El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
Artículos relacionados:




tengo 52 años y cotizados 9años en espania y 24 años en rumania me tocaria el subsidio de 420 € con nueva lei de ZAPATERO
Leete las condiciones (en el artículo, arriba) y verifica si los cumples.
Salu2.
hola tengo 26 años y estoy percibiendo la ayuda de los 426 tengo dos hijas menores quisiera saber si a mi me afectaria la nueva ley o si por el contrario podre renovarla ya que se me acaba en febrero soy soltera
Si estás cobrando ya el PRODI, no te afectará en nada.
Si estás cobrando el subsidio de desempleo, cuando se te termine (si es después del 15 de febrero) ya no podrás solicitar el PRODI.
Salu2.
Hola,me piden en el inem el libro de familia para reanudar el subsidio de 426 e por cargas familiares,tengo problemas con mi ex pareja,ella es la que tiene el libro original,queria saber si con la fotocopia valdria.espero contestacion,gracias
Generalmente tienes que presentar el libro de familia original.
Si no dispones del mismo puedes solicitar un certificado de igual validez vía internet o en el registro civil.
Salu2.
ola mi pregunta es e dejado de cobrar la prestasion por desempleo de 426euros y la kisiera saver si tengo derecho a cobrar la ayuda prodi soy madre de tres hijos divorciada mi ex marido me pasa 500 euros pero pago 380 de renta tengo derecho a cobrarla. gracias
Si estás cobrando el subsidio de desempleo actualmente, cuando se te termine puedes solicitar el PRODI y te lo concederán sin problemas.
Las condiciones para acceder a ambas ayudas en tu caso es la misma y no vas a tener problemas.
Salu2.
Soy jóven y no se muy bien del tema.Mi caso es el siguiente; el 18 de diciembre se me acabó el paro.El 22 fui a pedir la ayuda de los 426€,me dijerón que esperase la respuesta durante un mes.Pero hoy,11 de enero mi madre se dio cuenta de que tube que renovar la cartilla el dia 27 de diciembre!!Y no la he renovado por descuido y falta de experiencia…¿Que me pasará? Me quitarán un mes de ayuda o toda la ayuda?Estoy nerviosisimo mañana mismo voy al inem,aver que me dicen.Pero si sabeis del tema responded porfavor,GRACIAS.
Como mucho te quitarán la ayuda durante 1 mes.
Renueva cuanto antes la demanda de empleo.
Salu2.
He ido esta mañana a preguntar,y me dijeron lo mismo.Que seguramente me quiten un mes y listo,ya pedi la cita sólo está disponible para el miercoles de la semana que viene.Bueno por lo menos no me quitan la ayuda del todo :).Gracias un saludo
Pero ten cuidado, si es la segunda reincidencia, te quitarán 3 meses:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/22/prestacion-del-desempleo-penalizaciones-por-no-renovar-la-demanda-de-empleo/
Salu2.
Buenas.
Se me acaba el subsidio de desempleo la primera semana de febrero. Como no encuentro trabajo, preveo necesitar el PRODI entonces. Tengo 34 años y no tengo cargas familiares, con lo que no cumpliría los requisitos de la prórroga. Tengo una minusvalía superior al 35%. En la última entrevista que hice se me dijo que «ya me llamarían» cuando reconocí la minusvalía al interesarse el de RRHH por un periodo que estuve sin trabajar tras terminar un contrato por una baja relacionada con mi enfermedad. El caso es que mientras sigo buscando, el PRODI me ayudaría. Mi pregunta es ¿hay algún supuesto que incluya en la prórroga la situación de minusvalía como excepción favorable, a pesar de ser >30 y sin cargas?
Muchas gracias de antemano y un saludo.
No puedes solicitar el PRODI ya que no tienes cargas familiares y tienes entre 30 y 45 años.
En cambio, por ser discapacitado, sí que tienes derecho a la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/#comments
Salu2.
Muchas gracias.
Buena tardes, os escribo porque después de tanta información no sé con cuál quedarme. En marzo de 2010 empecé a cobrar el subsidio de desempleo de 426 euros tras haber agotado las prestaciones por desempleo (1200). Tengo 46 años y dos hijos, una que vive con mi ex a la cuál he de pasarle una pensión alimenticia y un niño que tiene un mes de vida. No tengo rentas ni nada que se le parezca y tengo según el papel del ministerio de trabajo e inmigración una resolución de aprobación de las prestaciones por desempleo en el que figura 900 días de derecho. El último período reconocido es hasta el 21 de Febrero ¿A partir de esta fecha puedo seguir renovando?¿Hay alguna diferencia entre el subsidio y el prodi?Gracias de antemano
El subsidio de desempleo y el prodi son 2 ayudas diferentes.
El subsidio de desempleo cuando te lo concedieron te diría el tiempo por el que te conceden y depende del tiempo que tenías cotizado. Consultalo en la tabla del siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Una vez agotado el subsidio de desempleo se puede solicitar el PRODI, pero sólo hasta el 15 de febrero. A partir de esa fecha, el PRODI dejará de existir.
Salu2.
Hola!Tengo 21 años y me despidieron el 3 de enero del 2011, tan solo he trabajado 6 meses, solo estamos mi madre y yo que tiene 60 años y ella no trabaja.Si pido el subcidio a estas alturas me lo podrian dar?
Tienes derecho a cobrar el subsidio de dsempleo por insuficiencia de cotización:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Lo malo es que una vez agotada dicha ayuda, ya no podrás optar al PRODI, que es la ayuda que van a quitar ahora.
Salu2.