Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
25 de mayo de 2011

Trabajo a tiempo parcial y derecho a las prestaciones de desempleo

Los trabajos a tiempo parcial se difiere en algunas cosas con el trabajo a tiempo completo en referencia a los derechos de prestación de desempleo o subsidio de desempleo que tienen los trabajadores.

En este artículo vamos a aclarar 2 de las dudas más frecuentes que nos han planteado.

¿cómo computa el tiempo cotizado en un trabajo a tiempo parcial?

En el Art. 3.4 del R.D. 625/85 que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo determina que:

  • Cuando las cotizaciones acreditadas corresponden a un contrato a tiempo parcial o a un trabajo efectivo, en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se considera como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada.
  • Si la jornada se distribuye en 5 o más días de trabajo a la semana, el periodo de cotización será equivalente al periodo de duración del contrato o de vigencia de la relación laboral.
  • Si la jornada se distribuye en menos de 5 días de trabajo a la semana, se multiplicará el total de días de prestación de servicio por el coeficiente 1,4.

¿Qué pasa si tengo 2 trabajos a tiempo parcial y pierdo uno de ellos?

Como el cobro de la prestación contributiva es compatible con el desarrollo de trabajo a tiempo parcial, si la pérdida del empleo ha sido involuntaria, se encontraría en situación legal de desempleo y podría cobrar una prestación siempre que reúna el resto de requisitos generales (alta en Seguridad Social, mínimo 360 días de cotización, no haber cumplido la edad de jubilación, etc.).

La duración de la prestación se calcula teniendo en cuenta todos los períodos cotizados que no hayan sido utilizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, y en estos se incluyen las cotizaciones del trabajo que pierde, las del que mantiene y las de todas las relaciones laborales que haya tenido en ese periodo.

La cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 180 días del contrato finalizado, sin considerar lo cotizado en el empleo que mantiene.

En caso de pérdida del empleo que mantiene deberá comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal para recalcular la cuantía de su derecho.

Referencia normativa: Art. 211 y 221.1 del R D Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social; art. 15.4 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.

Artículos relacionados:

416 comments to Trabajo a tiempo parcial y derecho a las prestaciones de desempleo

  • gema

    Buenas tardes.

    Estoy embarazada de 7 meses y llevo casi 1 año trabajando en la empresa que estoy y recien van a darme de alta para que pueda arreglar mi maternidad.
    La cuestion esque estoy cobrando subsidio y me lo van a seguir pagando aun estando dada de alta porque estare solo a media jornada (me pagaran la mitad del subsidio).
    Mi pregunta es, cuando me de de baja por maternidad, podre seguir cobrando el subsidio?
    Seria mejor que pida que me den de alta a jornada completa, parar el subsidio y cuando vuelva de la maternidad y vuelva a estar a media jornada volver a pedir el subsidio?
    Ayuda porfa.
    Muchas gracias de antemano

    • 1. Sí, puedes compatibilizarlo siempre que tu empleo no genere rentas que haga que dejes de cumplir las condiciones económicas.

      2. Cuando te de de baja maternal, te pagará la Seguridad Social tu sueldo, y al igual que mientras trabajabas, CREO que podrás seguir compatibilizando, pero consultalo en el INSS cuando solicites la maternidad.

      3. Lo ideal sería el alta a jornada completa, y así te pagará más de maternidad.

      Salu2.

  • miguel angel

    yo termino de cobrar la prestacion el dia 10 de agosto,y el ultimo dia de plazo para solicitar el plan prepara es el 15 de agosto,lo que quiero saber es si tengo 60 dias para pedir el plan prepara , por que e preguntado en otro sitio y me an dicho que no tengo 60 dias de plazo para pedirlo, me lo podeis concretar? gracias

  • Maria

    Hola quería hacer una consulta. Yo trabajo a tiempo parcial en una tienda siendo mi jornada de trabajo ordinaria de 5 horas a la semana, de lunes a sábado. Después de seis meses, este mes finaliza mi contrato y quisiera saber si tengo derecho a un subsidio por desempleo. Muchas gracias

  • jose

    en los ultimos 6 años cotice 270 dias a tiempo parcial(media jornada)tengo 51 años mi base me sale 1500 y mihijo de 21 años vive conmigo y cobra 1000 euros al mes, tengo protecciones por desempleo

    gracias

  • yanira

    hola buenos dias ,estoy cobrando el plan prepara me kedan 2 meses pòr cobrar,me ha salido una oferta de empleo de 5 horas el sabado y el domingo,se podria computar,ruego una respuesta gracias,

  • EVA

    EL DIA 16 DE AGOSTO SE ME ACABA EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL QUE TENGO DE LUNES A VIERNES HE COTIZADO 185 DIAS CON LOS NUEVOS RECORTES DEL GOBIERNO TENGO DERECHO AL SUBSIDIO POR CARGAS FAMILIARES ,PUES SE QUE ME LO CONCEDERÍAN AHORA 21 MES ME DIJERON EN LA OFICINA DE EMPLEO O LOS RECORTES SON PARA EL PARO NO PARA EL SUBSIDIO ,PERO EN AGOSTO NO SE ,PORQUE NO SUPERO LOS INGRESOS Y DE CUANTO TIEMPO SERIA GRACIAS POR FAVOR CONTESTE ME URGE

  • Stefi

    Estoy trabajando a media jornada, cuando empecé paralicé la prestación de 13 meses que me quedaba de mi trabajo anterior, ahora quiero solicitarla, y complementarla con el trabajo.¿ Que documentación tengo que aportar?

  • jose

    Los domingos y dias festivos cotizan en un contrato a tiempo parcial de lunes a viernes ?y cuantos dias al mes 30 o 31?que jaleo unas personas me dicen que si y otras que no

  • yaneth

    quiero realizar una pregunta soy extranjera tengo 59 años , hace unos años agote la prestación por desempleo y ahora llevo trabajando 8 meses seguidos , he trabajado otros 3 meses en otros sitio solamente tres días seguidos 5 horas y en el trabajo actual que estoy si hago los 39 horas sera que puedo percibir la prestación por desempleo

    • Tienes que ver si tienes en total 1 año de cotizaciones siguiendo los criterios que se dice en el artículo de arriba.

      Si lo tienes, tendrás derecho, y si no, pero tienes al menos 180 días, podrás solicitar un subsidio de desempleo.

      Salu2.

  • Vanessa

    ¡ Hola ! Trabajo oficialmente a media jornada de lunes a viernes, estoy embarazada de 18 semanas y por lo que pudiera pasar queria mirar si podia solicitar cobrar algo del paro por cotizar solo media jornada. Aunque a lo mejor es mejor esperarme a dar a luz por si me corresponde alguna prestación… Por que dudo que pueda cobrar de las dos cosas a la vez. No tengo ni idea de estas cosas, por favor me podéis asesorar? Muchas gracias

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>