El gobierno endurecerá las condiciones que dan hasta ahora derecho a cobrar el subsidio por desempleo a los mayores de 55 años.
En el decreto ley que prepara Empleo para que el Gobierno de Mariano Rajoy lo apruebe hoy, viernes, se incluye una disposición que impedirá acceder al subsidio a parte de los desempleados que cuenten con rentas familiares.
El cambio se realizará sobre el requisito de la carencia de rentas. Hasta ahora, era el único subsidio que sólo se tenía en cuenta que el solicitante careciera de rentas, sin embargo, el gobierno pretende que dicha carencia de rentas también sea a nivel familiar:
- Carencia de rentas personales: El solicitante no podrá tener rentas supriores al 75% del SMI.
- Carencia de rentas familiares: La media de las rentas de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años) no puede superar el 75% del SMI.
El SMI, es el salario mínimo interprofesional que para el 2013 es de 645,30 euros, y por lo tanto el 75% del SMI es de 483,98 euros.
De esta forma, a partir de ahora, para acceder a esta ayuda, los mayores de 55 años han de tener rentas inferiores a los 483,98 euros brutos mensuales (12 pagas) y la rentas medias de la unidad familiar también.
Este cambio no tiene carácter retroactivo, así que sólo afectará a los nuevos solicitantes cuyo derecho a la ayuda naciera con fecha posterior a la publicación de este nueva ley.
¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?
- Estar desempleado.
- Tener cumplidos 55 años en la fecha de solicitud.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral, de las cuales 3 meses ha de estar dentro de los últimos 6 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Estar desempleado e inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
- Haber agotado una pensión contributiva por desempleo.
- Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
- Haber sido beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
- Haber perdido un empleo de forma involuntaria, y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Este subsidio no será de aplicación a los trabajadores fijos discontinuos mientras mantengan dicha condición.
¿Más información?
Sí, lease las preguntas frecuentes sobre el subsidio de mayores de 55 años.
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Tengo 57 años y quiero solicitar el subsidio de mayores de 55 años,mi esposa ya cobra este subsidio (426 E),tengo una hija de 28 años que cobra 1770 euros netos al mes y tambien tengo otro hijo de 18 años que esta estudiando.
Mis preguntas son:A) ¿al tener mi hija 28 años cuenta para sumar la renta entre los cuatro?.B)¿cuenta tambien en la suma de la renta los 426 euros que cobra mi esposa? y C)¿puede mi hija domiciliarse en otro lugar dondose de alta en el ayuntamiento que corresponda y seguir viviendo con nosotros,para que asi no cuente como renta familiar?,
Muchas gracias,me seran de gran ayuda estas respuestas.
A) Los ingresos de hijos mayores de 26 años no cuenta.
B) Para las rentas de la unidad familiar sí, la ayuda del propio solicitante no cuenta, pero el resto sí.
C) Eso no sería la verdad, ¿no? y sería defraudar a la Seguridad Scoail y por extensión a todos los contribuyentes.
Salu2.
Hola, buenos días:
Cobro el subsidio por desempleo desde los 52 años, con la nueva ley que ha entrado en vigor quisiera hacer tres preguntas:
¿Me afecta lo del tema de las rentas de la unidad familiar?
¿Me podré seguir jubilando a los 61 años anticipadamente?
¿O sólo afectarán estas medidas a las personas que soliciten el subsidio 55 años a partir del 15 marzo 2.013?
Gracias.
1. Sólo a los nuevos solicitantes.
2. Eso no depende de este subsidio, sino de la ley de jubilaciones anticipada:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
3. Sí, el tema del subsidio de mayores de 55 años sólo a los nuevos solicitantes.
Salu2.
Hola:Tengo 61 años y estoy cobrando el subsidio de 426€ para mayores de 55 años y voy a recibir 10000€ de una herencia. ¿me gustaria saber si me lo van a quitar y si es asi por cuanto tiempo y si despues me aplicarian la nueva normativa pues entre mi mujer y mi hija superan los 1500€.MUCHAS GRACIAS.
La nueva ley no tiene carácter retroactivo, en tu caso sólo se tendrá en cuenta tus ingresos.
En cuanto a los 10.000 euros de herencia, lo debes de comunicar a SEPE y es posible que te pongan pegas para seguir cobrando… pero tienes que consultar con ellos.
Salu2.
BUENAS NOCHES SI ME QUITAN LOS 426 DEL SUBSIDIO MAYOR DE 55 AÑOS POR QUE MI MARIDO GANA 1200 EUROS EL PARO ME COTIZARA PARA LA JUBILACION. GRACIAS
Si ya estás cobrando, no te afecta la nueva ley.
Salu2.
Tengo 56 años, en un año tengo que solicitar la ayuda para mayores de 55 años, mi marido esta cobrando 426 € de la ayuda de mayores de 55 años, con esta modificación para solicitarla yo, cuenta la ayuda de mi marido, no tenemos nadie viviendo con nosotros. Llevo cotizados 41 años ininterrumpidamente, cuando me prodria jubilar yo, fui despedida por despido mprocedente, gracias por respuesta de ayuda.
1. Por los datos aportados no creo que vayas a tener problemas desde el punto de vista económico para que te den la ayuda.
2. Jubilación:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Hola
Tengo un familiar que se le agota el desempleo contributivo en mayo y tiene 57 años , está soltero y vive con su padre de 85 años que cobra una pension de 1700 euros ¿tendrá derecho esta persona a cobrar el subsidio mayores de 55? Gracias
Los ingresos de su padre no cuenta… tiene que mirar si cumple los requisitos:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2
Segun el nuevo decreto ley de 15 de Marzo del 2013, el subsidio para mayores de 55 años, cuenta la renta familiar.
Si estoy separado ó divorciado ¿que renta que computarian?, aunque tenga aún vienes gananciales?.
Si estás separado, las rentas de tu cónyuge ya no cuentan.
Salu2.
con esta reforma, puedo dentro de poco tiempo encontrarme en la situación de tener contizados 42 años(con 56 de edad), y cuando llegue a los 65 años(si no he encontrado trabajo)no tener derecho a Jubilación.Pregunto.¿A caso no he sido solidario con esta sociedad durante 42 años, para que esta misma sociedad sea ahora solidaria conmigo? No se como la persona que hace este tipo de leyes puede meterse a la cama y conciliar el sueño.Yo no podria.
Al tener 42 años cotizados y con al menos 2 años cotizados en los últimos 15 años, tendrás derecho a la pensión.
De hecho, te podrías prejubilar a los 61 o 63 años dependiendo de cómo vayas a perder el empleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente e acabado el paro el 28 de febrero y tengo que pedir la ayuda para mayores de 55 años ya que tengo 57 mi mujer cobra 350 euros con las pagas prorrateadas y mi hijo minusvalido cobra 1114 euros que posobilidades tengo de cobrar gracias
Me temo que superas los límites de ingresos o estás al borde.
En tu caso, el límite de la unidad familiar es de 1451,94 euros brutos mensuales (incluidas las pagas extras).
Salu2.
Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años.
¿Si heredo un piso, con que valor me lo van a tomar? ¿por el 2% de imputación en rentas tal como se declara en la renta o por el 4% del valor del piso?
Gracias.
Yo creo que debería de ser al 2%, pero hay gente que están diciendo que es al 4% e incluso algunos apunta que en el año de recepción se te apunta la totalidad de la herencia.
Lo mejor es que lo consultes en el SEPE, ya nos contarás.
Salu2.