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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Juan Antonio

    ¿Se puede transferir un vehiculo pagando el ultimo impuesto de circulación aunque se deban los anteriores?

    • Si cuando vayas a transferir aparece que hay aún impuestos anteriores impagados, aunque presentes que se ha pagado el último no te permitirán transferir el coche..

      Y aunque te hicieran la transferencia en Tráfico (si por el motivo que sea no les apareciera como impagados), el Ayuntamiento dispone de un plazo de 4 años para reclamártelos por vía apremio, aunque el coche ya no sea tuyo.

      Pasados esos 4 años, la deuda habría prescrito.

      Salu2

  • vicente mª blasco guillot

    Tengo y ,digo tengo, porque no hay manera de deshacerme del pago del i.c.v Matricula v-ax y v-ap que vendi en su momento(las empresas no existen)¿qué puedo hacer?Hasta cuando debo de estar pagando

    • Te reclamarán el pago de los Impuestos de circulación de esos vehículos mientras sigas perteneciendo como titular de ambos en Tráfico.

      Imaginamos que en el momento que vendiste esos vehículos no realizasteis la transferencia. Si no estás seguro de ello, acude a Tráfico y solicita el Historial de esos vehículos donde vendrá reflejado. Si no fueras tú el titular, ese historial te serviría para presentarlo en los Ayuntamientos correspondientes para que dejen de reclamartelo a ti.

      – Si eres el titular, tendrás que buscar toda la documentación referente a la venta (contrato de compraventa, justificante de pago..) y acudir con ello a Tráfico para ver si puedes realizar de alguna forma la Notificación de Venta.

      Salu2 y ya nos contarás.

    • kike

      debes de hacer una instancia a el director de trafico explicando lo sucedido y que el vehiculo no obra en tu poder y ellos te contestan y proceden a darlo de baja total

  • angel fernandez

    Caso curioso, le compré el coche a mi padre, me lo llevé a Italia (año 2002) y allí me deshice de él. El coche jamás volvió a España. El trámite de compraventa lo debí hacer en badajoz (no me acuerdo) y al volver quise darlo de baja, pero por motivos que no recuerdo no finalicé el trámite. Tras recibir un aviso (hace un mes) para el cobro del impuesto he contestado que el coche jamás volvió a España y entiendo que no tengo por qué pagar el impuesto pues el coche no ha circulado jamás en España, desde el año 2002. Mi padre pagó religiosamente los impuestos de circulación correspondientes anteriores al 2002. Estoy en lo cierto en mi tesis de que no tengo que pagar ese impuesto?
    Me han vuelto a contestar diciendo que me anulan la deuda hasta el 2006 pero del 2006 hasta el 2011 me los quieren cobrar.

    Muchas gracias por su respuesta por adelantado

    • Buenas Angel.

      Auqnue te llevaras el coche a Italia y desde entonces no haya circulado en España, Tráfico aquí no lo sabe si no realizas los trámites correctos antes de llevarlo (tendrías que haberlo dado de Baja definitiva por Tránsito comunitario).

      Al no darlo de Baja, ha seguido activo en Tráfico todo este tiempo, y cada año se ha generado el Impuesto de municipal Circulación por lo que es legal y correcto que te lo reclamen..

      Te pueden reclamar el pago de los 4 últimos años. Los anteriores han prescrito y por eso te han anulado la deuda anterior al 2006.

      No queda más remedio que pagarlos, pero acude a Tráfico antes de que acabe este año para dar de Baja el coche en su registro de la forma que te indiquen. Si sigue estando activo a fecha 1 de Enero, se volverá a generar el recibo del año que viene…

      Salu2 y sentimos no darte mejores noticias..

  • angel fernandez

    perdonen que insista sobre el caso anterior pero, otro detalle a tener en cuenta es que la primera matriculación del coche era de 1984. Al querer hacer la baja del vehículo, ponía en el formato que los coches con más de 15 años de antigüedad estaban exentos del pago de impuesto (en el trámite de la baja). No me parece lógico pagar un impuesto de circulación si el coche no circula. El coche fue entregado en Italia para desguace en el 2004, no solamente no circulo sino que desapareció de la circulación. Entiendo que no hay ningún motivo por el cual se pueda rebajar de alguna forma el pago?………la broma se pone en un pico con las demoras y los recargos. Muchísimas gracias.

    • Hola de nuevo.

      Aunque estuvieras exento de pagar la tasa de baja, eso no quita tener que tramitarla. Al no haberla tramitado, Tráfico no tiene constancia de si ese vehículo ha circulado por España o no.. Era responsabilidad tuya haber tramitado correctamente la Baja de ese vehículo para que los Impuesto de Circulación no se hubieran seguido generando.

      La única opción que vemos es que si dispones de la documentación o justificante de haberlo desguazado en Italia, la presentes en el Ayuntamiento que te reclama el pago de los impuestos para ver si así los anula.

      Si no dispones de ningún justificante de haberlo desguazado, no tendrás forma de demostrar que no ha circulado en España, y ya sabes que para la administración si no hay papeles de por medio por mucho que le digas no suele servir de nada..

      Sentimos no darte mejores noticias. Sabemos que es una pasta tener que pagar todo eso de golpe ahora..

