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1 de junio de 2015

5,7 millones de contribuyentes ya han recibido su devolución, ¿y yo?

Según datos de la Agencia Tributaria, Hacienda ya ha devuelto 3.631 millones de euros a 5,7 millones de contribuyentes que han presentado la declaración con resultado a devolver de la Campaña de Renta 2014.

Esto supone un incremento del 15% respecto a lo devuelto hace un año en la misma fecha.

Se prevé que un total de 14,2 millones de declaraciones darán derecho a devolución por un importe total de 10.550 millones.

¿A mí todavía no me ha devuelto, cuándo lo harán?

La Agencia Tributaria siempre pretende pagar lo antes posible salvo que haya alguna incidencia con la declaración.

De todas formas, tened en cuenta que la Administración dispone de un plazo de 6 meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones (hasta el 30 de diciembre de 2014), o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme, o rectifique, el importe de la devolución solicitada por el contribuyente.

Transcurrido el plazo de 6 meses sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de ordenación del pago, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame.

¿Cómo puedo saber si tengo una incidencia?

Hacienda ha creado un procedimiento que permite comprobar el estado de las devoluciones de las declaraciones negativas y agilizar el proceso de devolución denominada «Verifica«.

Se puede acceder a este procedimiento desde la página web de la Agencia Tributaria y se requiere el PIN 24 horas o el certificado electrónico.

¿Cómo se consulta?

Hay que seguir los siguientes pasos:

  1. Acceder a la sección de consulta del estado de la devolución en la web de la agencia tributaria mediante PIN 24 horas, Certificado electrónico o NIF + Nº de referencia.
  2. Una vez dentro, seleccionamos el expediente correspondiente a la declaración de la renta.
  3. Si hay alguna incidencia, el sistema lo indicará y se podrá consultar y gestionar estas incidencias accediendo a lo que propiamente es el sistema «Verifica», para ello, se requiere también el PIN 24 horas o el certificado electrónico.

¿Quién puede acceder al sistema «Verifica»?

Todos los contribuyentes que tengan devoluciones pendientes, que presentaron una declaración individual sin rendimientos de actividad económica en estimación directa, y tenga alguna incidencia.

A estas personas les aparece un mensaje en la pantalla en el que se les informará de la posibilidad de acelerar la comprobación y devolución.

Así, los contribuyentes que presentaron sus declaraciones con pequeños errores aritméticos o que hayan duplicado un gasto o simplemente se olvidaron de incluir algún dato menor, podrán acelerar la gestión de su devolución sin tener que esperar a que les llegue a su domicilio la notificación de la liquidación.

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