Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
11 de marzo de 2015

Las 10 claves del Cheque Familiar, ayuda de 1.200 a las familias con discapacidad, numerosas, y monoparentales con 2 hijos

Los trabajadores, parados y pensionistas con familia tiene derecho a una deducción de 1.200 euros, conocido como Cheque Familiar.

Sin embargo, no todos los trabajadores, ni todos los parados, ni todos los pensionistas tienen derecho a esta ayuda. Os dejamos las claves de esta deducción y las condiciones que se ha de cumplir para poderlo disfrutar.

1.- ¿Quién tienen derecho a la ayuda?

  • Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos, es decir, un padre o una madre solter@, separad@ o divorciad@, al tiempo que cuentan con 2 hijos menores de 25 años
  • Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).

Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

2.- ¿De cuánto es la ayuda?

La deducción es de 1.200 euros anuales, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.

3.- ¿Se pueden pedir varias ayudas?

Sí, las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones descritas anteriormente. De esta forma (algunos ejemplos):

  • Una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.
  • Una familia con 2 hijos dependientes con discapacidad superior al 33% tiene derecho a 2.400 euros de ayuda.
  • O en caso de familias numerosas de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.

4.- ¿He de trabajar para cobrar la ayuda?

La ayuda está dirigida a trabajadores, parados con derecho a prestación de desempleo y pensionistas.

En el caso de trabajadores en activo:

  • Trabajadores  del Régimen General o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar:
    • Con contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
    • Con contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
  • Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.

Para los parados cobrando prestación y pensionistas:

  • Deben de tener una familia numerosa a cargo o un miembro de la familiar con discapacidad de al menos 33%

5.- ¿Cómo se pide la ayuda?

Existe 2 alternativas:

  • Solicitarlo la deducción en la declaración anual de la renta.
  • Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales o la cuantía que corresponda en cada caso.

En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).

En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:

  • Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
  • Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.

Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.

6.- ¿Desde cuándo puede pedirse la ayuda?

Desde ya mismo. Si se solicita la ayuda antes de 31 de marzo, se podrá cobrar con carácter retroactivo el pago anticipada desde el 7 de enero.

Después se cobrará a partir del mes de la solicitud, y si tuviera derecho a deducciones anteriores, se tendrá que pedir en la declaración anual de la Renta.

7.- ¿Quién tiene que solicitar la ayuda?

La solicitud puede ser colectiva o individual:

  • Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
  • Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.

8.- ¿Qué documentos hay que entregar?

  • El modelo 143 correctamente cumplimentado.
  • El libro de familia, el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma en cada caso.
  • Hay que señalar el tipo de deducción a la que el solicitante quiera acogerse (por familia numerosa, por descendientes con discapacidad a cargo…). Hay que tener en cuenta que hay que presentar una solicitud por cada deducción a la que pueda tener derecho.
  • El código IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario.
  • La información personal de cada solicitante (NIF)

9.- ¿Que es familia monoparental?

La família monoparental es aquella formada por un único progenitor que se encarga del cuidado y mantenimiento de los hijos menores de 21 años (o de 26 si están estudiando).

No debe de tener convivencia con el otro progenitor ni tampoco percibir de ésta una anualidad por alimentos.

10.- ¿Cuál es el plazo máximo de resolución de las solicitudes?

La AEAT dispone de un plazo máximo de 6 meses para dar resolución a las solicitudes.

Artículos relacionados:

620 comments to Las 10 claves del Cheque Familiar, ayuda de 1.200 a las familias con discapacidad, numerosas, y monoparentales con 2 hijos

  • Luisa

    Hola, soy madre divorciada con custodia compartida. Tengo derecho a la mitad de la ayuda?. Si la pide el padre que es pensionista a mi ya no me la dan?. Me gustaría que me lo aclarase no. Gracias

  • david

    Hola soy david man pagado 100 euros queria saver si esto es cada mes

  • joan

    hola tengo el titulo de familia numerosa tengo una hija con disminucicion(de mi primera pareja)la cual le paso manutencion.y estoy casado con ote mujer(mi segunda pareja)tenemos una hija y estamos esperando otro hijo.alguien me podria ayudar expicandome que tipo de ayudas tenemos por el nacimiento de otrto hijo y en general las ayudas que hay(soy nuevo en lo del titulo de failia numerosa)vivo en cataluña
    gracias

  • Mary

    Hola

    Tengo un hijo con una discapacidad superior al 33% y estoy en el paro. Estoy divorciada de su padre y casada nuevamente. Mi marido sí trabaja pero tengo una duda. Puedo solicitar la deducción por descendiente discapacitado? Se nos considera una unidad familiar?
    Gracias. Un saludo

    • Hola

      Si estuvieras trabajando sí podrías beneficiarte si tu hijo estuviera a tu cargo, y te podrías aplicar la deducción por descendiente discapacitado.

