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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.222 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • ADELA CANDELA ZARAGOZA

    si vendo un vehículo en el mes de marzo quien tiene que pagar el impuesto municipal el comprador o el vendedor.

    y si das de baja un vehjículo en el mes de marzo debo pagar todo el año, o bien me devuelven la parte proporcional.

    • – Lo vendas cuando lo vendas ya dentro de este año 2012 te corresponde legalmente a abonarlo a ti completo (se paga de forma anual). En el artículo superior puedes ver la explicación.

      – Si das de baja el vehículo en Mazro, cuando el Ayuntamiento te envíe el recibo para el pago del Impuesto de Circulación, deberás abonarlo completo.
      Pero luego con el justificante del pago y el certificado de la baja, podrás solicitar al Ayuntamiento la devolución de la parte de los trimestres «no consumidos» desde la fecha de la Baja hasta finales del 2012.

      Salu2!

  • jose

    he comprado un vehículo de segunda mano a un concesionario en el mes de diciembre del 2011, pero el permiso de circulación no está a mi nombre hasta el mes de febrero del 2012, que es cuando el concesionario me da la documentación del vehículo. El vendedor me exige ahora que pague el recibo de impuesto de tracción mecánica 2012, que ni siquiera está a mi nombre,ya que el anterior propietario no se hace cargo,nsino este vendedor devuelve el correspondiente recibo, si no pago, por lo tanto no tendría pagado el año en vigor. Mi pregunta es: ¿Si he comprado el vehículo en un concesionario, este no me tiene que dar toda la documentación del vehículo? entre esta el correspondiente impuesto de tracción mecánica. Que puedo hacer legalmente contra esto si procede.

    • Si lo compraste el Diciembre, el concesionario o el vendedor debían haberse encargado de realizar la transferencia antes de final de 2011, para que el Impuesto de este año te llegara a ti.

      Si no lo hicieron así, por el motivo que sea, y no se acordó nada al respecto,no te corresponde a ti abonarlo, sino al anterior titular, y como tú dices, ni siquiera está a tu nombre.

      En el caso de que el anterior titular no lo pague, su ayuntamiento tendrá 4 años para reclamárselo.

      A ti sólo te influirá si decides vender ese coche, y apareciera en la base de Tráfico ese impuesto del 2012 impagado. En ese caso no te quedaría más remedio que ponerte en contacto con el Ayuntamiento pertinente y abonarlo tú..si quieres que el coche se pueda transferir..

      Mientras tanto, no corre ninguna prisa que lo abones tú o no.. Ya tendrás tiempo de pagarlo más adelante si decides venderlo. Así que que el concesionario y el vendedor hagan lo que quieran.

      Respecto a que el concesionario esté obligado a entregarte ese Impuesto, comentarte que no es obligatorio llevarlo en el coche, ni está a su nombre, así que creemos que no podrías reclamarle por no dártelo.

      En cualquier caso, por si te quieres quedar más ttranquilo, puedes consultar a Consumo a ver qué te comentan o sino:

      OCU – Organización de Consumidores.
      LINEA GENERAL / CENTRALITA – 913 000 045 – de lunes a viernes de 9:00 a 16:30 horas
      informacion@ocu.org

      FACUA – Federación de Consumidores en Acción
      Teléfono del Consumidor
      954 90 90 90

      Salu2

  • Sam

    Hace una semana he vendido mi coche,pero el cambio de nombre lo hemos hecho el 26/03/2012.

    Me gustaria saber a quien corresponde pagar el impuesto del coche a mi (vendedor) o al comprador.

    En trafico no nos han pedido el recibo del impuesto del 2011 ni nada.
    Porque?

    Gracias.

  • jose carlos

    mi vehículo a 25 de enero de 2012 estaba de titular mi hija con minusvalía,este mismo día me dirijo al ayuntamiento a solicitar la exención del impuesto, informándoles que en los próximos días transferiré el coche a otra persona. La administración me dice que no podre optar a la exención de dicho impuesto porque cuando ellos inician el expediente(semanas mas tarde) miran en trafico la titularidad del vehículo y si ya no esta a nombre de mi hija pues eso que me toca pagar, Entonces veo un agravio comparativo porque si me viene a mi el sello por estar del 1 al 25 de enero del presente año a nombre de mi hija para pagar porque no puedo hacer uso de la minusvalía de mi hija por el mismo periodo.

    • No nos parece normal lo que te han comentado en el Ayuntamiento.

      A ti este año todavía te corresponde pagarlo por figurar a 1 de enero como titular, y te debería corresponde la exención por ello. Que ellos lo consulten en una fecha u otra daría igual. Para cobrar sí que no toman esa referencia… No pueden tomarla sólo para lo que les conviene.

      Revisa las Ordenanzas municipales de ese ayuntamiento para ver qué indica al respecto sobre el pago y exención del IVTM, y si corresponde, presenta una reclamación.

      Salu2 y suerte.

  • ganxita

    Nos hemos comprado un coche nuevo y a la hora de ir a recogerlo nos han dicho que teniamos que abonar el impuesto de circulación que ellos habian pagado a la hora de hacer la matriculación del vehiculo que fue a principios de este mes de marzo. Les cobraron por el primer trimestre del año. Es eso normal?
    Pero es que encima se han quedado nuestro coche antiguo y nos toca tambien pagar el impuesto de circulación porque en el mes de enero aun estaba a nuestro nombre. No sé hasta que punto es normal tener que pagar los dos impuestos!

    • El del coche viejo si no se ha transferido es normal que os lo reclamen a vosotros el ayuntamiento correspondiente.

