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3 de junio de 2015

Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

Los contribuyentes que recibieron la ayuda del Plan PIVE en el año 2013 que no lo incluyó en la declaración de la Renta del 2013 están recibiendo un requerimiento del fisco para que se ponga al día.

Concretamente, estos contribuyentes deben de tributar por esa ayuda de 1.000 euros para comprar un automóvil como ganancia patrimonial en el IRPF y que al no haberlo hecho en plazo deben presentar una declaración complementaria sujeta a recargos que pueden llegar al 15% de la cuota a tributar.

Por nuestra parte hemos estado avisando desde el principio que estas ayudas (Plan PIVE, Plan 2000E) hay que tributar en el IRPF.

¿Cómo hago esa declaración complementaria?

  1. Debes conseguir una copia de la declaración de la renta 2013.
  2. Descarga el programa Padre de la renta 2013.
  3. Rellena con los datos de la declaración presentada (si presentaste entonces la declaración con el Programa Padre seguramente no tengas que hacer los 3 primeros pasos y tengas los datos guardados en el ordenador.
  4. Vete a la página 2 (IV) y rellena la casilla 120, y la cuantía a pagar/devolver de la declaración presentada.
  5. Vete a la página 9 (I) y rellena la casilla 242 (otras ganancias no derivadas de una transmisión).
  6. Imprime la declaración y preséntalo en la Agencia Tributaria. El resultado a pagar van del 247,5 euros hasta 520 euros dependiendo de nuestro nivel de ingresos. (Ver aquí).

¿Y si no presenté la declaración?

Aunque estuvieras exento de hacer la declaración en 2013, al recibir la ayuda del Plan PIVE te obligaba a presentarlo.

En tal caso, has de elaborar tu declaración y presentarlo ahora, aunque fuera de plazo.

Tendrás una sanción de 100 euros por presentarlo fuera de plazo, si no ha sido a requerimiento de Hacienda.

¿Cuál es la sanción?

  • Los que no presentaron la declaración de la renta y que recibieron la ayuda del Plan PIVE han de realizar una declaración fuera de plazo con una sanción de 100€ si no ha sido requerido por Hacienda.
  • Todos los que han sido requerido con una masiva en el que le indica tener de hacer una complementaria, tendrá una sanción de hasta el 15% de la cuota diferencial resultante de dicha declaración complementaria.
  • En el peor de los casos, que Hacienda de momento no lo está haciendo, sería un procedimiento de comprobación que incluye sanciones de entre el 50% y el 100% la cuota diferencial.

¿A qué viene eso ahora, si yo confirmé el borrador que Hacienda me envió?

Hacienda se suele «olvidarse» de ciertas cosas en el borrador de la renta (ver lista). Sin embargo, no te exime de la responsabilidad al confirmarlo.

Hacienda presume que al confirmar tu la declaración, estás conforme con los datos que figuran y que son correctos, y si finalmente no lo es, te sancionan.

¿Y si recibí la ayuda en 2014?

Si has recibido la ayuda del Plan PIVE en el 2014, has de incluirlo en la declaración de la Renta del 2014 que se puede presentar hasta el 30 de junio.

Si ya has presentado la declaración y te has olvidado este dato, has de presentar una complementaria y no tendrá ningún recargo, al estar todavía en el periodo voluntario de presentación de la declaración de la renta del 2014.

Para hacerlo has de seguir los pasos indicados arriba (pero con el programa Padre del 2014).

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112 comments to Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

  • Dati

    El Plan PIVe, en mi experiencia, es una manera encubierta de dar dinero a los concesionarios. Yo compré un coche en 2.010 y no entregué el mío porque estaba en buen estado. Renuncié a los descuentos. Hacienda me pide ahora Paralela sobre 1000€ que me dio el estado. En las facturas que me dieron no aparece. En la de la casa Ford sí. Yo pago a hacienda 370€ de un dinero que no se me descontó ni recibí.Quien lo recibió no lo cotiza. Me dicen que reclame. ¿Reclamar en España?Lo mismo que si reclamara en república bananera. El cliente «siempre pierde». Y la banca siempre gana.

    • En tu caso el concesionario te ha estafado ya que según lo que comentas ha aplicado un Pive en tu coche nuevo sin comunicártelo.

      EL Estado le reembolsó el dinero y a ti no te lo descontaron en el precio del coche (clara estafa).

      ahora a ti te toca tributar por ello. Creemos que deberías interponer una reclamación a concesionario exigiéndole que te abine esos impuestos que te toca pagar por algo que no recibiste.

      Salu2!

  • joan

    hola, me han enviado para hacer la complementaria del plan pive i el coche lo compre en junio de 2010, que se hace la declaracion en 2011, no ha prescrito esta declaracion?

  • raul

    hola , yo compre en marzo del 2010, ¿cuando prescribe? y me han pedido la complementaria. ¿que tengo que hacer?

    • Si lo compraste en marzo de 2010, lo tuviste que incluir en la declaración de la renta del 2010, cuyo plazo terminada los últimos días de junio de 2011. Prescribe ahora dentro de unos días.

      Si te han pedido ya la comprementaria… amigo, lo siento, pero te han pillado.

      Hazlo, no te sancionarán, sólo tendrás que pagar intereses de demora, al no tratarse de una inspección.

      Salu2.

  • Miguel

    Hola, estoy en caso parecido a Raul, en mi caso compre el coche el ultimo dia del plan 2000 E, pero creo recordar ya se habia cumplido el cupo de coches y no entre. Es decir a mi no me dieron nada del plan. Sin embargo ayer me vino reclamacion de Hacienda sobre esa ganancia. A ellos les costa que di de baja un coche y matricule otro. ¿como demuestro que no lo cobre?

