¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
Artículos relacionados:
¿Cual es la cantidad qe la Entidad Gestora ingresa en la Seguridad Social en el caso de un trabajador subsidiado por ser mayor de 52 años?
En el artículo sobre el subsidio de mayores de 52 años detalla las condiciones y la cuantía de dicha ayuda: http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.
Hola:
Queria preguntarles lo siguiente.
cumplo actualmente 60 años y he acabado la prestacion contributiba del paro. Ahora tengo que solicitar el subsidio para mayores de 52 años.
¿puedo solicitarlo dentro de los 15 dias desde el ultimo que cobro el paro, o debo esperar un mes desde ese mismo dia para poder solicitarlo?
Muchas gracias
Juanjo
Dispone de 15 días para solicitarlo desde el último día con derecho a prestación de desempleo.
Salu2.
Hola, tengo 58 años estoy cobrando paro por el inem y se me vence en este mes, quiero pedir ayuda pra personas de mas de 52 años, mis dudas desde hace mas de 5 años vivo con mi mujer, no somos casados (madre de mis dos hijos mayores uno con 30 y otra con 27 que tambien viven con nosotros)mi hija es madre soltera y su hijo tambien vive en mi casa, yo solo tengo cotizado por cuenta ajena 3 años y unos meses en toda mi vida y la ultima vez que trabaje lo hice por un año seguido 365 dias, mi pregunta que documento debo presentar para acreditar a mi conyuge y que tiempo de subsidio puedo obtener.
Para pedir el subsidio de mayores de 52 años, lease el artículo referente a este tema:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.
hola, tengo 52 años y se me agota el subsidiode 18 meses , porque tengo dos hijas, mi pregunta es si puedo solicitar subsido para mayores de 52 años au no cotizado 6años en mi vida laboral gracias
Lease el artículo sobre el subsidio para mayores de 52 años donde están expuestos las condiciones que se ha de cumplir para poderlo percibir:
http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.
la percepcion son doce mensualidades o hay pagas extras ??
Lamentablemente ni las prestaciones de desempleo ni los subsidios de desempleo dan pagas extras.
Salu2.
hola ,¿mi marido esta en la carcel cumplindo condena, el tiene 2 anos de paro el puedo solicitar el estando en la carcel?
Eso son condiciones especiales y creo que no se puede, pero de todas formas, acude al INEM para que le resuelva esa duda tan particular.
Salu2.
Hola tengo un gran problema estoy cobrando en subsidio de desempleo tenia 21 meses al tener carga familiar y mas de 180 dias cotizados.
Y el problema es que este mes he cobrado 168 euros y ahora investigando he descubierto que hay que renovarlo cada 6 meses o algo asin supuestamte me termino el dia 12-12-09 me he dado cuenta ahoramismo que devo hacer ???
Puedo aun renovarlo??
URGENTE muchas gracias de antemano
Puede renovarlo aún, pero seguramente le penalice 1 mes de subsidio. Lease las penalizaciones por no poner al día la cartilla del paro:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/22/prestacion-del-desempleo-penalizaciones-por-no-renovar-la-demanda-de-empleo/
Suerte!!
Puedo trabajar por horas como freelance con el subsidio?
Es compatible
Creo que el trabajador como freelance debe de darse de alta en el régimen de autónomos, y en dicho régimen siempre es a tiempo completo y por lo tanto, no se puede compatibilizar con ninguna prestación, salvo el de pago único o capitalización.
Salu2.
hola muy buenos dia, perdona si no es mucha molestia preguntarle. Quisiera saber si esta aprobado lo del subsidio, lo he metido en el mes de diciembre el dia 9 por favor quisiera lo más pronto saber respuesta si tengo o no muchas gracias
Lo más rápido es que acudas a las oficinas de INEM o les llame por teléfono preguntando por su situación.
En cualquier caso, si durante los próximos días no le paga el subsidio, como muy pronto cobrará sobre el día 10 del próximo mes.
Suerte.
hola perdone yo lo ke kisiera saber si esta tardando la aprobacion del subsidio y k fecha llegarian apagar si lo llegan aceptar por k yo e presentado los rekisito al inen el dia 9 de diciembre pero asta hora no tengo respuesta si tengo acepatcion por k ami me ha llegado una carta disiendome k yo podia solicitar el subcidio porlo tanto si no seria molestia en darme respuesta lo mas pronto porfabor disculpen las molestia muchas gracias por responderme
Ya le respondimos anteriormente… http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/comment-page-3/#comment-6152
Salu2