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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • raquel

    hola! tengo un coche de 22 años, todavia tengo que pagar el impuesto? muchas gracias, un saludo

  • Oscar Palencia

    Hola amigos, una cuestión.
    Estoy fuera de españa y me pregunto que si no pago el impuesto de circulación este año, porque no estaré en españa, para cuando vuelva, que podria pasar? tendria que pagarlo y con intereses?

    muchas gracias

    • Buenas

      El Ayuntamiento podrá reclamarte los impuestos de Circulación de los últimos 4 años impagados.

      Te los reclamará con interés de demora.

      Si quieres, podría pagarlo por ti algún familiar o conocido.

      En el caso de no pagarlos, no podrás transferir el coche si algún día decides venderlo hasta que no los abones.

      Salu2

  • Antonio Angel

    He vendido mi coche el 8 de enero de 2011 y me ha venido el sello de 2011 a mi. Me corresponde pagarlo o puedo pagar solo ese mes? Que debo de hacer? Por favor.

    • EL impuesto de Circulación se paga de forma anual. Te corresponde abonarlo entero a ti si a fecha 1 de Enero de ese año figurabas como titular del coche en Tráfico.

      En el artículo superior lo explicamos más ampliamente.

      Salu2

  • Cristina

    Hola,

    en enero de 2012 me he comprado un coche de segunda mano de concesionario, y el mio lo he vendido a un desguace que lo arregla y hace un cambio de nombre.

    entiendo que el impuesto de circulación de mi antiguo coche lo pago yo porque a 1 de enero el coche estaba a mi nombre.

    siguiendo la misma regla, como el coche que me he comprado también han hecho un cambio de nombre, y a 1 de enero de 2012 aun no estaba a mi nombre, les corresponde pagarlo a ellos no? porque el otro día fui a recoger los papales ya a mi nombre, y me dijeron que ya me avisarían cuando les viniera el impuesto de circulación para abonarselo, no es así no?

    cuando hay que pagar el impuesto de circulación de 2012? tengo que presentar algún papel en algún sitio?

    muchas gracias!!

    • Hola.

      Lo que dices es correcto.

      El Impuesto de tu viejo coche, como a fecha 1 de Enero estaba a tu nombre, te corresponde abonarlo a ti.

      – El de tu nuevo coche, al ser de segunda mano, corresponde abonarlo al que figure como titular en Tráfico a Fecha 1 de Enero.

      Seguramente esté a nombre del concesionario, por tanto se lo reclamará el Ayuntamiento a ellos. Y ellos, aunque no esté a tu nombre, querrán que tú igualmente se lo reembolses…

      El reembolsarle tú a ellos ese impuesto, ya depende de lo que hayas acordado en el momento de la compra…

      Como ese impuesto del 2012 no va a tu nombre, tú no tienes que presentar ningún papel en ningún sitio ni hacer nada al respecto. A ti el que te llegará será ya el del 2013 automáticamente a tu domicilio de tu DNI.

      Esperamos haber aclarado tu duda. Sino por aquí seguimos.

      Salu2!

  • Mara

    Hola!
    Vivo en una ciudad de Valencia, y ya hace unos días que varios amigos míos están volviendo a recibir el impuesto de circulación que ya pagamos en octubre (aquí pasa sobre octubre-noviembre). ¿No es en teoría anual?

    • Mara

      Lo acabo de averiguar… Resulta que nos lo adelantan!! Eso se puede hacer así como así?

    • Hola

      Efectivamente su pago es anual. Cada ayuntamiento puede decidir en qué fecha sale al cobro, si en Oct-nov, o si cobrarlo antes… En cualquier caso, se pagaría lo mismo y por el mismo tiempo (año 2012), lo único es que se pague meses antes o después..

      Salu2

  • Andrea

    Hola, tengo una cosulta sobre un vehiculo que he vendido el año pasado 2011 en septiembre a un particular. El año pasado ya he abonado el impuesto antes de la venta del vehiculo, y resulta que este año 2012 me ha llegado otra vez el recibo del ayuntamiento para abonar el impuesto del año pasado por el mismo importe de todo un año sin descontar los meses a partir de la venta.He contactado con la persona a la que le he vendido el vehiculo ye comenta que a el tambien le ha legado el recibo del ayuntamiento de su poblacion igual que a mi para el año completo.. La pregunta es ¿Estamos oblligados al pago los dos o cada uno tiene que abonar el trimestre que haya tenido el vehiculo??gracias de antemano.,,

    • Buenas tardes.

      Algo no cuadra. Si la transferencia se realizó en el 2011, este año del Impuesto municipal de Circulación le tiene que llegar a él, no a ti..

      Si te ha llegado a ti, puede ser porque el coche esté aún sin transferir (¿quién se encargó de los trámites de cambio de titular?)

      Así que antes de nada, te recomendamos que acudas a Tráfico, y solicites el Historial de ese coche para ver en qué fecha se transfirió, o comprobar que no sigue a tu nombre.

      Si la fecha de transferencia es del 2011, tendrías que acudir con ese justificante a tu Ayuntamiento para reclamar y que te retiren el pago de ese Impuesto.

