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14 de septiembre de 2009

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.

13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años

17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras

7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años

15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
  • Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:

¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?

  • La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
  • En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.

¿Qué duración tiene?

  • Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
  • Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.

¿Cuál es la cuantía de este subsidio?

  • 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
  • Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
  • En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.

Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.

¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?

Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.

En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

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8.983 comments to Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

  • jose

    hola buenas tardes,
    tenia aprobado la ayuda para mayores de 52 años,y encontre trabajo he estado dos años trabajando y terminamos ahora a primeros de años y estoy apunto de cumplir los 61 y creo que no tenga ya oportunidad de nuevo empleo
    podria solicitar la jubilacion anticipada
    tengo cotizados unos 38 años
    y que cuantia me podria quedar

    gracias un saludo

    • Por lo que dices, no has perdido el empleo por problemas de la empresa (ERE o similar). Si es como decimos, sería jubilación anticipada voluntaria, y la edad más pronta, a los 63 años.

      Pero, al haber trabajado 2 años, ahora tienes derecho a 8 meses de paro y después al subsidio de mayores de 52 años hasta alcanzar la mencionada edad.

      ¿Cuánto cobrarás? eso es complicado saber. Tendría que disponer de todas tus cotizaciones y de mucho más datos.

      Puedes pedir una simulación en la Seguridad Social.

      Salu2.

  • maricarmen ramos morejon

    hola, buenas tardes
    quiero solicitar la ayuda de mayores de 52 años tengo una pension de viudedad de 423e tengo exclucion social y extrema vulnerabilidad mas 53 por ciento de minusvalia no me aceptan la ayuda minimo vital no tengo paro y tengo 64 años diganme que pue gracias

    • ¿Has intentado pedir el complemento a mínimos?

      Para la de mayores de 52 años tienes que haber perdido un empleo por cuenta ajena y estar dado de alta en la demanda de empleo además de cumplir los requisitos arriba indicados.

      Salu2.

  • Paco

    Hola,tener coche se considera patrimonio para pedir el smv?Gracias.

  • Blanca Lylia Merchán Pérez

    llevo mas de 20 días tratando de pedir cita en el SEPE para solicitar la ayuda de los 55 años, aun no he podido me sale no disponible, pero según he leído tenia 15 días para solicitarlo a partir de cumplir el mes después de terminar el paro.
    Alguien me puede ayudar orientándome que puedo hacer en este caso?

  • Javiher

    Hola,
    Recibo el subsidio para mayores de 52 años y deseo donar una propiedad a un sobrino. ¿Debo notificarlo al SEPE?
    Sé que si fuera una venta, debería notificarlo, pero no lo sé en caso de una donación.
    Gracias anticipadas

  • montse

    hola,mi pregunta es: estoy cobrando el subsisio de 52 años,en febrero cumplire 61, tengo 31 años cotizados, no he cobrado ni herencias y no se si me jubilaran…creo que no,entonces mi pregunta es en la carta de aprobacion tengo una fecha… 12/02/2021,no se si me dejaran de pagar el subsidio,o automaticamente lo renuevan…. estoy bastante perdida… gracias

  • montse

    estoy intentando pedir hora al sepe para informarme,pero no hay manera,la verdad es que estoy bastante preocupada,pues no tengo otro ingreso,y aunque este sea muy pequeño….menos es nada. muchas gracias ,si puedes despejarme esta duda

    • El subsidio de mayores de 52 años es hasta la edad normal de jubilación mientras no solicites la jubilación anticipada.

      La carta que te enviaron fue seguramente antes del cambio de la ley.

      De todas formas, insiste intentando conseguir cita. Pero no deberías de estar preocupada.

      Salu2.

  • Pepe

    Hola.

    Cumplo todos los requisitos para solicitar el subsidio de mayores de 52 años, pero tengo una duda:

    Dispongo de un plan de pensiones de 70.000 euros, y otros 100.000 euros ahorrados.

    Mi pregunta es si esto puede afectarme negativamente a la hora de concederme el subsidio.

    Muchas gracias.
    Un saludo.

  • Jesus

    Hola.
    Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años y tengo un piso que lo voy alquilar. Creo que cuando me recalculen las rentas estaré muy justo con el nivel de rentas. Me suspenderán el subsidio. Cuanto tiempo tengo que esperar para que me vuelvan a recalcular el nivel de rentas y poder reanudar el subsidio?
    Muchas gracias.
    Un saludo.
    Jesús

  • agustin

    buenas , acabo de cumplir los 52 años , tengo 18 años cotizados de ellos 5 en los ultimos 15 años ,tengo cargas familiares ,tengo cotizados 2 meses a media jornada en 2017 y ahora he terminado un contrato de 1 mes a media jornada ,he cobrado en 2018 la rai y en 2020 el sed ,mi pregunta es si tengo derecho con estos tres meses cotizados a media jornada en los ultimos 4 años o al cobrar la rai pierdo los 2 meses cotizados ? otra pregunta en la vida laboral viene reflejado los dias a media jornada como la mitad supongo que para la prestacion no contara asi ,gracias

    • Es que debes de trabajar y generar derecho a la ayuda.

      El tema de media jornada, computará como el 100% si trabajas al menos 5 días a la semana.

      Si no es así, los días que sea multiplicado por 1,5.

      Sumando todos los días has de llegar a 90.

      Pero como digo, debes de perder un empleo ahora.

      Salu2.

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