En los últimos 2 meses se ha venido quejándose muchos desempleados a los que la Seguridad Social les han denegado la jubilación anticipada a los 61 años de edad a pesar de haber perdido su empleo antes de abril de 2013, fecha clave para poderse acoger a la anterior ley de jubilación anticipada.
Los afectados son los parados que tienen un Convenio Especial con la Seguridad Social para complementar sus cotizaciones hasta la edad de jubilación.
¿Quién se podía jubilar a los 61 años?
Todas las personas que hayan perdido el empleo antes de abril de 2013, a los que se les aplica la anterior legislación (requiriendo sólo 30 años de cotizaciones).
Las personas que pierdan el empleo después de dicha fecha, y que sea por causa de la crisis.
¿Qué ha cambiado?
Los afectados son los del primer caso, los que han perdido el empleo antes de abril de 2013 y que hayan seguido cotizando, aunque sea mediante un Convenio Especial de la Seguridad Social se les aplicarán la nueva ley:
- Para poder jubilarse anticipadamente deben de tener 35 años cotizados en lugar de 30.
- Para prejubilarse a los 61 ha de haber perdido el empleo por causas de la crisis.
Criterios que muchos dejan de cumplir y por lo tanto les obligan a esperar a los 63 años para prejubilarse o incluso no permitirle la jubilación anticipada por falta años de cotizaciones.
Además, se les aplicarán los nuevas reglas para el cálculo de su pensión de jubilación: peores coeficientes reductores, más años para el cálculo de la base de cotizaciones.
¿Por qué ha cambiado las condiciones?
El Ministerio de Empleo no ha dado ninguna explicación. Según el cual, no se trata de un cambio de criterio y que las condiciones no han cambiado, sino que están aplicando una interpretación «coherente» con la ley y la reforma que entró en vigor en el 2013.
Es decir, considera que, si están cotizando a la Seguridad Social (aunque no estén trabajando), su situación es equiparable a estar dado de alta en el sistema como trabajador en activo.
De esta forma, envió un circular interno en el mes de junio que modificaba este criterio, denegando prejubilaciones a muchos desempleados que incluso llegaron quejarse en nuestro blog.
¿Cuántas personas se verán afectadas?
Lo cierto es que no hay un número oficial, según Empleo habla de unos 7.000 al año, mientras que los sindicatos los cifran en 132.000 a fecha de julio.
¿Qué pasará ahora?
Hay quejas por parte de los afectados, y de UGT y CCOO, consideran que ha cambiado las reglas en mitad del partido; sobre todo porque recomendaba los Convenios Especial con mejor vía para completar las cotizaciones y tener una buena jubilación, y ahora se les penalizan.
A ver qué resulta de todo esto.
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Fui despedido por un Ere en Enero del 2007, cobrando el paro dos años hasta enero 2009, suscribiendo un convenio especial con la S.S. hasta Marzo del 2015 y recibiendo a la vez el subsidio para mayores de 52 años que hasta la fecha percibo.Tenía pensado jubilarme a los 61 años.¿con este criterio nuevo podría jubilarme a los 61 años?¿en caso contrario, podria seguir percibiendo el subsidio para mayores de 52 años hasta los 63 años, dejando de pagar el convenio especial?
1. Me temo que tendrás que esperar a los 63.
2. Sí, mientras que no tengas derecho a una pensión contributiva, te seguirán pagando el subsidio.
Salu2.
Me han denegado mi jubilación a los 61años y tenía convenio especial.voy a paralizarlo pues después de estar 3 años largos cotizando no puedo seguir haciéndolo. Tengo 43 años en total.que me aconsejáis.muchas gracias
Si no puedes pagar… no te queda otro remedio que dejar de pagarlo.
Podrías intentar asociarte y denunciarlo colectivamente.
