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14 de septiembre de 2009

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.

13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años

17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras

7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años

15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
  • Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:

¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?

  • La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
  • En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.

¿Qué duración tiene?

  • Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
  • Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.

¿Cuál es la cuantía de este subsidio?

  • 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
  • Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
  • En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.

Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.

¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?

Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.

En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

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8.983 comments to Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

  • Francisco

    Hola,este martes el PSOE de todas las propuestas o iniciativas que inscribieron en el congreso era recuperar el subsidio de 52 años con todos los requisitos antiguos,yo cuando cumpli 52 años reunia todos los requisitos,ahora tengo 54 y no reuno para los 55 que puso el PP hoy en dia,ustedes creen que si esta iniciativa llegara a aprobarse seria con caracter retroactivo?.Gracias

    • Primero que haga gobierno (parece difícil), luego que cumpla con lo que dicen (también parece difícil).

      Ten en cuenta que cuando no hay dinero… y encima, desde Bruselas está pidiendo más recortes… no sé yo…

      Salu2.

  • Anonimo

    Hola, tengo 53 años y me faltan algo menos de 100 días para los 15 años cotizados. Por haber tenido una hija y un niño acogido durante 4 años, no me dan los 15 años?
    Mi preocupación aunque falta mucho y no se sabe que pasara, es que para la jubilación necesitas los 15 años y haber trabajado los 2 últimos, yo llevo sin trabajar desde el 30 Diciembre del 2007, que agote una prestación por desempleo. El año pasado trabaje 9 horas(no están computadas en los días que me faltan, aun no he recibido el informe de vida laboral)Ya es muy difícil trabajar con 53 años, ¿como vamos a trabajar a los 65?. Hay algún convenio por estar en paro durante muchos años? Yo desearía trabajar, pero no encuentro donde. Gracias

  • joaquin

    Estoy cobrando el subsidio de 55 años desde hace dos meses estoy de baja por arritmias mi preguntas es el inem el que me sigue pagando los 426 euros,y sigue cotizando para mi jubilacion es que e visto mi base de cotizacion y estos dos meses no pone la cotizacion pone actualizar informe

  • lola

    hola voy a solicitar el subsidio 55 cumplo requisitos pero tengo 51000 euros aorrados del despido con ese dinero me lo denegaran gracias

  • carlos santos

    hola:
    para la determinacion del calculo de rentas para no sobrepasar los 491 euros mensuales, si en el mes de mayo termino el año que tenia un fondo de inversiones, y me pagan casi 600 euros(intereses anuales), se tiene en cuenta para el calculo de meses posteriores(junio,julio,septiembre,etc), o una vez finalizado ese fondo, ya no se tiene en cuenta para nada???
    Muchas gracias por vuestra ayuda

  • carmen

    hola:
    estoy con la ayuda mayores de 55 años.
    Tengo una segunda vivienda y he pensado en alquilarla , los gastos de comunidad, luz, agua la pagaría el inquilino. Cuando presente elcontrato al paro, además del alquiler me sumarían también todos los gastos.
    Muchas gracias.

  • alicia

    hola el 4 febrero solicite la ayuda cuando creeis que me lo comunicaran

  • Jesús

    Hola.
    Cobrando el subsidio de mayores de 55, soltero, con unos ingresos mensuales constantes de 250 €, si un mes tengo unos ingresos extras de 1000 € de un alquiler, cuantos meses me quitarían el subsidio 1 o 4 no se si podrían ser 4 al dividir 1000 entre 4 más los 250 ingresos constantes que tengo unos ingresos de 500 € al mes que aun me paso.
    Gracias

  • Guati

    Hola, tengo 58 años y llevo cobrando el subsidio varios años quisiera saber si me puedo jubilar a los 61 ,actualmente tengo cotizados 36 años, cuando llegara a los 61 tendria cotizados 39 años, me tendria que esperar a los 65 …. pongo la fecha de nacimiento por si sirve de algo (17-5-1958) muchas gracias y un saludo.

    • Tienes suficientes años cotizados para jubilarte a los 65 años.

      Al tener 58 años, cuando alcances los 61, será en 2019, cuando ya no se aplica la antigua legislación, sino que a todos le afectará la última reforma

      Por lo tanto, te podrás pre-jubilar a los 61 años si has perdido el empleo por causas de la crisis, es decir, por un ERE o un despido objetivo o similar.

      Acude a la Seguridad Social y pide más información.

      Salu2.

  • Herve

    Hola, en octubre solicite el subsidio para mayores de 55. Para sumar los 15 años han tenido que pedir los años trabajados en Francia entre 1980 y 1984. Hace mas de 4 meses y me dicen que todo esta en regla y que esperan la respuesta de Francia. ¿ cuanto puede tardar?

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