Conocer las deducciones autonómicas familiares que existen (por familias numerosas, personas con discapacidad..), puede ahorrarnos mucho dinero en los impuestos a pagar por la Declaración de la Renta cada año.
No se incluyen en el Borrador de la Declaración, por lo que vemos a cuáles se tiene derecho por Comunidades autónomas para poder revisarlo e incluirlas beneficiándose de ellas.
Para este año Renta 2014 se han visto reducidas en todas las CC.AA en gran medida las deducciones familiares que hasta ahora existía, como por ejemplo.. gastos de guardería, de empleado de hogar, cuidado de menores, familias monoparentales…
Vemos en cualquier caso las que aún persisten.
¿Quiénes pueden aplicar estas deducciones en su Declaración de la Renta?
Aquellos contribuyentes que residan en la Comunidad Autónoma que establece las deducciones.
¿De dónde se deduce?
De la cuota íntegra autonómica del Impuesto.
¿Cómo modificar el Borrador para incluirlas?
Explicamos detallado cómo puede modificar su Borrador para incluir todas estas deducciones y ahorrarse así todo ese dinero en pago de impuestos en:
->> ¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2014 (IRPF campaña 2015)?
¿Qué tipo de deducciones familiares hay por Comunidades Autónomas?
ANDALUCÍA
- Por ayuda doméstica para familia monoparental con hijos mayores de edad incapacitados (deducción del 15%)
- Por asistencia a personas con discapacidad (deducción del 15%)
- Por discapacidad del contribuyente (deducción de 100€).
- Discapacidad del cónyuge o pareja de hecho (deducción de 100€).
- Por discapacidad de ascendientes o descendientes (deducción de 100€)
ARAGÓN
- Por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos, (o del segundo hijo si es discapacitado) (deducción 500€)
- Por discapacidad de ascendientes o descendientes (deducción de 150€)
ASTURIAS
- Por familia numerosa (deducción de hasta 1.010€)
- Para familias monoparentales que tengan a su cargo hijos mayores de edad discapacitados y con rentas superiores a 8.000€ (deducción 303€)
BALEARES
- Para declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial, o con descendientes con esta condición.
- 80€ por discapacidad física o sensorial con grado igual o superior al 33 % e inferior al 65 %.
- 150€ por discapacidad física o sensorial con grado igual o superior al 65 %.
- 150€ con discapacidad psíquica de grado igual o superior al 33 %.
- Gastos en primas de seguros de salud personas con discapacidad igual o superior al 65% (15% de los gastos)
CANARIAS
- Para contribuyentes con discapacidad (deducción 300€)
- Por familia numerosa (hasta 1.000€)
- Por nacimiento y adopción de hijos con discapacidad (hasta 800€)
- Por obras de adecuación vivienda habitual a personas con discapacidad.
- Por obras de rehabilitación o reforma satisfechas o ejecutadas entre el 15 de septiembre de 2011 y 31 de diciembre de 2012 para personas con discapacidad que no pudieron ser deducidas en las declaraciones de 2012 y 2013
- Deducción por donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición de su primera vivienda habitual.
CANTABRIA
- Por Arrendamiento de la vivienda habitual por contribuyentes con discapacidad (deducción 10%)
- Por obras de mejora o rehabilitación en la vivienda (15% del gasto en obras)
- Por discapacidad de ascendientes y descendientes.(deducción de 100€)
CASTILLA-LA MANCHA
- Por discapacidad del contribuyente (deducción 300€)
- Por discapacidad de ascendientes y descendientes (deducción 300€).
- Por cantidades donadas para la cooperación internacional contra la pobreza (deducción 15%)
- Por acogimiento no remunerado de discapacitados (deducción de 600€).
- Por familias numerosas con cónyuge o descendiente con discapacidad (hasta 900€).
CASTILLA Y LEÓN
- Para discapacitados (deducción de hasta 656€)
- Por familia numerosa con cónyuge o descendientes con discapacidad (deducción 492€).
- Por obras y reformas de la vivienda habitual de personas con discapacidad (deducción del 10%).
- Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad
CATALUÑA
- Por alquiler de la vivienda habitual de personas con discapacidad o de familias numerosas con alguno de sus miembros con discapacidad (deducción del 10% de los gastos de alquiler).
EXTREMADURA
- Por cuidado de familiares discapacitados (deducción de 150€).
GALICIA
- Por edad, para contribuyentes discapacitados de edad igual o superior a 65 años que precisen ayuda de terceras personas (deducción del 10% de esos gastos).
- Por familia numerosa.
LA RIOJA
- No figuran deducciones autonómicas familiares en esta CC.AA para este año.
MADRID
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados (deducción de 900€).
MURCIA
- No figuran deducciones autonómicas familiares en esta CC.AA para este año.
COMUNIDAD VALENCIANA
- Por familia numerosa (deducción de hasta 600€)
- Por nacimiento o adopción de hijos discapacitados (deducción de hasta 275€ por hijo)
- Para contribuyentes discapacitados (deducción de 179€)
- Para ascendientes discapacitados (deducción de 179€)
- Por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad (deducción del 5%)
- Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad (deducción de hasta el 25%)
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