La jubilación anticipada es un derecho que tienen determinados trabajadores por su condición de mutualista o porque han cotizado al menos 30 años y se han quedado en desempleo.
Cuando una persona se prejubila antes de tiempo, no cobrará el 100% de su pensión de jubilación, sino que hay que aplicarle unos coeficientes reductores.
16 de Marzo 2013:
¿Quién se puede prejubilar?
Para poderse prejubilar se ha de cumplir ciertos requisitos que en el caso de los Mutualistas son:
- Tener al menos 61 años de edad.
- Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
Los NO Mutualistas además tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- Tener al menos 30 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
- El cese del empleo no debe de ser imputable al trabajador, es decir el cese ha de ser involuntario, salvo en el caso de tener la condición de mutualista.
- Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.
¿Qué son los coeficientes reductores?
Los coeficientes reductores son un porcentaje de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se delante de la edad de jubilación, es una penalización por jubilarse antes de tiempo.
¿Cuáles son los coeficientes reductores?

No existe un tipo único de coeficiente sino que depende de los años que haya cotizado el trabajador que se vaya a prejubilar.
Por regla general y para ceses involuntarios de su empleo los coeficientes en función del tiempo cotizado son:
- Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.
- Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7,0 %.
- Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.
- Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6,0 %.
En el caso de los mutualistas con menos de 30 años cotizados o que se hayan dado de baja de forma voluntaria, el coeficiente reductor que se aplica es del 8% por cada año que se adelanta de la edad de jubilación.
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hola,mi pregunta es, el año de mili cuenta como un año mas en los años cotizados
Sólo, pero solo computa en casos de jubilaciones anticipadas cuando al trabajador le falte un máximo de un año para llegar al mínimo exigido.
Salu2.
Hola, buenos días:
Perdí el empleo en el año 1.998, en la actualidad estoy cobrando el subsidio por desempleo 52 años, cuando cumpla los 61 años tendré cotizados 35 años mi pregunta es la siguiente ¿podré jubilarme con la nueva ley 15 de marzo 2.013 a los 61 años?
Gracias.
Te acoges a la nueva ley… así, que sí.
Salu2.
En la jubilación anticipada forzosa de la nueva ley (63 años) si la pensión que correspondería es superior a la pensión máxima, los coeficientes reductores se aplican sobre la pensión teórica que correspondería o sobre la pensión máxima.
Sobre la pensión que cobrarías si tuvieras 65 años. Si ésta supera el máximo, se aplica sobre el máximo.
Salu2.
Tengo una duda:
Procedo de un despido improcedente julio/2011 entes de Ley agosto 2011.
Tengo 39años y 3,5 meses cotizados y 62 años cumplidos por lo que me podria jubilar ya.
¿Que corficientes de reduccion se me aplicarian el 6,5%anual hasta jubilacion segun Ley 2007?
¿El 1,625 Trimestral = el 6,5% anual que dice la ley agosto 2011?
¿O el de la modificacion actual el 1,75%Trimestral=al 7%Anual? Gracias.
Los del anterior ley. Los que figuran en el artículo de arriba.
Salu2.
La empresa me comunica «la extinción del contrato de trabajo con fecha 05.09.11. Tras ello y después de diversas negociaciones para evitar el precedimiento judicial… se acuerda: 1.- La empresa reconoce la improcedencia del despido e indemniza con la cantidad…» (literal).
En esta época se despide a más gente y plantean un ERE poco tiempo después.
Firmo y cobro la indemnización y estoy cobrando la prestación por desempleo.
Años cotizados 34 (con el de la mili) al finalizar el paro.
Suponemos que accederé al subsidio > 55 años y cotizaré hasta la jubilación. Total 39 ó 40 (mili).
1. Podré acceder a la jubilación forzosa a los 61 años?
2. Me reducirán el 7% anual?
3. Si no fuera así, cuándo podría jubilarme anticipadamente y en qué condiciones?
Muchas gracias,
1. Si, ya que perdiste el empleo antes de la nueva ley. Te acoges a la anterior ley.
2. Miralo en http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
Estuve cotizando (incluyendo la prestación por desempleo) desde el año 1988 hasta el 2008.
Tengo 50 años, y espero recibir el subsidio de mayores de 55 años.
¿Podré acceder a la jubilación? ¿a qué edad? ¿con qué condiciones?, ¿que bases se computarán?. ¿Podría acceder a la jubilación anticipada? ¿con qué reducciones?
¿Y si no accediera al subsidio citado?
Gracias por vuestra atención.
1. No, si no cotizas más o si no te conceden el subsidio, ya que tienes que tener 2 años cotizados en los últimos 15 años justamente antes de jubilarte.
2. Tu edad de jubilación es a los 65, ya que te acoges a la anterior ley, aunque es posible que por tardar aún tanto tiempo hasta tu jubilación se te aplique la nueva ley.
3. Con la nueva ley, no te podrías jubilar anticipadamente, aunque con la anterior ley, sí con los siguientes coeficientes:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
Buenos días, en los próximos días me despiden por causas económicas, tengo pendiente 19 meses de paro de un ere de extinción anterior por lo que, con esos 19 meses cumpliría los 61 años. Tengo más de 40 años cotizados. Me podría jubilar o tengo que esperar a cumplir 63 años.
Muchas gracias
No, ya que has perdido el empleo por causas económicas.
Salu2.
tengo 61 años y medio fui despedida en 2011 por causas objetivas, y tengo una hija de 16 años a mi cargo en solitario, cual seria el coeficiente reductor que se me aplicaria??gracias
Los que figuran en el artículo de arriba.
Salu2.
en diciembre cumplo 61años tengo 38 cotizados levo 1 año y medio cobrando la prestación 52 si espero 2 años mas pues como cumplo los 63 a final de año el coeficiente reductor será el minimo ??gracias
Los coeficientes depende de los años cotizados y también de la ley bajo la cual te acojas.
El artículo de arriba se refiere a la anterior ley.
En cuanto a los coeficientes de la nueva ley lo puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Tengo 62 años cumplidos el 2 de abril. Actualmente cobro el subsidio de los 52 años. Mis cotizaciones son de 39 años. Podría jubilarme a los 61 años¿
Pues depende:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.