  • jordi

    Buenas, tengo una gran duda.

    Mi retribuciones son de 14.000 Euros, i el borrador 2014 me da negativo. Me compré el coche en setiembre del 2014 i he añadido los 1000€ del plan pive en la casilla 266 (Otras ganancias imputables a 2014).

    Mi sorpresa es que la diferéncia entre lo que me pagaban y lo que debo pagar sale exactamente 347.5€.

    Mmm no deberian ser 247.5€?

    He hecho algo mal?

  • Enrique Plaza

    Hola

    En el caso de haber comprado y no haberlo declarado en la declaración de la renta de ese año, si no te requiere Hacienda cuando prescribiría?

    Gracias y un saludo

  • Javier

    ¿Y no se puede recurrir?
    Porque de haber sabido en su día que esto era así 1.- no hubiera entregado mi coche viejo por ese ridículo precio y 2.- le hubiera apretado las tuercas al concesionario para que bajara el precio «de verdad» o no les compro el coche a ellos.
    Ahora me quedo sin un coche (por viejo que fuera), sin parte de la supesta «rebaja» y sin la posibilidad de negociar el precio del coche nuevo, porque a estas alturas ya está todo hecho.
    Me parece que te dejan en una situación de indefensión que bien podría ser denunciable o cuanto menos, recurrible.
    Un saludo

    • Lo cierto es que el PIVE es más que nada un incentivo publicitario para que los usuarios cambien de vehículo y se aumenten las ventas.

      A la hora de la verdad, la parte de ayuda que da el Gobierno (que es sólo la mitad) por la que hay que tributar, al final se queda en nada…

      Y la otra parte que te descuenta la marca, te la iban a descontar igualmente entregues o no coche viejo pues va incluida en la promoción del vehículo.

      Total, que en la mayoría de los casos si vendes tu coche viejo por tu cuenta puedes obtener mucho más de lo que dan por el PIVE…

      Pero ya no hay remedio…

      Salu2, ánimo y no te comas la cabeza ya con esto.. Qué le vas a hacer…

  • Antonio G. P.

    Hola compre el coche en el 2013 y no sabía que había que declarar el Plan PIVE. He recibido una carta por correo ordinario (No Certificada)de Hacienda indicándome que debo declarar por el PIVE. No presenté declaración del 2013 por estar exento de acuerdo con mis ingresos (16.000 E.).
    Mi pregunta es : Debo pagar por los 1000 E. del Pive (247,50 E.) solámente o por el total de los ingresos que no tenía obligación (797 E.) ? . Si es por el total es una injusticia.
    POr favor contestarme.
    Gracias.

    • Hola.

      Vaya… Lo cierto es que lo del Plan PIVE no es tan bonito como lo pintan, y menos por ejemplo en tu caso.

      El Plan PIVE obliga a presentar Declaración de la Renta aún no teniendo que hacerla por no superar el límite de ingresos.

      Esto supone que debes presentar la Declaración de la Renta de aquel año (descargándote el Programa Renta 2013 de la web de la AEAT, donde deberás incluir el Plan PIVE y tributar por él.

      Te tocará pagar lo que te salió entonces + lo correspondiente a la tributación del PIVE.

      Y además podrían sancionarte con 100€ por presentarla fuera de plazo (cuando se presenta voluntariamente) y en el peor de los casos con multa del 50% del Importe a pagar (en el caso de que sea Hacienda quien te reclame ese pago…)..

      Aunque no creemos que te multen de esa forma, ya que son conscientes de que los usuarios desconocían todo esto cuando entregaron su coche viejo, y que de haberlo sabido antes….

      Lo sentimos… Es totalmente injusto que por recibir una supuesta «ayuda» te toque ahora pagar semejante dinero… Es absurdo..

      Animo..

  • Tomás

    Buenos días,
    me compre un coche en octubre de 2012 y hace 3 días me llego una carta (no certificada) diciéndome que tenia que haber declarado el plan PIVE (cosa que yo no sabia, ya que nadie me informo).
    Si no recuerdo mal, en 2013 no hice la declaración ya que mis ingresos no me obligaban hacerla.
    Entonces,podrías explicarme cuales son los pasos a seguir ahora?
    ¿Tengo que hacer una complementaria de 2012?
    ¿En caso de ser así, podrías explicarme como se hace?
    ¿Me cobraran recargo por no haberlo declarado en su momento?

    Muchas gracias, ando un poco liado y no se muy bien como arreglar este tema.

    Un saludo

    • Buenos días.

      Tu caso sería el mismo que el de «Antonio GP» en el comentario anterior… Y cada vez sois más usuarios los que estais recibiendo estas cartas…

      Tal como le hemos indicado a él, debes presentar la Declaración de la Renta 2012, (descargándote el Programa Renta 2012 de al web de la AEAT) donde incluir el PIVE y el resto de tus ingresos y datos.

      Y tendrás que liquidar la cantidad resultante que te salga..

      Aparte de esto, al ser una declaración presentada fuera de plazo, podrían sancionarte con 100€ (en el caso de que Hacienda te acabe reclamando su pago, la multa a pagar sería el 50% de importe resultante a pagar..)

      Quienes presentaran la Declaración de la renta sin incluir el Plan PIVE, deberán presentar una Declaración Complementaria del año correspondiente.

      Salu2 y ánimo…

  • salvador

    Mi duda estriba en que si la declaración ya está presentada es la del 2013 y aunque la conservo, con la inclusión del pla PIVE donde me salia a devolver ahora me sale a pagar y en la del conyuge me sale ahora menor devolución.Hacienda te lo descuenta del número de cuenta o como funciona, esa es mi pregunta . Gracias

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