011. ME HA LLEGADO EL IMPUESTO DE CIRCULACION DEL VEHICULO VIEJO ENTREGADO AL CONCESIONARIO Y TAMBIEN EL IMPUESTO PARA EL NUEVO. HE ABONADO EL IMPUESTO DEL VEHICULO NUEVO,¿ ES CORRECTO QUE EL CONCESIONARIO SE HAGA CARGO DEL IMPUESTO DEL VEHICULO VIEJO PUESTO QUE ES SUYO DESDE MEDIADOS DE ENERO?¿HE HECHO BIEN EN PAGAR YO EL IMPUESTO DEL VEHICULO NUEVO? POR FAVOR, ME GUSTARIA SABER QUE TENGO QUE DECIR O RECLAMAR AL CONCESIONARIO… MUCHAS GRACIAS.. UN SALUDO
Buenas tardes Laura.
En realidad es legal lo que han hecho, aunque se han aprovechado un poco de la situación.
El concesionario no transfirió tu coche viejo en el 2010, ya que sabía que si a fecha 1 de Enero de 2011 seguía a tu nombre, el impuesto de Circulación de este año te llegaría a ti.
Y por otro lado no te matricularon el nuevo hasta el 2011 por el mismo motivo.
Podrías hablar con el concesionario para ver por qué motivo no transfirieron tu coche viejo cuando se lo entregaste y pedirles que te reembolsen ese impuesto, pero legalmente te corresponde pagarlo a ti, y si no acceden por las buenas, no tendrías cómo reclamarle..
Salu2 y ya nos contarás a ver qué te dicen.
buenas , querria saber si es necesario tener pagado el impuesto de rodaje de un vehiculo antes de transferirlo de nombre.
Ya que el otro dia me ha llegado la carta del impuesto, pero en esta semana voy a vender el coche y no se si tengo que pagarlo ante del cambio de nombre o se puede cambiar despues y que lo paque el comprador. Porque no se si en trafico te dejan hacerlo si no lo tienes pagado, en este caso el del 2011
Hola Sergio.
Desde Enero de 2011 ya no es necesario presentar el Impuesto de Circulación en Tráfico para transferir.
Sin embargo, si en el momento de hacer la transferencia le figurará en la base de datos de Tráfico como impagado, no os realizarán el cambio de titular hasta que lo paguéis y presenteis el justificante.
Como a Fecha 1 de enero figuraba a tu nombre este año legalmente te corresponderá pagarlo a ti. No podrás hacer nada por evitarlo ni hacer que lo pague el comprador.
Salu2
Di de baja definitiva mi coche sobre el mes de Marzo ( desguace )y me ha llegado el recibo del impuesto … que debo hacer si ya está dado de baja?
Compré un coche a un particular a mediados de Enero , quien paga el impuesto?
Gracias
Hola
– Sobre el coche que diste de baja, lo primero es que tendrías que pagarlo. Y después tendrías que acudir con el justificante de la baja (puedes pedir el historial de ese coche en Tráfico si no tuvieras otro justificante) a tu Ayuntamiento correspondiente y solicitar la devolución de la parte de trimestres «no consumida» hasta final de año.
– Sobre el coche que compraste en Enero, como a fecha 1 de Enero de 2011 ese coche no estaba a tu nombre, este año le tocará pagarlo por completo y le llegará al vendedor, no a ti.
Salu2!
Hola,
me compré un coche en septiembre del 2.010 y ahora me ha llegado el impuesto de circulación. He ido al ayuntamiento con los papeles del coche así como con mi certificado de discapacidad y me han denegado el recurso de no pagar el impuesto porque dicen que no presenté los papeles en el año 2.010. Lo que presento ahora me repercutirá para el año que viene pero que este lo tengo que pagar. ¿es así?.
Muchas gracias por vuestra colaboración.
Hola Celia
Es tal como te han dicho.
Con carácter general, el efecto de la concesión de exenciones comienza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de solicitud y no puede tener carácter retroactivo.
Así que en tu caso se aplicaría ya en el 2012 y este año te correspondería abonarlo.
Más información sobre este tema en:
Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía
Salu2
Acabo de vender un coche, del que había pagado el impuesto de 2011 el 28 del pasado abril. La semana que viene compro un coche nuevo. Tendré que volver a pagar el impuesto del nuevo? se puede anular el del coche viejo?
Hola.
Al figurar a fecha 1 de Enero de 2011 a tu nombre en Tráfico el coche que acabas de vender, el Impuesto de Circulación completo de este año te corresponde abonarlo a ti.