Estimados perjudicados. Si dejáis de pagar esos dos año s que es lo que pretenden las lagunas a la hora de cobrar la pensión serán importantes. No dudes que a os 63 dirán que no hay fondos y amplien hasta los 65. Lo tenemos jodido. Y mucho me temo que no hay vuelta atrás la jugada ha sido perfecta. Puñalada trapera. Y ahora quien pone el cascabel al gato
Por cierto. Los tribunales nos darán la razón, pero cuando salga la sentencia, algunos estaremos criando malvas. Son inteligentes. Lo tienen todo estudiado. No tienen otra cosa que hacer.
Estoy en paro desde 2009, actualmente cobro el subsidio para mayores de 55, pensaba jubilarme con 61 en febrero 2015 ya que cumplo todos los requisitos. Estuve pagando Convenio Especial durante un año (2010) para mantener la base esperando encontrar trabajo, como no encontré nada y se me acabaron los recursos deje de paga en enero 2011.
¿me afecta esta nueva interpretación o no?
Al cobrar el subsidio de mayores de 55 años están cotizando por tí.
Lo que no sé, si por el mero hecho de cotizar ya te aplican los nuevos criterios o tienes que acogerte a un convenio.
De todas formas, desde el ministerio de empleo están dando instrucciones al respecto que aún no se sabe muy bien cómo será.
Salu2.
Hola buenas tardes quisiera hacerle una pregunta, verá tengo en este momento 59 años y 41 años cotizados, me despidieron en julio del 2011 ( despido disciplinario ) no me concedieron el subsidio de mayores de 55 años.En el año 2013 page 3 meses de convenio especial tuve que cancelarlo por no poderlo pagar. Me quería jubilar en el año 2016 a los 61 años ¿ me afectara la nueva normativa para poderme jubilar a pesar de no tener convenio especial en esa fecha?.
Muchas gracias y perdone las molestias.
Luis
Sí, si las cotizaciones se hicieron después de abril de 2013.
Salu2
HOLA TERMINO EL PARO EN MARZO DEL 2015 Y EN AGOSTO DEL MISMO CUMPLO 62 SI DESDE MARZO HASTA AGOSTO NO COTIZO NADA PUEDO JUVILARME?
Si perdiste el empleo antes de abril de 2013 o si ha sido por causa de la crisis, sí.
Salu2.
perdonen pero me gustaria saber si puedo estar desde marzo hasta agosto sin cotizar para que sea la juvilacion desde los 62 años en vez de 61,5 y asi que me descuenten sol el 18% en vez del 21%. gracias.
Puedes… pero cuidado, que ganas en porcentaje, pero te disminuirá la base de cotizaciones al dejar unos meses en blanco.
Hola me despidieron del trabajo por un ere el 1-10-2012
tengo 57 años en septiembre 58, mi empresa pagara la ss hasta los 61 años que sera septiembre de 2017, con la nueva ley
podre jubilarme con 61 años? llevo cotizando desde 1972
Un saludo
Te aplicarán la nueva ley, pero como perdiste el empleo por ERE, seguirá pudiendo jubilar a los 61.
Salu2.
Hola ;tengo un convenio especial con la ss. desde el año 2011. Me gustaría saber si me veré afectada por la nueva ley. Yo tengo previsto jubilarme a los 65 años. Ahora tengo 57, voy a cumplir 58 en octubre. Muchas gracias
Te aplicarán la nueva ley.
Para poderte jubilar a los 65 años (jubilación normal) has de tener 37 y 6 meses cotizados.
Salu2.
Hola me despidieron en novicembcure de 2013. con 58 años cuando finalice de cobrar el paro tendré 60 años el despido fue por causas objetivas económicas (supongo q quuiere decir por la crisis) pensaba hacer convenio especial con la S.S. un año hasta cumplir los 61 y luego jubilarme ¿puedo hacerlo con este motivo de despido? El resto de condiciones q me exigen los cumplo muchas gracias
Acude a la SS y consulta para ver si te afectaría los cambios que están haciendo.
Es posible que al acogerte al convneio especial te aplican la nueva ley, que es peor que la anterior.