      Salu2

  • ricardo

    hace 10 años tuve que dejar aparcado y abandonado un vehiculo por no poderlo mantener.Me quede en elparo y un mo nton de problemas economicos.Como consecuencia de todo esto no he podido hacer frente a los recibos de impuesto de circulacion de vehiculos,pero desde el ayuntamiento no paran de enviarme notificacion con apremio. ¿que puedo hacer?

    • Tendrías que haberlo dado de Baja temporal o definitiva en Tráfico. De esta forma, ya no te mandan los recibos de los Impuestos municipales de Circulación cada año.

      Así que mientras no tramites la Baja de ese coche, seguirá figurando que está dado de alta en Tráfico y cada año se irán generando nuevos impuestos que te irán reclamando.

      Así que si tienes la documentación de ese coche acude a darlo de Baja. Si no la tienes, puedes pedir un duplicado del Permiso de Circulación o sino el Historial de ese coche en Tráfico, indicar que la Ficha técnica la tienes extraviada y que te lo den de Baja igualmente.

      Si lo tramias ante sde fin de este año, evitarás que a fecha 1 de enero de 2012 se generé el nuevo recibo del impuesto del año próximo.

      Salu2 y que pases Feliz Navidad

  • omar

    hola compre un vehiculo en barcelo a un compraventa en el año 2010 que lo que hizo fue notificar la venta en trafico
    He pagado el ivtm del año 2011 en Ourense. Quiero vender el coche y en trafico me dicen que tiene una anotacion de pendiente ivtm 2010 de barcelona y que no me lo pueden transferir con eso pendiente.
    He llamado a barcelona y no me quieren dar el recibo porque el que me lo vendio debe mas ivtm de otros coches y que tiene que abonarlos todos.
    Que puedo hacer para sacar los papeles del coche a mi nombre??

    • Buenos días.

      La verdad es que Tráfico en el tema de los IVTM funciona fatal. No es normal que te pidan responsabilidades de un Impuesto que no está ni a tu nombre ni te correspondería abonarlo a ti..pero ya ves cómo están las cosas..

      Tendrías que informarte en Tráfico a ver a qué Ayuntamiento en concreto pertenece ese Impuesto de Circulación impagado. Ponerte en contacto con ese Ayuntamiento para que te indiquen cómo proceder a abonarlo y poder así transferir el coche.

      No vemos más solución.

      En el caso de que a fecha 1 de Enero de 2012 ese coche figure a tu nombre en Tráfico, el Impuesto del 2012 te tocará abonarlo a ti también..

      Salu2 y ya nos dirás a ver qué te comentan.

  • edu

    buenas tardes!!
    mi pregunta es??según escuche,hace tiempo había una semana de prolongacion para los despistados.
    sabéis si es así o el 1 de enero ya no hay forma de librarse del impuesto,ni trasfiriendo el coche?
    gracias

    • Buenas tardes Edu.

      Lo siento pero no hay semana de margen. En el caso de que a fecha 1 de Enero de 2012 figures como titular, el Impuesto de ese año 2012 te llegará a ti.

      En cualquier caso, como tienes que volver a Tráfico a presentar el documento que te falta, hazles la consulta por si pueden hacer algo, pero mucho me temo que no…

      Salu2

  • pepe

    compre mi coche el febrero de 2011,ahora quiero vender lo ,pero no puedo por que no tengo el recibo del impuesto pagado,porque no me correspondia a mi pagar lo ,que hago

  • Roberto Jimenez

    Buenos dias. he comprado un vehiculo importado de alemania A UN COMPRA venta en espana el vendedor inicio los tramites de matriculacion el 12 de diciembre 2011 trafico no lo ha matriculado hasta la fecha ¿a quien le corresponde pagar el impuesto de matriculacion del 2012 ?ya que el vendedor me comenta que tiena 10 dias de plazo donde lo tengo que pagar yo.

    Saludos y gracias

    • Buenas tardes y Feliz 2012!

      En tu caso comentarte que hay que diferencia entre el Impuesto de Matriculación y el Impuesto municipal de Circulación (IVTM) que imaginamos que es al quete refieres. Te lo decirmos porque si lo consultas en el Ayuntamiento o en Tráfico se van a liar y a lo mejor no te responden a lo que consultas.

      Si te refieres al Impuesto municipal de Circulación, le corresponde abonarlo a quién figure como titular del vehículo a Fecha 1 de Enero de 2012.
      Por lo que:

      – Si nunca ha estado matriculado en España, te corresponderá pagarlo a ti, ya que serás el primer titular en España en el 2012.
      – Si ya está matriculado en España (y sólo estás pendiente de que se ponga a tu nombre), le tocará pagarlo al que figure a fecha 1 de enero de 2012 como titular. Si no eres tú, pues al anterior propietario.

      Esperamos haberte aclarado.. Sino avísanos de las dudas que aún te queden ok.

      Salu2!

  • lamia

    hola.no he pagado los impuestos de mi coche desde 2000.me enviaron una carta exejiendome pagar los impuestos de circulacion desde 2000.¿pero no habais dicho que alos 4 años se prescribe el impago de impuestos?entonces por que me exijen pagar desde 2000.gracias

    • Buenas tardes

      Por pedir..que no quede…. Pueden pedir desde el 2000, pero realmente sólo te pueden reclamar y tendrías que pagar los últimos 4 años. Los anteriores habrían prescrito.

      Salu2

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