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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • antonio

    Buenas tardas
    Me gustaria que me ayudasen a resolver varias dudas acerca de esta ayuda (RAI;

    1º-Reuno dos condiciones para esta ayuda; mas de 45 años y minusvalia de 34%
    Queria saber si se puede echar varias ayudas en base a cada una de estas condiciones o solo una?

    2º-Se necesita demostrar 3 busquedas de empleo;
    puede valer dos dias de alta por un concierto(ya que soy musico) o sea con dos o 3 conciertos de 2 dias, serian los 3 justificantes de busqueda de empleo? o 2 conciertos de 2 dias cada uno o un dia, y una inscripcion en portales de empleo
    Y que documentacion se necesitaria presentar en el caso de los conciertos??

    3º- cuando se puede presentar la solicitud de prestacion? en junio cumplo 1 año de inscrito como demandante de empleo y donde puedo adquirir la solicitud de prestacion?

    Y sobre todo lo mas importante , cuando o con que fecha deben ser los trabajos o suscripciones en empresas para la prestacion?
    Es decir puede ser a lo largo de este año , o un mes antes o como seria???

    4º- Por ultimo , tengo un certificado para lo de la demostracion activa de trabajo, pero para poner varias demostraciones repetidas no hay espacio, solo para una de cada modalidad de busqueda, o sea de trabajo, solo se podria poner un alta de trabajo y una baja, no varias,
    se puede añadir otro certificado y depues presentarlo todo junto?

    Muchisimas gracias

  • antonio

    Buenas tardes

    En primer lugar, gracias por vuestra informacion

    Queria haceros mas consultas para que se me quede ya todo claro , gracias

    1.Esta ayuda se puede presentar hasta 3 veces, perfecto, y hay que esperar 12 meses hasta poder echar de nuevo la ayuda, pero en caso de minusvalido por lo visto no
    Bien entonces cuanto tiempo hay que esperar para poder echarla de nuevo como minusvalido??

    2.Antes de solicitar esta ayuda en junio que es cuando cumplo los 12 meses minimos requeridos como demandante, pues tendre varios trabajos por cuenta ajena , como les dije anteriormente,

    Serian 3 conciertos cada uno de ellos es un alta en la seguridad social, (serian dos o e dias de alta por cada concierto)

    Con lo cual , mi pregunta es que estos 3 conciertos valen como busqueda activa de trabajo no??

    Y se necesitaria en este caso alguna documentacion o solo rellenar la solicitud de busqueda activa de trabajo???

    3- cuando o con que fecha deben ser los trabajos o suscripciones en empresas para la prestacion?
    Es decir puede ser a lo largo de este año , o un mes antes o como seria???
    ESto para mi es importante , ya que en unos sitios dicen una cosa que tiene que ser 6 meses anets de presentar la ayuda, otros que un mes antes,

    Espero que me puedan aclarar esto
    Gracias

    • 1. No tienes que esperar. Nada más terminar tu derecho a la ayuda puedes peidr la siguiente.

      2. Sirve cualquier empleo. Pero parece que sólo sirve 1 empleo según el formulario de SEPE:

      3. Todas las acciones realizadas desde el alta como demandante de empleo.

      «Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente como desempleado en la oficina de empleo durante 12 o más meses. A estos efectos, se considerará interrumpida la demanda de empleo por haber trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa.

      Durante la inscripción como demandante de empleo a que se refiere el párrafo anterior deberá buscarse activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. En el momento de la solicitud se deberá acreditar haber realizado durante el periodo de inscripción antes indicado las acciones de Búsqueda Activa de Empleo (BAE) en la forma que se determine reglamentariamente. »

      Salu2.

  • JOSE V

    es normal cobrar menos el primer mes de rai???

    • Sí, porque el primer mes, salvo que pidas la ayuda el día 1,no te corresponde el mes completo de la ayuda.

      Pero lo que no cobres del primer mes, cobrarás un mes extra, con la cuantía que te falto del primer mes.

      Salu2.

  • Juan

    Hola gracias por ayudarnos a todos la pregunta es hice un formulario de presolicitud al SEPE para pedir la RAI el dia 04-11-2020 y me acaba de llegar la carta a casa de fue aceptada la RAI y me llego este mes de enero! a los 3 meses de solicitarla y que la empezare a cobrar el dia 10-02-2019! y fue concedia desde el dia envie la presolicitud 04-11-2020 hasta el 03-10-2021 la pregunta es que pasara el dia 10-02-2021 me emepiezen a pagar me pagaran los meses atrasados verdad?
    Deberian pagarme: (Noviembre le faltarian 3 dias para ser mes completo) (Diciembre mes completo) y (Enero mes completo) estoy con el sufrimiento
    1º ¿me pagan los meses atrasados el dia 10-02-2021 la empieze a cobrar porque me dicen por un lado los amogos que si y otros no hay dinero solo te pagaran un mes..?
    2º Cuanto calculas me daran por esos 3 meses a falta de 3 dias el primer mes noviembre?