      Al no estar trabajando ni cobrando ninguna prestación contributiva o asistencial del Sepe no cumplirías las condiciones.

      Tu marido debe estar unido a ese hijo por vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad (que no es el caso) o por adopción.

      De todas formas, también podría considerarse descendiente suyo si está vinculado con el contribuyente por razón de tutela o acogimiento.

      ¿Tu marido incluye a ese hijo con discapacidad para aplicarse el mínimo por descendiente en su declaración de la renta? Si la respuesta es sí, entonces podría solicitar la deducción por descendiente con discapacidad.

      Esperamos haberte orientado un poco, sino por aquí seguimos.

      Salu2

  • Maria

    Hola mi duda es que yo no trabajo y mi marido si, tenemos una hija con un 77% de discapacidad por la que cobramos casi 365 euros mensuales. Hemos recibido la carta de hacienda en la cual a mi marido en el dinero recibido aparece mensualemnte la cantidad de 265, ¿esto significa que los 100 euros que faltan hasta llegar a los 365 es por este cheque familia? o podemos solicitar el pago de los 1200 euros. Nosotros no hemos solicitado nada y por eso nos ha extrañado que justo coincida que sean 100 euros menos mensuales lo que aparece reflejado.

    • Tenéis derecho a los 1.200€ si estás trabajando o cobráis alguna prestación contributiva de la SS o asistencia de SEPE por tener hija con discapacidad.

      La PNC que recibís de vuestra hija por tener 77% de discapacidad es de uno 365€.

      Debes de acudir a IMSERSO y preguntar, también en Hacienda por la ayuda de 1.200€.

      Salu2.

  • david

    Hola soy david estoy cobrando los 1200 de familia numerosa y wl ray ya mismo se me acava quiero saver si despues luedo cobrar alguna otra ayuda tengo un bebe gracias

  • david

    Soy david lo que ya mismo se me acava es la ayuda del ray los 426

    • La ayuda que estás recibiendo ahora mismo es al RAI, una prestación subsistencia de SEPE.

      Si se te acaba, puedes volverlo a solicitar dentro de 1 año.

      Salu2.

  • ton67

    somos un matrimonio, ambos jubilados y tenemos un hijo a cargo nuestra con minusvalía del 65%, acabamos de hacer la declaración del IRPF y nos informaron de esta ayuda, y nos han aplicado esta deducción en la actual declaración. Pero quisiera saber si tenemos derecho a solicitar esta ayuda retroactivamente, o cualquier otro beneficio por hijo a cargo con minusvalía, gracias.

  • jose

    hola x desgracia me an despedido, ya que mi situacion es muy mala, tengo algo de paro por cobrar tengo dos niños menores mi mujer no cobra nada estamos de alquiler veo dificil llegar a fin de mes
    nunca hemos recibido ninguna ayuda
    ¿que ayudas hay?
    gracias de antemano
    un saludo de jose

  • nuria

    Hola tengo a mi hermano con una discapacidad reconocida de 33%, y tengo reconocida su cura-tela por un juez, es posible pedir la ayuda del modelo 143? Por otro lado mi duda es: Es posible que mi madre esta obtenga la ayuda tambien siendo de la misma unidad familiar ya que es un caso de madre he hija…tenemos derecho a pedir las dos la ayuda?

    • Hola

      Es una ayuda (deducción) por ascendientes (padres) o descendientes (hijos) con discapacidad.

      Por lo que en tu caso, al ser tu hermano, tú no lo podrías solicitar ya que no es tu ascendiente ni tu descendiente.

      Lo podría solicitar tu madre en el caso de que ella esté trabajando o cobrando una prestación contributiva y que su hijo con discapacidad cumpla:

      – que conviva con tu madre al menos la mitad del año
      – no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros
      – y no presente declaración por IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

      Esperamos haberte aclarado un poco.

      Salu2!

Leave a Reply to Nuria

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>