      Sólo se paga de forma anual, así que le corresponde o a él o a ti, pero nunca a los dos y nunca por fracciones …

      Esperamos haberte aclarado y ya nos contarás a ver qu´ete figura en el Historial de Tráfico.

      Salu2!

  • Andrea

    El cambio de nombre se hizo en una gestoria .. En septiembre le han entregado al actual propietario el permiso de ciculacuon a su nombre, estaba correcto por que la doc me la dieron a mi los de la gestoria y yo se la entregue al comprador. Otra duda que tengo es, si el recibo que me llego ahora es para este año o para el año pasado. Ire de todas formas al trafico y luego al ayuntamiento a ver que pasa… Hay mas gente que conozco y le pasa lo mismo y se trata del mismo ayuntamiento… Ya os seguire contando..Saludos y gracias

    • Hola de nuevo.

      Revisa entonces a ver si te están reclamando el de este año o el del año pasado. Tiene que venirte en el recibo que te hayan enviado.

      El del 2011 te correspondía pagarlo entero a ti. Pero este del 2012 le corresponde abonarlo entero al comprador.

      Sólo se paga en un ayuntamiento, así que haces bien en revisar qué está sucediendo.

      Salu2!

  • Sara

    Hola,
    Cuando realicé los trámites de traspaso de mi coche me encontraba empadronada en Granada capital por lo cual el coche está inscrito allí. Ahora quiero empadronarme en otra ciudad, ¿ donde tendré que pagar el impuesto de circulación?
    Muchas gracias

    • Hola.

      El Impuesto de Circulación te corresponderá seguir abonándolo en el ayuntamiento que figure en el Permiso de Circulación de tu coche.

      Si quieres que te lo envíen a otra ciudad, tendrás que acudir a Tráfico a actualizar ese Permiso de circulación y que te modifiquen la dirección. Para ello tendrás que solicitar un duplicado y presentar el Nuevo Certificado de Empadronamiento.

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/09/solicitar-duplicado-o-renovacion-del-permiso-de-circulacion/

      Ten en cuenta que la dirección que figure en ese Permiso de Circulación, es la que figura en la base de datos de Tráfico, y es la que utilizarán para enviarte las notificaciones o sanciones que te pongan. Es importante tenerlo actualizado.

      Eso sí, este año aunque cambies ahora la dirección, el recibo de ese impuesto te llegará a Granada. El año que viene será cuando te lo manden a la nueva ciudad.

      Salu2!

  • Sara Barcelona

    Hola,

    Compramos a un concesionario una furgo para la empresa el 22.12.11, despues de las fiestas navideñas empezamos a utilizarla y a los 15 dias petó, la reparación costaba mucho mas que la furgo. Tras muchos problemas conseguimos poder vendérsela otra vez el 23.01.12 porque nos habían tomado el pelo. Ahora me viene el impuesto de circulación y he tratado de negociar con ellos que pagaran su parte proporcional del impuesto y me dicen que me corresponde pagarlo a mi íntegro, hasta aqui estoy de acuerdo, pero como me han tratado de engañar, si no pago el impuesto ellos no podran vender nunca la furgo, verdad??

    Gracias

    • Hola.

      Os toca abonar el Impuesto de circulación del 2012 porque a fecha 1 de Enero de este año, figurabais vosotros como titular y aún por tanto no se había hecho la transferencia.

      Legalmente os corresponde pagarlo a vosotros completo. En el caso de que no lo abonéis, si ese concesionario quiere vender la furgoneta y figura ese impuesto como Impagado en Tráfico, no se podrá transferir mientras no se abone. Y si vosotros os negais a ello, no le quedaría más remedio que pagarlo ellos aunque esté a vuestro nombre.

      Eso sí, si la furgoneta no se vende y por tanto nadie lo paga, el ayuntamiento dispone de un plazo de 4 años para reclamaros ese pago a vosotros.

      Esperamos haberte aclarado. Sino por aquí seguimos ok.

      Salu2

  • sebastian

    He vendido un coche este año en 10 de enero,la semana pasada me llego para pagar el impuesto de circulacion para todo este año de 2012,con lo cual no estoy deacuerdo pagarlo, cuando una vez ya no soy el propietario del coche.He intentado localizar al actual dueño para solucionarlo de alguna manera,mi idea es,de pagarle el impuesto del dia de 1 de enero hasta la fecha cuando se registro a su nombre,pero no hay manera de localizarle.Mi pregunta es; si no le pago el impuesto ,me pueden embargar el dinero del banco?Cada año me va llegar a mi para pagar el impuesto,hasta cuando voy a tener q pagar y darme de baja?

    • Hola.

      Legalmente te corresponde abonar a ti por completo este año 2012, aunque el coche esté vendido (puedes ver la información en el artículo superior)

      Al haberse realizado el cambio de titular en este año, ya a fecha 1 de Enero de 2013 quien figura en Tráfico es el nuevo titular, así que a partir de este año se lo enviarán a él automáticamente.

      Si no pagas el impuesto de este año, el Ayuntamiento dispone de un plazo de 4 años para reclamártelo.

      Esperamos haberte aclarado. Sino por aquí seguimos 😉

      Salu2

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