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17 de mayo de 2010

Gruas, inmovilización o retirada del coche al depósito municipal de vehículos

Los agentes de Tráfico, en determinadas circunstancias, pueden retirarnos o inmovilizarnos el vehículo, trasladándolo al depósito municipal donde habrá que abonar gastos por cada día que allí permanezca.

Los agentes de Tráfico pueden ordenar la inmovilización de un vehículo cuando:

  • Su circulación pueda crear un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes. Por ejemplo, conducir una motocicleta sin el casco..
  • Si el vehículo no dispone del seguro obligatorio en vigor.
  • Si el conductor se niega a que se le practiquen las pruebas de alcoholemia.

Por otro lado, pueden ordenar la retirada de un vehículo y su depósito en el lugar que se destine al efecto, en los siguientes casos:

  • Siempre que constituya un peligro o cause graves perturbaciones en la circulación de peatones, vehículos o de los servicios públicos; si deteriora el patrimonio público o si puede presumirse que ha sido abandonado.
    Se considerará abandonado si se deja estacionado por un tiempo superior a un mes y presente desperfectos que hagan imposible desplazarlo o le falten las pacas de matrícula.
  • En caso de accidente que impida que el vehículo pueda continuar la marcha.
  • Cuando haya sido inmovilizado porque presenta deficiencias.
  • Si una vez inmovilizado el vehículo, el infractor se negara a pagar o a garantizar el importe de la multa.
  • Si el vehículo está aparcado en un lugar habilitado por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que lo autoriza (la tarjeta de la ORA) o cuando
  • Permanezca aparcado más del doble del tiempo abonado según se establezca en la ordenanza municipal.
  • Si un vehículo permanece aparcado en los carriles o vías reservadas exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios (como carril bus o taxi).
  • Cuando deba ser inmovilizado y no haya un lugar adecuado para ello sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas.

¿Quién debe abonar los gastos de la retirada del coche del depósito municipal?

Será el titular del vehículo el que tenga que pagar los gastos que conlleve la retirada del coche del depósito en el que se encuentre o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo.

Esto no impediría al titular poder reclamar estos gastos al responsable del accidente, del abandono del coche o de la infracción que ha dado lugar a la retirada del vehículo.

No habría que pagar gastos en el caso de que se hubiera trasladado el coche al depósito tras un robo o haya sido utilizado en contra de la voluntad del titular.

¿Qué procedimiento siguen los agentes para denunciar un vehículo por abandono?

  1. Localización del vehículo en la vía pública.
  2. Acta de observación de vehículo abandonado. Se archiva en la carpeta “sin notificar”.
  3. Al mes, comunicación al titular al domicilio que nos da Tráfico. Normalmente buscan en el padrón de habitantes al titular, porque es frecuente que si se ha cambiado de domicilio no lo comuniquen en tráfico. Pasa a la carpeta notificados.
  4. Haya recibido o no la carta el titular, tras 15 días desde el acuse de recibo o desde que llega la carta de correos devuelta, se retira el vehículo al depósito. Motivos de retirada:

a) siempre que constituya peligro, cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o al funcionamiento de algún servicio público o deteriore el
patrimonio público. Nos acogemos a éste artículo cuando esté estacionado en la vía pública por largos periodos de tiempo (funcionamiento de servicio
publico de limpieza, por ejemplo). Se necesita decreto del Alcalde, por lo general. Se le comunica.

b) Cuando pueda presumirse racionalmente su abandono, en el siguinete caso:   cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismolugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por suspropios medios o le falten las placas de matriculación. En este caso tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.

c) En caso de accidente que impida continuar la marcha.

d) Cuando haya sido inmovilizado por deficiencias del mismo.

e) Cuando, inmovilizado un vehículo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 67.1, párrafo tercero de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, el infractor persistiere en su negativa a depositar o a garantizar el pago del importe de la multa.

f) Cuando procediendo legalmente la inmovilización del vehículo no hubiere lugar adecuado para practicar la misma sin obstaculizar la circulación de vehículos y personas.

g) Cuando, inmovilizado un vehículo en la vía pública por orden de los Agentes de la Policía Local, transcurran 48 horas sin que el conductor o propietario hayan
corregido las deficiencias que motivaron la medida.

h) Si está de baja o carece de seguro.