– Al haberte comprado un coche nuevo, te corresponderá abonar el Impuesto de Circulación de ese coche también (aunque sólo la parte proporcional de los trimestres que falten hasta final de año)
– No es posible anular el del coche viejo.
Salu2
Buenas tardes.
El 21 de Enero de 2011 compré un coche en un establecimiento de venta de vehículos de segunda mano.
El coche fue pagado en su totalidad, incluyendo los gastos de transferencia.
Me han llamado ahora, para informarme de que les han llegado los papeles a mi nombre, pero que tengo que pagarles 55,00 € correspondientes al impuesto de circulación.
En el contrato de compraventa no viene ninguna referencia sobre a quién le corresponde pagar esta cantidad.
¿Me corresponde pagar a mí el impuesto?
En caso de que le corresponda al vendedor ¿se puede negar a pagarlo? ¿me pueden reclamar a mí si el impuesto no está pagado?
¿Hay alguna ley donde venga reflejado a quién le corresponde pagarlo?
Muchas gracias
Buenas tardes Manuel.
Ese Impuesto de Circulación de este año, no te corresponde pagarlo a ti, sino a quién figurará a fecha 1 de Enero como titular del coche.
Esto viene regulado de forma general en la Normativa municipal de todos los Ayuntamientos.
Así que realmente no tendrías por qué abonarlo. El problema está en que el coche ya lo tienes pagado y ellos tienen tu documentación, así que te dirán que no te la dan mientras no abones eso.
Así que la única forma de no tener que pagárselo es diciéndoles que si no te entregan la documentación, le interpondrás una reclamación antes consumo ya que en tu contrato no figura que tengas que abonar nada más.
Ya nos contarás a ver qué te dicen.
Salu2
Muy buenas:
Compre un vehiculo nuevo en marzo 2011, entregando mi vehiculo viejo con el impuesto de circulación vigente hasta abril del 2011, y ahora me ha venido el impuesto de circulación del vehiculo viejo. ¿ quien ha de pagar el impuesto, el concesionario o yo?
Buenas..
El Impuesto Circulación del coche viejo te tocaría abonarlo por completo a ti, ya que a fecha 1 de Enero de 2011 figuraba a tu nombre.
No hay más remedio..ni lo podrás reclamar a nadie.
Sobre el coche viejo entregado, para evitar problemas asegúrate de que ese coche se tranfiere y dejas de figurar tú como titular.
Para asegurarte de que se ha transferido pide el Historial de tu coche a Tráfico por unos 8€ en tasas.
Mientras figure a tu nombre te llegarán a ti las sanciones si circulan con el sin seguro, sin ITV, multas de radar y demás….
Salu2!
Tengo un vehículo, con 24 años y me gustaría saber a partir de que años deja de pagar la viñeta.
El Imopuesto de Circulación depende de cada Ayuntamiento, así que las codiciones pueden variar de unos a otros.
Lo mejor es que revises la Normativa Municipal de tu Ayuntamiento correspondiente para ver que indica respecto al Impuesto municipal vehículos de Tracción mecánica (IVTM) y ahí te vendrá indicado concretamente.
Salu2
Hola!
Compré un coche a un particular el 10 de Febrero, me hice cargo del traspaso, y ahora me envía un correo que el impuesto de circulacion le ha llegado a él, y me pide que lo pague yo, que vaya al ayuntamiento,… en ningún momento se acordó nada al respecto, ni en el contrato de compra – venta, Lo tengo que pagar yo?
Gracias!
Hola Fátima
Ese Impuesto de Circualción de este año le corresponde pagarlo a él y no a ti, puestoq ue a Fecha 1 de Enero de 2011 el coche aún estaba a su nombre y se abona de forma anual.
Así que legalmente y si además en el Contrato no especificásteis nada sobre ese tema, no tiene forma de poder reclamártelo por mucho que te llame e insista.
Así que no te preocupes.
Salu2
Hola,
Me compre un coche nuevo que me entregaron a finales de diciembre, a la vez entrege el viejo pero consta como transferido el dia 3 de enero al concesionario y el 21 a un comprador, y ahora me llegan las viñetas de los dos. ¿Tengo obligacion de pagar la del viejo por completo?¿una parte proporcinal?
Hola Nicolás.
Te tocaría abonar los Impuestos de Circulación de ambos vehículos puesto que a fecha 1 de Enero ambos estaban a tu nombre.
El concesionario sabía que esperando a transferir te llegaría a ti. Así se ahorran el ponerlo a su nombre y tener que pagar ellos el Impuesto.
Legalmente no puedes hacer nada y te tocaría abonarlos por completo, no se puede abnar parte proporcional por haberlo vendido.
Salu2 y sentimos no darte mejores noticias..