En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.
¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?
El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.
¿Quién está obligado a pagarlo?
Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.
Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.
¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?
Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.
El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.
Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).
De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.
Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.
Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.
De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.
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Hola a todos.
Tengo un Seat Panda35 con más de 30 años.
¿Está exento del impuesto de circulación?
Saludos
Hola
El Impuesto de Circulación (IVTM) depende de cada Ayuntamiento, por lo que tendrás que consultar en el tuyo a ver si en tu caso aplican exención o no.
En muchos ayuntamientos están exentos del impuesto los vehículos con más de 25 años de antigüedad.
Revisa las Ordenanzas municipales de tu ayuntamiento para ver qué indica al respecto del IVTM y las exenciones.
Salu2
muy bueno, la unica web donde he encontrado la info cuando se compra a un compraventa un vehículo.me han cobrado a mi el impuesto y por lo que veo lo han hecho bien.gracias
hola vendi coche al pricipios del año y me llego a mi el impuesto si yo no pago ese impuesto aquien perjudico al dueño nuevo o ami mismo
Hola.
Pues a los dos…ya que:
– Si no lo pagas, tu ayuntamiento dispone de 4 años para reclamarte su abono con recargo por demora.
– Por otro lado, si no lo pagas y en Tráfico figurara como impagado, el actual titular no podrá vender a su vez el coche a otra persona mientras no se abone ese impuesto pendiente.
Salu2
Hola,
El més pasado compré un coche de ocasion de un concesionario. Aunque he acabado de recibir los papeles con mi nombre, no he recibido ni un papel con relacion al impuesto de circulacion. El concesionario dice que esta pagado hasta el próximo año. ¿Debo hacer algo ó no es necesario hacer ninguna cosa hasta el proximo año?
Gracias y saludos.
Hola.
El tema es cuándo se ha puesto ese coche a tu nombre. Si se puso a tu nombre en el 2011, este año te llegará a ti ese Impuesto de Circulación. Si se ha puesto a tu nombre en el 2012, le llegará al anterior titular, y en este caso pídeselo, ya que en el caso de que no sea cierto que lo hayan pagado, si algún día decides vender el coche y resulta que no lo pagaron, te tocará abonarlo a ti en el Ayuntamiento en que figure pendiente.
Si realmente lo han pagado, no tendrían que tener ningún problema en enseñarte el recibo justificante de pago (si es que no te quisieran dar el original. El original no tienen por qué dártelo, ya que no va a tu nombre, pero sí que te demuestren que se ha pagado)
Si es un coche de ocasión y no estaba a nombre del concesionario, ellos no lo han pagado y te han mentido, ya que correspondería abonarlo al anterior titular.
Salu2
Hola, en febrero de 2012 compre un vehiculo de segunda mano en un compraventa. Segun tengo entendido el impuesto de circulacion le corresponde pagarlo al titular que figura como propietario el dia 1 de enero de 2012. La cuestion es que esta semana me ha llegado a mi domicilio el correspondiente impuesto de circulacion a nombre de la antigua propietaria del vehiculo. Me lo han remitido desde la casa de compraventa donde adquiri el coche sin darme ninguna explicación. Mi pregunta es la siguiente… ¿Me corresponde a mi pagarlo a la antigua propietaria o a la casa de compraventa?
Muchas gracias por toda la informacion!
Un saludo!
Hola.
Como bien dices le corresponde pagarlo al titular que figura como propietario el dia 1 de enero de 2012, así que ese recibo irá a nombre del anterior titular. Así que si no quieres pagarlo, no lo pagues. (El compraventa se «ha lavado bien las manos» mandandotelo a ti para que lo pagues…
El ayuntamiento correspondiente le reclamará al anterior titular el pago del mismo en un plazo de 4 años. Sin embargo, si éste no lo pagara ni tú tampoco y acaba figurando como impagado en Tráfico, y en este caso, si algún día quieres vender el coche no lo podrás transferir mientras no se abone (o tú o el anterior titular..) Así que si decides no pagarlo es mejor que lo guardes en el coche por si algún decides vender el coche y te ocurre eso (así sabrás en qué ayuntamiento corresponde pagarlo..)
Salu2
En el 2000 cambie de coche , entregando el viejo a un desguace el cual tramitaria la baja.Este año me exijen pagar el impuesto de todos los años anteriores, por no figurar en trafico la baja .El desguace desaparecio ya hace años, y el coche viejo tendria ahora 25 años estoy en valencia,¿ que occiones tengo para no abonar este impuesto que no he consumido ?.
El Ayuntamiento sólo puede reclamarte el pago de los últimos 4 años no abonados. Los anteriores habrían prescrito.