5.  Una vez en el depósito y comunicado el interesado o intentado notificar sólo una vez, y pasados 2 meses, se le vuelve a comunicar, ésta vez por 2 veces si no recibe la primera y, si aún así no la recibiera, se manda a publicar al tablón de anuncios del  Ayuntamiento  (del ayto del interesado, domicilio que aparece en tráfico), y en ambos Boletines Oficiales de Provincia (el de la provincia de la infracción y el de la provincia que le corresponda).

6.  A los 15 días de la publicación se llama a un desguace autorizado (CAT) y con el certificado de destrucción que te dan se llevan el vehículo.

7.  Una vez reunidos un grupo de vehículos ne la misma situación, se hace solicitud que firma el Alcalde para tramitar la baja de oficio en tráfico.

8.  Si Tráfico dice que un vehículo no se puede dar de baja, se intenta localizar el juzgado que lo tiene embargado y se le pide que quite el embargo para la baja, pero no se suele dar el caso, pues esto lo hace la Jefatura Provincial de Tráfico.

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305 comments to Gruas, inmovilización o retirada del coche al depósito municipal de vehículos

  • Jorge Daniel Castilla Morchon

    Hola buenas. Tuve un coche que después de un accidente me lo robaron y lo encontró la policía. Lo metió en el depósito mientras hubo juicio. Luego lo mandaron destruir. Ahora bien, como lo puedo dar de baja yo ahora, O ya se la habrán dado ellos al destruirlo? Gracias

    • Buenos días

      Debes acudir a Tráfico a solicitar cuanto antes el Informe de Historial de ese vehículo para ver en que situación legal se encuentra y así ver en consecuencia cómo actuar.

      Para ello solicita cita previa a la DGT y una vez allí tendrá que pagar las tasas de unos 8€ que cuesta pedir el historial.

      Salu2

  • Laura suarez

    El sabado x la noche aparque mi coche
    Donde no habia ningun aviso de q no se pudiese estacionar ahi
    Fui a buscarlo y lo habian llevado al deposito municipal
    Les dije q no habia aviso ni vertical ni en el suelo
    Respuesta q hay gente q se dedica a quitarlos
    Ni m enseñaron las fotos ni la hoja de reclamaciones derivandome al ayto
    Todo esto es legal ??
    Resultado 180 mas multa
    Puedo reclamar?y donde?
    Gracias de antemano

  • Mary

    Hola mi pregunta es: se llevaron mi coche por no tener Seguro. No tengo ni dinero para sacarlo ni para poner Seguro. Por lo que me costo el coche no me vale ni la pena. Puedo darle de baja? para que no me esten cobrando la permanencia en el depósito?

    • Tienes un problema, para dar de baja el vehículo, hay que sacarlo del depósito y llevarlo a un centro de reciclaje.

      Para eso, tienes que pagar la multa y el depósito.

      Salu2.

  • Jose pedro

    En una distracción di un gran golpe a otro coche aparcado,se hizo todo el papeleo y se llevaron mi coche xk no podía circular en el estado de la rueda…cuanto me van cobrar a ir a recogerlo con una grúa del seguro? Esto es en Cáceres capital

    • No te debería de cobrar nada.

      La grúa del seguro es gratis (en la práctica mayoría de los casos).

      De hecho, muchos cuando pinchan sus ruedas, en lugar de ponerse a cambiar, llaman a la grúa para que se lo lleven directamente al taller.

      Salu2

  • marco

    Hola tengo un coche en el deposito por abandono. Lleva dos meses y me cobran con la grua unos 400 euros. Yo lo que quiero es darlo de baja y me dicen que tengo que pagar y el tiempo que lleva dentro y la multa y ellos se encargan de darlo de baja, que pasaria si no lo pago y lo dejo dentro, se me cobraria impuesto de circulacion cada año? yo solo quiero deshacerme del coche gracias

    • Dejarlo, te subirá lo que tienes que pagar de estancia… y seguirá de alta, y te cobrarán los impuestos correspondientes.

      Paga y dalo de baja cuanto antes.

      Salu2.

  • Angeles

    Hola, mi pregunta es la siguiente, he comprado una plaza de parking mediante subasta pública y en ella hay un coche abandonado, lleva más de 6 años en esa plaza, no tiene itv ni seguro, me podrían informar de los plazos que se tendrán que esperar para que lo saquen de la plaza, muchísimas gracias de antemano! Un saludo!

