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26 de julio de 2010

Ayudas alquiler vivienda y emancipación RBE: retrasos e intereses de demora

Desde el 1 de Enero del 2008 en que entraron en vigor las ayudas de 210€ a la emancipación y alquiler de vivienda para los jóvenes (Renta básica emancipación: RBE), los problemas de tramitación no han dejado de suceder.

1 de Enero de 2012: Ya no se puede realizar nuevas solicitudes de esta ayuda, a partir de este momento sólo se dará a los que ya están recibiendo la ayuda.

14 de Julio de 2012: El Consejo de Ministro decreta que la ayuda a partir de ahora serán de 147 euros en lugar de los 210 euros.

Retraso en el pago de las ayudas del RBE

Debido a los innumerables problemas y desorganización de la Renta Básica de Emancipación, muchos beneficiarios han recibido las ayudas incluso con 2 años de retraso.

Es importante que en todos estos casos los solicitantes sepan que pueden reclamar al Estado el abono con intereses del retraso en las ayudas al alquiler (RBE) mediante reclamación por escrito una vez transcurridos 3 meses desde el día de notificación de la resolución.

El propio Defensor del Pueblo ha sido el que ha indicado este derecho de los beneficiarios de las ayudas en su Informe Anual del año 2.009, donde comentaba que el pago mensual no podía superar los 3 meses de demora.

La documentación legal acerca de este tema se recoge en artículo 24 de la Ley 47/2.003, de 26 de noviembre :

    «Artículo 24. Intereses de demora.

    Si la Administración no pagara al acreedor de la Hacienda Pública estatal dentro de los tres meses siguientes al día de notificación de la resolución judicial o del reconocimiento de la obligación, habrá de abonarle el interés señalado en el artículo 17 apartado 2 de esta Ley, sobre la cantidad debida, desde que el acreedor, una vez transcurrido dicho plazo, reclame por escrito el cumplimiento de la obligación.»

Devolución con intereses por los jóvenes sin derecho a la ayuda

En otros casos está sucediendo que jóvenes a los que le concedieron las ayudas al alquiler la siguen percibiendo a pesar de haber dejado de cumplir las condiciones que dan derecho a ella, como por ejemplo, haber cumplido los 30 años.

En tales circunstancias, deben saber que tendrán que devolver al Estado todas las cantidades recibidas irregularmente junto con los intereses de demora correspondiente: entorno al 5% anual.

Obligación de presentar la Declaración de la Renta

Todos aquellos usuarios que sean beneficiarios de las ayudas estatales al alquiler de vivienda deben saber que están obligados a la presentación de la Declaración de la Renta anual (En caso de no presentar la declaración del IRPF supondrá la retira de forma inmediata de las ayudas.), a pesar de que por sus ingresos no superen el mínimo exigido según las condiciones generales y que por tanto les eximía de ello.

De esta forma se verán obligados a pagar impuesto de las ayudas recibidas, resultando por tanto ser unas ayudas de menor cuantía de los 210€ anunciados.

Estas ayudas se considerarán ganancias patrimoniales y tienen que tributar con el resto de la renta general (al tipo del contribuyente, de entre el 0% y el 43%). En este caso, puesto que son contribuyentes de rentas bajas, el tipo general que se aplica a la mayoría de las solicitudes es del 24%.

Otros problemas: retrasos y desorganización en la gestión de las ayudas al alquiler:

  • Se estimó que 360.000 jóvenes se beneficiarían de la ayuda sólo durante 2008. La realidad ha sido que según datos oficiales, a fecha 30 de junio de 2010, y sólo 213.257 han disfrutado de la RBE en el transcurso de estos 2 años y medio.
  • Los primeros problemas de gestión comenzaron en Madrid, al no haber recibido los funcionarios regionales formación por parte del Ministerio de Vivienda sobre cómo tramitar las ayudas ni estar en funcionamiento el programa informático.
  • Solicitud sin preaviso de la presentación del certificado de haberes para los nuevos expedientes y los que ya estaban en tramitación en la Comunidad de Madrid teniendo que presentarlo en 10 días. Ello implicó que sólo 45 solicitudes tuvieran el visto bueno en esta Comunidad en los primeros momentos.
  • El retraso del pago de las ayudas a la emancipación era ya generalizado en Septiembre del 2009. Se detectan numerosos solicitantes deudores con la Administración que no podrán beneficiarse de las ayudas públicas. Se intensifican los controles fiscales ralentizándose los pagos de las ayudas.
  • Bloqueo de las ayudas por los ex-inquilinos. Si decide alquilar y aspira a las ayudas de la RBE, debe comprobar que el anterior inquilino de esa vivienda no bloquea la subvención. Los ex inquilinos que no hayan dado de baja su solicitud vinculada a la vivienda donde residieron evitan que los nuevos inquilinos de ese domicilio puedan beneficiarse también de las ayudas.
  • Promotoras e inmobiliarias explotan la publicidad de las ayudas RBE como gancho publicitario para vender sus casas en régimen de alquiler con opción a compra. “Benefíciate de las ayudas estatales para jóvenes y consigue los alquileres desde 215 euros”
  • Obligación para todos beneficiarios de presentar Declaración de la Renta. En ella deberán tributar por las ayudas y pagar por tanto impuestos de las cantidades percibidas. De esta manera se incluye la obligación también a los mileuristas,  independientemente de que no superen los ingresos de 22.000€ anuales que son los que obliga a realizarla.  Aquellos que no la presentaron dejaron sin previo aviso de cobrar las ayudas por no estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
  • Un error en la web del Ministerio de la Vivienda posibilitó el acceso a los datos (DNI, domicilio, deudas fiscales, etc) de quienes hubieran solicitado las ayudas de la RBE posibilitando robo de datos personales y violación de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