    Gracias!

    • 1. Sí, desde el día que tenías derecho. Te tienen que pagar, haya o no dinero.

      2. Te pagarán el día 10 de febrero, casi el mes completo de noviembre, menos 3 días, el mes de diciembre y el mes de enero.

      Salu2.

  • Jesús

    Hola, gracias por el trabajo que realizan para orientarnos.
    Mi pregunta es:
    El mes próximo cumplo el período de 12 meses de espera para volver a solicitar la segunda RAI, soy parado de larga duración. ¿Tengo que presentar el documento de Busqueda Activa de Empleo? (en algunos sitios había leido que por el tema covid se había eliminado este requisito, Gracias por aclararme, Saludos

  • Miguel

    Hola. Cobré el paro 6 meses y la ayuda para mayores de 45 años 4 meses y medio. Después me hicieron un contrato de un mes y dejé el trabajo voluntariamente porque no me interesaba.¿Puedo solicitar la RAI tras una baja voluntaria?,¿Pierdo la antigüedad como demandante de empleo? Muchas gracias por su ayuda.

  • Agustin

    Hola ,mi pregunta es la siguiente ,este mes termino los 6 meses del sed ,subsidio extraordinario desempleo , tengo 45 años llevo 3 años sellando cumplo los requisitos para solicitar la rai , puedo solicitarla a partir del 12 marzo la rai o tengo que estar un mes de espera?

  • Juan Palomino.

    Hola te querria hacer una pregunta que uno no para de darle vueltas y vueltas y me como la cabeza con ello..
    Yo siempre llevo mi telefono movil conmigo y encendido (no tengo fijo en casa) por si me llaman para algo (aunque deje costar en la oficina del SOC en su dia que mi movil no es smartphone) y no me funciona el email (por en casa tener un pc antiguo y no poder acceder a el) que contactaran si se diera el caso por carta normal de papel a casa o llamada telefono.. dije que «No tenia email por no funcionarme bien» y no se puso ninguno en mi ficha de contacto.
    Pues bien hasta hay correcto pero el sufrimiento tengo el sufrimiento igual exagerado y descabellado que pasa si me quedo sin bateria en el movil, y no lo puedo cargarlo hasta la noche es decir lo tengo apagado todo el dia desde las 8am suelo encenderlo hasta lo 11pm mas o menos apagado.. (esto me puede pasar puntualmente una vez digamos al mes) y diera la casualidad mandaran algun «SMS» el SOC,Sepe..etc lo perderia por estar mas de 12 horas apagado verdad, es decir una vez lo encendiera no lo recibiria.. con la consiguiente sancion si ese «sms» era una citacion o algo asi.. y no presentarme por no saberlo..
    No paro de darle vueltas y vueltas! pues me paso esto me quede sin bateria(todo el dia) y no lo pude encenderlo hasta la noche..Muchas gracias aclaramelo soy muy sufridor y tengo miedo me quiten algun mes de la RAI o sancionen..

  • Juan D. Liñán

    Saludos!

    Quiero consultarles una duda para el calculo de la renta familiar para la RAI. En casa somos tres, yo, mi mujer y mi hija. La niña tiene 36% discapacidad. ¿El número de miembros de la unidad familiar en este caso es de tres personas?¿O cuatro personas?
    Me han comentado que los niños discapacitados cuentan por dos.
    A ver si me lo pueden aclarar, por favor.

    Muchas gracias.

  • Juan P.

    Hola por tu ayuda de corazon en serio pero uno no gana para sufrimientos..

    Te comento estoy cobrando la RAI y todo correcto pero dentro unos dias tengo que renovar mi «targeta de demanda empleo del SOC» y por mas lo intento entrar con mi (dni y contraseña) siempre me da mismo error!
    Y la otra vez para poder renovar me costo mucho acceder pero finalmente pude renovarla y fue este mismo error pero ahora a dia de hoy a falta de 3 dias para renovar (que siempre me dejo renovar 3 dias antes de la fecha) otra vez da este error te digo por mas intento acceder un monton de veces y a horas diferentes:

    Aviso

    Se ha detectado un error. En este momento el servicio no está disponible. Por favor inténtelo de nuevo más tarde. Si el error persiste se recomienda ir a su Oficina de Empleo; si no recuerda cuál es puede consultarla aquí.
    Disculpen las molestias.
    Servei Públic d’Ocupació de Catalunya (SOC)

    Me quedan aun 3 dias para la fecha tope que hago estoy sufriendo como renovar no me vayan a quitar la RAI por expirar la targeta demanda..

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