    • Manda un burofax con acuse al dueño del vehículo para que lo retire.

      Una vez esperado un plazo prudencial, si no contesta, vas a la DGT para solicitar el traslado del vehículo a un desguace.

      Ellos tratarán de nuevo de contactar con el propietario y si no lo consiguen nos dará permiso para retirar el vehículo con una grúa y llevarlo al desguace para su destrucción.

      ¿Cuánto esperar? no sé el plazo exacto, pero viendo que el el Artículo 6 de la Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos, son seis meses el máximo de tiempo para que un vehículo se considere abandonado…

      Saludos.

  • Pol

    A un amigo le inmovilizaron el coche con un cepo por conducir sin puntos .Puedo ir a recogerlo otra persona ? Gracias

    • Sí, cualquier persona con carnet de conducir y si el coche tiene los papeles en regla.

      Creo que hay que pagar las tasas de desinmovilización.

      Salu2.

  • jose miguel

    hola buenas noches a todos !!….

    escuchame bien para contar historia año 2008 de mi coche blanco…

    es mi derecho recuerdo mucho mi coche blanco que da pena por correa distribuccion !!….

    aparcar siempre por averiada !!… durante mas de 6 meses ….

    la grua de policia local lleva mi coche por no tiene seguro y itv…..para mi seguro el vecino llama a la policia local…

    Debe respetar a mi por la carta de avisar( aviso de llegada )

    !!……ya hecho de baja por pagar desplazamiento 12 euros al dia…pero no puedo pagar

    pero ahora continuara protesta este policia local por no hace avisar a mi !!….

    saludo !!

    • No entiendo muy bien lo que dices.

      Si dejas un vehículo en la vía publica (calle), sin seguro e itv, te puede multar e inmobilizarlo.

      Si, ha sido así, lo han hecho correctamente.

      Salu2.

  • Rafael Domínguez

    Hola buenas ayudarme por favor,he dado de alta en un seguro flotante x 3 meses, resulta que el el pasado martes 22/06 me llevaron el coche x estar aparcado en sitio prohibido, vale error mío que no leí las señales x las prisas, resumiendo … me llevaron el coche y ahora no consta el seguro tengo la supuesta póliza con su debida numeración y el comprobantes de pago echo atraves de correos, estuve leyendo muchos artículos y todos apuntan que me voy a j***eeer pero bien …. puesto que con quien contrate el seguro no me contesta y manana tengo que ir a x el de verdad una luz eso es en Zaragoza Capital solo la grúa son 180€ fuera la multa del parking y ya si me ponen la de sin seguro obligatorio son 1500€ o sea…. bueno espero que lo tenga dejado bien claro » te fo el coche en el depósito x parking pero ahora me dicen que carece de seguro» tengo comprobante de pago y póliza y esta en vigor según la póliza hasta el 02 del 08 así que no sé que hacer x favor mi wasap x si alguien quiere escribir para aconsejarme de algo o como debo proceder

  • BELEN

    Hola. OS cuento mi situación relacionada con este tema, para ver si podéis ayudarme. La cosa esque retiraron un vehiculo que estaba a mi nombre de la vía pública por no tener seguro obligatorio. Aunque el coche estaba a mi nombre, lo usaba mi ex-pareja, ya que un juez lo habia dictado asi en un comunicado de medidas preliminares para la separacion. Pues bien, yo no era conocedora de la retirada del vehículo y para cuando me enteré, me dijeron que el vehículo estaba dado de baja.
    Se trataba de un vehículo que se encontraba en perfectas condiciones.
    Ahora que me he puesto a investigar un poco el tema de las notificiones, he encontrado una notificacion publicada en el BOE de la retirada de la vía pública, 15 días despues de retirarse el vehiculo de la vía. En la notificacion no se hace referencia a ninguna denuncia, úncicamente dice que si no se retira del depósito será destruido. En la misma notificacion primero da un plazo de dos meses haciendo referencia al articulo 106.1 y en el comentario siguiente habla de un mes…
    La cosa esque no hay aviso de destrucción ni de traslado al centro de tratamiento autorizado… ¿puedo reclamar algo?

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