¿Cuánto han tardado en haceros el pago de la RBE desde la aprobación?

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398 comments to Ayudas alquiler vivienda y emancipación RBE: retrasos e intereses de demora

  • mario

    hola.a mi nunca me pagan la ayuda el mismo dia…un mes dia 7,otro mes dia 28,etc
    lo miro en internet y siempre se lo que me deben,me debian 420 y un dia que lo mire ya no me debian nada pero el dinero no lo tengo ingresado.ahora me deben otra vez 210 del ultimo mes.
    le ha passado a alguien lo mismo que a mi?
    gracias!

    • Sara

      Hola Mario, a mi me deben tambien 2 meses; llamé para preguntar que pasaba, y me dijeron que siempre se guardan 2 meses por si te quedas sin paro o pasa algo por lo que te tienen que quitar la ayuda( te casas, te compras una vivienda, cumples 30 años, ya has superado los 5 años beneficiandote de la ayuda …)

  • Sara

    Buenas, llevo un año viviendo de alquiler con la ayuda de los 210€. Me acabo de comprar una casa hace 8 dias; mi pregunta es: cuanto tardan en quitarme la ayuda? el ministerio se guarda 2 meses por si te quedas sin paro o pasa algo por lo que te tienen que quitar la ayuda.

    AYUDADME POR FA!!!

    • mario

      Sara,pe parece que tienes que avisarles tu porque si no te saldra como INCUMPLIMIENTO con la agencia tributaria…

    • Puede que no te quiten la ayuda ahora, pero es posible que te soliciten la devolución después + intereses de demora.

      Es preferible comunicar tú misma la suspensión de las ayudas.

      Salu2.

  • mario

    osea que los ultimos 2 meses ya no los cobrare?

  • alejandro

    Hola , me gustaria saber si alguien mas tiene el mismo problema que yo , tengo la ayuda aceptada y me estaban ingresando el dia 1 pero en el mes de enero no tengo noticias de la ayuda tan solo en el pagina de rbe me dice que esta todo bien y correcto ,me gustaria saber si a alguien le pasa algo parecido , o si alguien ha recibido la ayuda en el mes de enero … convendria llamar a vivienda para ver como esta la cosa de la ayuda no creen??

  • Susana

    En la noticia se dice:

    «Es importante que en todos estos casos los solicitantes sepan que pueden reclamar al Estado el abono con intereses del retraso en las ayudas al alquiler (RBE) mediante reclamación por escrito una vez transcurridos 3 meses desde el día de notificación de la resolución.»

    Quisiera por favor saber dónde y como presentar esta reclamación, me deben ya un año y me gustaría reclamarlo para empezar a cobrar ya y si puede ser que me paguen los intereses de demora…

    Mil gracias anticipadas.
    Un saludo.

    Susana.

    • Tienes que solicitarlo a la oficina de vivienda, el organismo que gestiona las ayudas del RBE.

      Aunque es un derecho que tienes solicitar esos intereses de demora, en la realidad es muy complicado conseguirlo, máxime si lo haces como persona, pero no se pierde nada haciéndolo.

      Salu2.

  • cristina

    hola mia yo solicite la ayuda en 2008y la e empeza a cobrar muy regularmenet ahora me deben masde un año y no me dicen nada solo q consta que un mesno e pagadoel alquiler porque lo pague en mano y es verdad alguien sabe coo puedo arreglar eso y para q me den todo lo k me deben

  • silvia

    llevo mas de un año cobrando la ayuda de alquiler y este mes de enero no la e cobrao aun,cuando normalmente siempre la cobro antes del dia 10.si tienes un mes sin pagar porque lo pagaste en mano vete al bando haber si ellos te lo pueden solucionar pero eso de pagar en mano no se si podras demostrar que has pagao ese mes.

  • nonisss

    hola pues a mi los importes ayer se quedaron en blanco,antes me salia 2310e 11 mensualidades y ahora nada pq?

  • nonisss

    hola alguien ha cobrado ya?

  • nonisss

    hola me refiero a este mes, pq hace unos dias se me quedo en importes en blanco,y segun me ha dicho eso es buena señal, gracias.

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