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5 de abril de 2010

Renta de Emancipación: ayuda de 210 euros para el alquiler

La renta básica de emancipación entró en vigor el 1 de enero del 2008, que consiste en una ayuda de 210 euros mensuales para los jóvenes entre los 22 y 30 años para que alquilen una vivienda y se independicen de sus padres.

La ayuda está destinada para los los gastos del alquiler de una vivienda, y su duración máxima es de 4 años.

Adicionalmente se puede obtener:

  • 600 euros de préstamo para la constitución de la fianza, este préstamo deberá devolverse cuando se termine de recibir la renta de emancipación o cuando finalice el contrato de alquiler.
  • 120 euros para los gastos de tramitación del aval.

De esta forma, un jóven puede «ahorrarse» el desembolso de hasta 930 euros durante el primer mes.

Los requisitos para acceder a esta ayuda son:

  • Tener entre 22 y 30 años.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
  • Ser titular del contrato de alquiler o uno de los firmantes.
  • Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.

Ultimas noticias (01/01/2012):  A partir de esta fecha queda derogada la Renta Básica de Emancipación de los jóvenes (RBE). (RD 20/2011, de 30 de diciembre)

  • Los beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la Renta Básica de Emancipación continuarán disfrutando de dicho derecho en las condiciones establecidas en la norma que se deroga y de acuerdo con los términos de la resolución de su reconocimiento.
  • Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios del derecho a la Renta Básica de Emancipación quienes lo hubieran solicitado a 31 de diciembre de 2011 y siempre que cumplan a dicha fecha los requisitos contemplados en la norma que se deroga, y en los términos que se establezca en la resolución de su reconocimiento.

14 de Julio de 2012: El Consejo de Ministro decreta que la ayuda a partir de ahora serán de 147 euros en lugar de los 210 euros.

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667 comments to Renta de Emancipación: ayuda de 210 euros para el alquiler

  • servando

    Quiero devolver el prestamo de la fianza de la rbe cuya finalizacion en mi caso tuvo lugar en mayo de 2012.Hasta ahora pensaba que desde el ministerio se pondrian en contacto conmigo via correo o telefonica pero no sabia que era yo como beneficiario el q debia abonar esos 600 e, m cobraran intereses? Si es asi de cuanto % estariamos hablando?

  • Cristina

    Hola yo quiero devolver los 600 de la fianza me ha llegado la carta certificada de fomento pero se puede devolver en varias veces????gracias

  • Ana

    Duda: Me pagaron esta ayuda de 12/2009 al 09/2010. Es decir, 10 meses x 105 euros (compartia piso). En febrero 2014 me notifican mediante carta certificada que me cancelan la ayuda porque me paso de los 22.000 (es verdad) y me dan un plazo de un mes. En marzo 2014,me notifican mediante carta certificada que se ha acabado la via administrativa y que tengo dos meses para iniciar un contencioso. No hago nada, porque no puedo alegar nada, tienen razon y me quedo a la espera de que me notifiquen cuanto debo pagar. Abril 2015, el gobierno de mi comunidad me pide de nuevo toda la documentacion (declaraciones de la renta y nomina de años 2010 y 2011) porque el ministerio de fomento se lo ha pedido. No es carta certificada, es una carta normal a casa de mis padres, y no me exigen ningun plazo para presentarlo. Que hago? no ha preescrito ya este tema? En ningun momento he presentado ningun papel porque no tenia nada que alegar y estaba a la espera de que me dijeran cuanto pagar. No se si ha preescrito y en caso de que sea que no, desde cuando hay que pagar los intereses de demora… Muchas gracias.

    • El problema es que estas cosas no prescribe mientras que en plazo de 4 años te reclame algo.

      Vamos que al enviarte la carta en Febrero de 2014 (en plazo) alargó otros 4 años para poderte reclamar.

      Debe de pasar 4 años sin hacer nada para que prescriba.

      Ahora tienes que presentar lo que te piden.

      Salu2.

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