Si no dispones de ningún documento que certifique la entrega de ese vehículo al desguace, no habría mucho que puedas hacer al respecto para evitar pagarlo, ya que oficialmente figura que ese coche sigue dado de alta en Tráfico y por ello cada año se genera el recibo del impuesto.
Así que tocaría pagar los 4 últimos años y tendrías que acudir a Tráfico para que te lo den de Baja temporal y así que no te sigan cobrando el Impuesto de Circulación de los años que vienen..
Salu2
ola necesito aser posible saber la respusta hoy,resulta que mañana vendo mi coche y evisto que el impuesto de tracion mecanica lo page en abril del 2011 y aun no errecibio nada para pagarlo,mi pregunta es en trafico lo podre cambiar de nombre y que lo page el que lo compra o tendre que ir mañana apagarlo llo antes de vnederlo?gracias
Ya no es necesario presentar el recibo del Impuesto de Circulación para poder transferir un coche, así que podrás venderlo sin problema siempre que los impuestos de los años anteriores estén pagados. (si el del 2012 en tu Ayuntamiento aún no ha salido a cobro, lo puedes pagar cuando el Ayuntamiento te indique. No tienes que abonarlo ahora)
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/01/25/impuesto-circulacion-vehiculos-ivtm-ya-no-es-obligatorio-en-trafico/
No tienes que presentar para poder transferir ni el recibo del Impuesto de este año ni el del anterior.
Salu2
ola necesito saber posible saber la respusta hoy,resulta que mañana vendo mi coche y evisto que el impuesto de tracion mecanica lo page en abril del 2011 y aun no errecibio nada para pagarlo,mi pregunta es en trafico lo podre cambiar de nombre y que lo page el que lo compra o tendre que ir mañana apagarlo llo antes de venderlo? envienme un correo porfavor jose_20_terres@hotmail.es
Respondido en comentario anterior.
Salu2
Hola, compré un coche el año pasado y no sé si el dueño anterior ha pagado o no el impuesto municipal del 2011. El de este año lo pagaré yo en mi ayuntamiento. En caso de que decidiera venderlo dentro de digamos 5 años y resultara que no está pagado, ¿tendría que pagar el impuesto para hacer la transferencia o estaría prescrito? Y si lo tuviera que pagar, ¿iría con recargo? Muchas gracias y un saludo. Miguel
Hola.
En principio pasados 4 años sin que el Ayuntamiento lo reclame al titular anterior, habría prescrito.
En caso de que lo tuvieras que pagar fuera de plazo, iría con recargo.
Si quieres salir de dudas sobre si vas a tener problemas con ese tema o no, acude ya a Tráfico y consulta el Historial de tu coche para ver si figura alguna deuda pendiente o hay alguna limitación para poder transferir. Así te confirmarán si el impuesto del año 2011 figura o no como impagado y te quedarás más tranquilo.
Salu2
Muchas gracias por vuestra respuesta. Por lo que entiendo entonces, es que si en 4 años el ayuntamiento no lo reclama, no habría problemas en tráfico. Pero si el ayuntamiento le reclama ese dinero y el dueño anterior no lo paga, aunque pasen 5 años y haya prescrito en el ayuntamiento, no podría hacer la transferencia en tráfico sin pagar la deuda, ¿verdad?
Muchas gracias nuevamente.
Un saludo.
Miguel
Lo reclame o no el Ayuntamiento al anterior titular, mientras en Tráfico aparezca como impagado no te permitirán transferir. Lo que no te podemos confirmar es si Tráfico pasado 5 años seguirá exigiendo el pago para poder hacer cambio de titular, ya que al ser una medida que comenzó el año pasado, no hay precedentes aún sobre ese caso…
Salu2
Muchísimas gracias!
Hola! me he comprado una moto de segunda mano, y me ha llegado el sello del ayuntamiento a casa y supuestamente tengo que pagar 1.486 euros, 800 y pico de los sellos y 600 de intereses de demora, supuestamente es porque los anteriores dueños no han pagado los sellos durante los años anteriores, compre la moto en octubre de 2011, me corresponde a mi pagar todo eso? o a mi solo me corresponde pagar este año y los anteriores a los anteriores dueños? ayudame porque estoy muy perdido
Hola.
A tí sólo te corresponde pagar los impuestos de Circulación desde el año en el que figures como titular desde el día 1 de Enero.
No sabemos cuando has comprado la moto, pero los impuestos anteriores a esa fecha corresponde abonarlos al anterior titular y de hecho van a su nombre y corresponden a su Ayuntamiento, no al tuyo.
Quién te ha enviado que pagues todo eso? ¿Qué Ayuntamiento? El del anterior titular?
Ya nos contarás a ver en qué fecha se ha transferido esa moto a tu nombre, ya que esa es la fecha clave. (figura en el Permiso de Circulación de tu moto)
Salu2