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28 de septiembre de 2011

Pensión de viudedad: derecho y cuantía

¿Quién tiene derecho a la pensión de viudaded?

La pensión de viudedad se concede con carácter vitalicio a quienes hayan tenido vínculo matrimonial o fuera pareja de hecho de un trabajador o pensionista fallecido.

¿Cuál es la cuantía de la pensión de viudedad?

La cuantía de la pensión de viudedad se fija en el 52% de la base reguladora del salario del trabajador o de la pensión de jubilación.

Aunque excepcionalmente y siempre que se cumplan una serie de requisitos, puede alcanzar el 70%.

¿Qué condiciones hay que cumplir para cobrar el 70%?

1.- El pensionista debe de tener cargas familiares, es decir, que conviva con hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o que los rendimientos de la unidad familiar, incluido el pensionista, no superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias: 530,7€ mensuales (actualizado año 2017).

2.- La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos: la pensión constituye al menos el 50% del total de los ingresos del pensionista.

3.- Igualmente, los rendimientos anuales no superarán la cuantía resultante de sumar al límite que en cada ejercicio económico esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares. A partir de 1-1-2009, el límite de ingresos es de 16.046,72 euros anuales (6.923,90 + 9.122,82).

¿Cuándo se abonan las pensiones?

La pensión se abona a los beneficiarios mensualmente, con 2 pagas extraordinarias al año, que se hacen efectivas con las mensualidades de junio y noviembre.

Salvo en los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, en que están prorrateadas dentro de las doce mensualidades ordinarias.

¿Cuál es la Pensión mínima?

Se garantizan cuantías mínimas mensuales, según la edad y las cargas familiares del beneficiario.

Pensión por VIUDEDAD 2017

Cuantías Mensuales Cuantías Anuales
Con cargas familiares 737,54 10.325,55
Con 65 años o con discapacidad = >65% 637,69 8.927,66
Entre 60 y 64 años 596,49 8.350,83
Menor de 60 años 482,80 6.759,26

Esta cuantía se revaloriza anualmente.

¿Se cobra siempre la misma pensión?

No, La pensión, incluido el importe de la pensión mínima, se revaloriza al comienzo de cada año, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo previsto para dicho año.

¿Cómo tributan las pensiones de viudaded?

La pensión está sujeta a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y sometida, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto, con la siguiente excepción: estará exenta si deriva de actos de terrorismo.

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1.178 comments to Pensión de viudedad: derecho y cuantía

  • Maria

    Hola, mi maridos estuvo casado durante 14 anos, tuvieron dos hijos y se divorcio en 2007.
    Nosotros llevamos 2 casados y tenemos una hija. Si falleciera mi marido, tendría que compartir la pension de viudedad con su primera mujer?
    Gracias

  • rafi asencio garcia

    hola ,estoi junta con mi compañero 6 años ,yo soi viuda por eso no nos hemos casado por no perder la pension ,el es separado y divorciado .ahora esta en fase terminal de un tumor en la cabeza .mi pregunta es cobrara su exs la pension de viudedad

  • Boris

    Hola, tengo cancer con 40 años mi esposa 37 y hijos de 13 y 10 tenemos el permiso de residencia de larga duracion y empiezo hacer la tramitacion para la nacionalidad, trabajo hace 5 años en la misma empresa qiusiera saber si me pasa algo mi esposa tine derecho a recibir la pension de viudedad? gracias

  • maribel

    mi marido cobra 760 e de pension al mes con 14 pagas,cual es la pension de viudedad que me corresponderia en caso de su fallecimiento?.tengo actualmente 59 años

    • La cuantía de la pensión de viudedad se fija en el 52% de la base reguladora del salario del trabajador o de la pensión de jubilación, aunque excepcionalmente y siempre que se cumplan una serie de requisitos, puede alcanzar el 70%.

      Salu2.

  • Magdalena

    Despues de casarnos hizimos capitulaciones matrimoniales ,mi pregunta es, si fallece mi marido me correspondería pensión por viudedad? Tengo dos hijos,ambos mayores de edad (23 y 29)Yo no trabajo.

  • Isabel

    Mi marido ha fallecido hace unos meses. El estuvo caado hace 25 años y se separo de la primera mujer, Tuvo dos hijos, ya mayores de edad.La primera mujer falleció hace algunos años, Yo con él tuve dos hijos son menores de 25 en la actualidad, sin ingresos. Yo hace muchos años que no trabajo por lo que en mi familia no hay en estos momentos ningun ingreso.Me dicen que la pensión de viudedad hay que compartirla con las mujeres de los dos matrimonios? Si la pareja anterior ha fallecido, que me corresponde a mi?

  • Patricia de la Nuez Aurrecoechea

    Hola buenas tardes, me casé en el año 1987 y me divorcié en
    1999, mi ex marido falleció en Mayo de 2008, tenemos 3 hijos que en el 2008 tenían 20, 19 y 14, me denegaron la pensión de viudedad porque en el acuerdo de divorcio, en una de las estipulaciones ponía esto: «Ambos esposos renuncian mutuamente a cualquier tipo de indemnización compensatoria prevista en el artículo 97 del Código Civil, por considerar que la separación instada no produce desequilibrio alguno a los cónyuges». Entiendo que el acuerdo de divorcio afecta en particular y privadamente a los cónyuges, y que dicha renuncia a la indemnización compensatoria se refiere a mi ex marido no a la Seguridad Social, yo en el acuerdo no hago renuncia expresa a la pensión de viudedad que por derecho me corresponde ya que cumplo con los requisitos para obtenerla.¿Por qué me deniegan la pensión de viudedad basándose en un acuerdo privado como es el de divorcio?.

    Muchas gracias

  • cristina

    hola quisiera saber si,la ex mujer de mi marido tiene derecho a la pension de viudedad,si a vuelto a casarse gracias.

  • MARIANELA HERNANDEZ COLMENARES

    HOLA, QUERIA HACERLES UNA PREGUNTA:
    MI MARIDO FALLECIO DE CANCER, HACE 3 AÑOS Y MEDIO, ME DENEGARON LA PENSION POR NO TENER SUFICIENTES COTIZACIONES ANTES DE LOS CINCO AÑOS DEL FALLECIMIENTO, TENGO 51 AÑOS Y UN HIJO DE 20 AÑOS DISCAPACITADO CON UN PORCENTAJE DEL 76%, COMO PUEDE SER QUE SE DEJEN SIN UNA PENSION, CUANDO EN CARTAGENA EL JUEZ LE HA DADO LA PENSION A UNA MUJER, AUN CUANDO NO TENIA LOS AÑOS COTIZADOS.

  • enrique garcia

    mi mujer y yo cobramos jubilacion. ella la minima (550€ aprox) yo 1300 aprox.
    si yo fallezco cuanto le quedaria a ella???

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