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25 de mayo de 2011

Trabajo a tiempo parcial y derecho a las prestaciones de desempleo

Los trabajos a tiempo parcial se difiere en algunas cosas con el trabajo a tiempo completo en referencia a los derechos de prestación de desempleo o subsidio de desempleo que tienen los trabajadores.

En este artículo vamos a aclarar 2 de las dudas más frecuentes que nos han planteado.

¿cómo computa el tiempo cotizado en un trabajo a tiempo parcial?

En el Art. 3.4 del R.D. 625/85 que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo determina que:

  • Cuando las cotizaciones acreditadas corresponden a un contrato a tiempo parcial o a un trabajo efectivo, en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se considera como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada.
  • Si la jornada se distribuye en 5 o más días de trabajo a la semana, el periodo de cotización será equivalente al periodo de duración del contrato o de vigencia de la relación laboral.
  • Si la jornada se distribuye en menos de 5 días de trabajo a la semana, se multiplicará el total de días de prestación de servicio por el coeficiente 1,4.

¿Qué pasa si tengo 2 trabajos a tiempo parcial y pierdo uno de ellos?

Como el cobro de la prestación contributiva es compatible con el desarrollo de trabajo a tiempo parcial, si la pérdida del empleo ha sido involuntaria, se encontraría en situación legal de desempleo y podría cobrar una prestación siempre que reúna el resto de requisitos generales (alta en Seguridad Social, mínimo 360 días de cotización, no haber cumplido la edad de jubilación, etc.).

La duración de la prestación se calcula teniendo en cuenta todos los períodos cotizados que no hayan sido utilizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, y en estos se incluyen las cotizaciones del trabajo que pierde, las del que mantiene y las de todas las relaciones laborales que haya tenido en ese periodo.

La cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 180 días del contrato finalizado, sin considerar lo cotizado en el empleo que mantiene.

En caso de pérdida del empleo que mantiene deberá comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal para recalcular la cuantía de su derecho.

Referencia normativa: Art. 211 y 221.1 del R D Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social; art. 15.4 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.

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416 comments to Trabajo a tiempo parcial y derecho a las prestaciones de desempleo

  • miguel angel

    si no he echado la declaracion de renta del 2010 por que me salia a devolver osea k me tenian que pagar ami 2 centimos , me rechazaran el plan prepara? y otra duda,yo vivo con mis padres , el sueldo de mi padre y el prodi de mi madre me impediran cobrar el prepara? gracias.

    • No, no tiene porqué.

      El PLAN PREPARA te pide la declaración de la renta del año anterior, si no estás obligado a hacerlo, con presentar un justificante de ingresos que puede emitir la Agencia Tributaria también sería suficiente.

      Salu2.

  • miguel angel

    al vivir con mis padres, el sueldo de mi padre y el prodi de mi madre me impediran cobrar el prepara? gracias.

  • miguel angel

    hola , yo solicite la ayuda del plan prepara el dia8de agosto,es decir entrando en el anterior planprepara,osea antes de la nueva prorroga,me la aceptaran con los requisitos del anterior plan prepara o como la nueva prorroga?gracias.

  • jose angel

    He trabajado 6 meses a tiempo parcial de lunes a viernes (5 dias. Se acabo el contrato y ahora me han hecho uno de 2 meses a tiempo completo. Cuando termine los 2 meses, ¿cuanto es la cuantia de subsidio, viniendo de un contrato a tiempo completo?

    Muchas gracias de antemano

  • miguel angel

    hola, solicite el plan prepara el 8 de agosto y aun no me an dicho si esta aprovada o no , cuanto tiempo tardan en decir si esta aprovada o no? , gracias.

  • miguel angel

    si no te aceptan el plan prepara como te lo dicen ? te llaman? o te mandan una carta? o no dicen nada? gracias.

  • eugenio

    Necesito que me echeis una mano que ando perdido.

    Acabo de pedir el paro y me han concedido 4 meses. A final de mes empezare a trabajar como fijo discontinuo dias sueltos que iran cambiando y me pagaran por horas (normalmente hare unas 6 horas semanales)

    Mi problema es que cobrare muy poquito (menos de 150 euros al mes) y me da miedo perder la prestacion por desempleo por culpa de eso.

    Se puede compatibilizar? como sabe el inem los dias que trabaje si la empresa me dice que enviara los datos cada cierto tiempo y no el alta y la baja cuando corresponda?

    Muchas gracias

  • Cecilia

    Buenos días!!
    Tengo una pequeña duda, tengo 10 meses cotizados a media jornada de Lunes a Domingo (20 horas) y acaba de terminar mi contrato, si solicito el subsidio, 10 meses sería 5 meses cotizados como aparece en la vida laboral, o por lo contrario al ser un contrato de 7 días de la semana consta como jornada completa y serían 10 meses??
    Muchísimas gracias por vuestra ayuda!!
    Un saludo!!

  • Pablo

    Hola, buenas tardes:
    Tengo dos dudas:
    – Estoy cobrando el paro y me ofrecen un trabajo de 16 horas semanales, dos dias a la semana y mi idea es compatibilizarlo y cobrar 24 horas semanales de paro y el importe neto del trabajo. Preguntas:¿Cuando este trabajo a tiemppo parcial termine, vuelvo a cobrar el importe íntegro actual?Si yo dejo voluntariamente este trabajo, pierdo el paro que éste me genere, pero pierdo el paro que tengo por el anterior trabajo sin perder cuantía?
    – Me ofrecen también algún trabajo puntual de 3 o 4 dias semanales y puntualmente al mes. Si estos dias son a jornada completa, ¿puedo darme de baja en el paro avisando de estos dias (despues nuevamente de alta)y que se me acumulen esos dias de paro no cobrados?
    Muchas gracias, espero que me podais contestar. Un saludo

  • miguel angel

    buenas, solicite el plan prepara el 8 de agosto y aun no me an llamado ni me han enviado ninguna carta , e mirado en el boletin de mi provincia y no sale mi nombre , eso es qu esta denegado? si esta denegado no me tendrian que avisar por si puedo recurrir? gracias

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