Los trabajadores, parados y pensionistas con familia tiene derecho a una deducción de 1.200 euros, conocido como Cheque Familiar.
Sin embargo, no todos los trabajadores, ni todos los parados, ni todos los pensionistas tienen derecho a esta ayuda. Os dejamos las claves de esta deducción y las condiciones que se ha de cumplir para poderlo disfrutar.
1.- ¿Quién tienen derecho a la ayuda?
- Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos, es decir, un padre o una madre solter@, separad@ o divorciad@, al tiempo que cuentan con 2 hijos menores de 25 años
- Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
- Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
- Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).
Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.
2.- ¿De cuánto es la ayuda?
La deducción es de 1.200 euros anuales, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.
El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.
3.- ¿Se pueden pedir varias ayudas?
Sí, las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones descritas anteriormente. De esta forma (algunos ejemplos):
- Una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.
- Una familia con 2 hijos dependientes con discapacidad superior al 33% tiene derecho a 2.400 euros de ayuda.
- O en caso de familias numerosas de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.
4.- ¿He de trabajar para cobrar la ayuda?
La ayuda está dirigida a trabajadores, parados con derecho a prestación de desempleo y pensionistas.
En el caso de trabajadores en activo:
-
Trabajadores del Régimen General o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar:
- Con contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
- Con contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
- Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
- Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.
Para los parados cobrando prestación y pensionistas:
- Deben de tener una familia numerosa a cargo o un miembro de la familiar con discapacidad de al menos 33%
5.- ¿Cómo se pide la ayuda?
Existe 2 alternativas:
- Solicitarlo la deducción en la declaración anual de la renta.
- Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales o la cuantía que corresponda en cada caso.
En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).
En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:
- Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
- Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
- Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.
Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.
6.- ¿Desde cuándo puede pedirse la ayuda?
Desde ya mismo. Si se solicita la ayuda antes de 31 de marzo, se podrá cobrar con carácter retroactivo el pago anticipada desde el 7 de enero.
Después se cobrará a partir del mes de la solicitud, y si tuviera derecho a deducciones anteriores, se tendrá que pedir en la declaración anual de la Renta.
7.- ¿Quién tiene que solicitar la ayuda?
La solicitud puede ser colectiva o individual:
- Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
- Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.
8.- ¿Qué documentos hay que entregar?
- El modelo 143 correctamente cumplimentado.
- El libro de familia, el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma en cada caso.
- Hay que señalar el tipo de deducción a la que el solicitante quiera acogerse (por familia numerosa, por descendientes con discapacidad a cargo…). Hay que tener en cuenta que hay que presentar una solicitud por cada deducción a la que pueda tener derecho.
- El código IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario.
- La información personal de cada solicitante (NIF)
9.- ¿Que es familia monoparental?
La família monoparental es aquella formada por un único progenitor que se encarga del cuidado y mantenimiento de los hijos menores de 21 años (o de 26 si están estudiando).
No debe de tener convivencia con el otro progenitor ni tampoco percibir de ésta una anualidad por alimentos.
10.- ¿Cuál es el plazo máximo de resolución de las solicitudes?
La AEAT dispone de un plazo máximo de 6 meses para dar resolución a las solicitudes.
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Hola, tengo 36 años, tengo una discapacidad de más del 33% y estoy percibiendo la prestación por desempleo hasta el mes de mayo, actualmente vivo con mi madre que esta percibiendo la pensión de viudedad.
¿Tendría mi madre derecho?
No, ninguna de las 2.
Salu2.
Hola soy madre soltera, tengo 2 hijos de 5 y 3 años y tengo carnet de familia monoparental especial, actualmente cobro pirmi, puedo solicitar la ayuda si mi pension es no contributiva?? Gracias
Lo siento, debes de estar cobrando una prestación contributiva.
Salu2.
Buenas , que duración tiene esta ayuda ? Sera hasta final de 2015 y tendrá una continuación en 2016? Gracias
Es una deducción de la declaración de la renta y es por tiempo indefinido (hasta que un gobierno quiera quitarlo).
Salu2
Hola yo soy familia numerosa y tengo un niño con minusvalia mas de 33% y no cobro nada tengo derecho a la ayuda
Si no estás trabajando, ni cobras una prestación de desempleo, ni una pensión contributiva, no tienes derecho a esta deducción.
Salu2.
Hola buenas noche quedria saber si tengo derecho a cobrarla tengo tres hijos a lo cual uno con discapacidad de mas de 33% y yo cobro una pencion no contributiba de 366euros
Lo siento, pero al no cobrar una pensión contributiva, no tienes derecho a la deducción.
Gracias
Ola ahora mismo ya no cobro nada e cobrado el paro la ayuda familiar i ke una saber si tengo derecho al cheque familiar tengo familia numerosa especial
Has de trabajar, cobrar el paro o una pensión para recibir el cheque familiar.
Salu2.
Hola tengo una hija y solo esta reconocida por mi y estoy cobrando el paro tengo derecho a la ayuda
Al menos se ha de tener 2 hijos o 1 con discapacidad para acceder a la ayuda.
Salu2
Buenos días, si yo como cabeza de familia, con minusvalía reconocida, no puedo cobrar esta ayuda, mi hija con 28 años y en el paro, puede como descendiente percibrla o ya es mayor de edad y no tiene derecho. Gracias.
Si eres dependiente de ella, ella sí que se podría deducirse.
Lo malo es que está en paro, salvo que cobre la prestación de desempleo, no se podrá deducirse.
Salu2.
hola, primeramente agradecer tu respuesta.
Actualmente yo estoy en paro, cobrando el subsidio que se me termina en junio, mi marido si trabaja.
mi marido ha solicitado de manera colectiva el abono anticipado de deducción por familia numerosa y por tener a cargo un hijo discapacitado, que actualmente esta cobrando, entonces mi pregunta es, si ya tiene esta ayuda, puede solicitar el CHEQUE FAMILIAR??? EL CHEQUE FAMILIAR Y EL ABONO ANTICIPADO son la misma casa?? mil agracias
Es lo mismo.