      El del coche nuevo, lo normal es que ese impuesto esté incluido en lo que ya habéis pagado por el coche. Para eso os han cobrado unos «gastos de matriculación»…

      Pediros ahora que abonéis eso aparte es un poco «rastrero» y es quedar mal con el cliente por algo que a lo mejor son 140€, que comparado con lo que habéis pagado con el coche no es nada…

      Si no hay nada por escrito y ya tenéis el coche, no tendríais porqué pagarlo. No tendrían forma de reclamaroslo realmente…

      Salu2!

  • josep

    Este próximo lunes dia 2 de abril voy a vender mi coche a un particular y me compro otro seminuevo,
    En lo que se refiere al coche que voy a vender no he pagado el impuesto de circulación anual pq pensava que de ello se tenia que hacer cargo el nuevo propietario y la verdad es que leyendo las respuestas que aparecen en el foro he visto que me he equivocado,
    mis preguntas:
    – el próximo lunes dia 2 de abril, cuando hagamos la gestión del canvio de nombre, voy a tener algún problema para vender mi coche ???
    – si no pago que me va a ocurrir ?? el ayuntamiento me puede reclamar el dinero pero con que recargo ?? suelen encontrar estos impagos los ayuntamientos ??
    – si voy yo al ayuntamiento el próximo lunes mismo podré pagar este impuesto ? el recargo será el mismo o será menor ??

    gracias,

    • Hola.

      – NO tendrás problema en Tráfico, porque el que revisarán este año es que el del 2011 esté abonado.

      – Si no pagas el de este año, el ayuntamiento dispone de un plazo de 4 años para reclamártelo con intereses de demora.

      – Cunato antes lo abones, menor será el recargo a pagar.

      Salu2!

  • carmen

    me he comprado un coche en una compraventa y está hecha ya la transferencia y la documentacion a mi nombre sin ningun problema, yo le pedí a la compraventa el recibo pagado del impuestro de traccion mecanica pagado por el vendedor pero no me lo dá. He preguntado en el Ayuntamiento y me dicen que está aun sin pagar. Mi pregunta es la siguiente ¿ me lo pueden exigir a mí el pago? y si yo tengo algún problema de circulación o me pueden multar por no estar pagado el impuesto? En algun caso lo debe pagar la compraventa y me lo tiene que dar pagado a mi? gracias

    • El impuesto corresponde pagarlo a quién figure como titular a fecha 1 de enero.

      Si en esa fecha no estaba a tu nombre, no te corresponde a ti abonarlo, ni te hace falta tenerlo, ni te van a multar por no llevarlo en el coche, puesto que es competencia del ayuntamiento de cada localidad no de tráfico, así que no te preocupes.

      El único problema es si quisieras vender el coche más adelante y figurará ese impuesto como impagado en Tráfico. EN ese caso no te quedaría más remedio que abonarlo para poder transferir…

      Salu2

  • J,Enrique

    He comprado un coche a un particular en marzo del 2008,,
    ahora me llega con el rodaje impagado de dicho año a su
    nombre y con 10% de recargo para que se lo abone yo,,,
    por lo que leo lo tiene que abonar el ,,pero cual es el motivo,,
    pues yo lo tuve díes meses de ese año…el no tendría que
    pagar dos enero y febrero y yo el resto del año
    un saludo y gracias

    • En el artículo superior puedes ver a quién corresponde abonarlo.

      El de ese año le corresponde abonarlo al vendedor puesto que era él el titular a fecha 1 de enero de ese año y se abona de forma anual en un sólo ayuntamiento. Parece injusto pero legalmente es así.

      Otro tema es que tu quieras reembolsarle la parte proporcional respecto al tiempo que tu lo tuvieras ese año. Pero eso ya depende de ti.

      Salu2

    • J,Enrique

      Muchas gracias por la gran labor que hacéis

    • Se hace lo que se puede.

      Gracias a ti por visitar nuestra web 😉

  • Miguel Pamplona

    En el més de Junio de 2011 entregué el coche al concesionario, se que lo han vendido con fecha de Marzo de 2012, pero el ayuntamiento me reclama el impuesto de circulación, ¿no debería haberlo pagado el concesionario? ¿pueden hacer la transferencia sin pagar el impuesto de circulación?

    Saludos

    • En el artículo superior puedes ver a quién corresponde pagarlo.

      Al seguir a tu nombre a fecha 1 de enero de 2012, este año te toca abonarlo a ti de nuevo.

      Para evitar esto, tendrías que haber hecho transferencia a nombre del concesionario el año pasado cuando se lo enttregaste.

      – >Si el impuesto del 2011 esta pagado, pueden transferir, ya que es el que va a comprobar tráfico. Si se paga o no el de este año lo mirarán el año que viene.

      Habla con el concesionario a ver si te lo reembolsa, aunque seguramente te digan que no, porque saben que no puedes hacer nada al respecto.

      Salu2

  • miguel alvarez parra

    compre un coche de segunda mano lo e tenido parado por raçones de salud desde la fecha de compra de este vehiculo cambie de cuidad i empatronado en mi nueva ciudad. oy se me pide cinco anos de impago de impuesto de circulacion que ciudad es prioritaria la compre el coche ou la donde estoy empatronado desde su compra

    • Tienes que abonar los impuestos pendientes del ayuntamiento que figure en el Permiso de Circulación de tu coche. Echa un vistazo para ver cual viene.

      Si quisieras pagar a partir del año que viene el Impuesto en tu nueva ciudad, tendrás que acudir a Tráfico con el certificado de empadronamiento, tu dni y la documentación del coche, para que te modifiquen la dirección de Tráfico. Así empezarás a pagar en 2013 el impuesto de tu nuevo ayuntamiento.

      Salu2

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